{"id":33502,"date":"2019-12-16T20:45:20","date_gmt":"2019-12-17T02:45:20","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=33502"},"modified":"2019-12-16T20:45:20","modified_gmt":"2019-12-17T02:45:20","slug":"poder-judicial-del-estado-de-hidalgo-acuerdo-general-numero-1-2019-manual-para-la-integracion-y-funcionamiento-del-comite-de-control-y-desempeno-institucional-cocodi","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=33502","title":{"rendered":"Poder Judicial del Estado de Hidalgo. &#8211; Acuerdo General N\u00famero 1\/2019 Manual para la Integraci\u00f3n y Funcionamiento del Comit\u00e9 de Control y Desempe\u00f1o Institucional (COCODI)."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 0 del 16 de diciembre de 2019<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Alcance 0<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 50<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 104<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>ACUERDO GENERAL N\u00daMERO 1\/2019 QUE CONJUNTAMENTE ADOPTAN EL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, EL PLENO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN LAS DISPOSICIONES Y EL MANUAL PARA LA INTEGRACI\u00d3N Y FUNCIONAMIENTO DEL COMIT\u00c9 DE CONTROL Y DESEMPE\u00d1O INSTITUCIONAL (COCODI) AL INTERIOR DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, POR LO QUE:<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> Que con el objetivo de mejorar la Gesti\u00f3n P\u00fablica Gubernamental en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal (APE), a trav\u00e9s de la mejora en la prestaci\u00f3n de servicios a la poblaci\u00f3n; el incremento en la eficacia de su operatividad mediante la simplificaci\u00f3n de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos; la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Poder Judicial; as\u00ed como el incremento en el desempe\u00f1o de las y los servidores p\u00fablicos, la implementaci\u00f3n de un Sistema de Control Interno en la Instituci\u00f3n constituye una herramienta fundamental para la consecuci\u00f3n de los objetivos institucionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> Que el d\u00eda 8 de noviembre de 2010, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo el Acuerdo por el que se establecen las Normas Generales de Control Interno en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal como parte de las acciones instrumentadas en el estado de Hidalgo para estandarizar bajo criterios de simplificaci\u00f3n administrativa las disposiciones, pol\u00edticas, estrategias, acciones, criterios y los procedimientos internos en materia de control interno para el estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO.<\/strong> Que durante la quinta reuni\u00f3n Plenaria del Sistema Nacional de Fiscalizaci\u00f3n celebrada en 2014, se public\u00f3 el Marco Integrado de Control Interno para el Sector P\u00fablico (MICI), basado en el Modelo COSO y posteriormente en noviembre de 2015 se present\u00f3 una adaptaci\u00f3n del Modelo General de Control Interno, para ser adoptado y adaptado por las instituciones, en el \u00e1mbito estatal y municipal mediante la expedici\u00f3n de los decretos correspondientes y que en su armonizaci\u00f3n estatal lleva por nombre Marco Estatal de Control Interno para el Sector P\u00fablico del Estado de Hidalgo (MEMICI).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO. <\/strong>Que en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo del 23 de noviembre de 2017, se public\u00f3 el Acuerdo por el que se emiten las disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicaci\u00f3n Estatal en Materia de Control Interno del Estado de Hidalgo, en el cual se sentaron las bases para identificar \u00e1reas de oportunidad e integrar las propuestas realizadas por las instituciones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, originadas en un ejercicio de apertura y de consulta para redefinir el esquema de la evaluaci\u00f3n del Control Interno, fortalecer el proceso de administraci\u00f3n de riesgos y optimizar lo relativo al Comit\u00e9 de Control y Desempe\u00f1o Institucional (COCODI); as\u00ed como lo aplicable al Marco Estatal Integrado de Control Interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO.<\/strong> Que contar con un Sistema de Control Interno efectivo en el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, promueve la consecuci\u00f3n de sus metas y objetivos, as\u00ed como una eficiente administraci\u00f3n de sus riesgos y su seguimiento a trav\u00e9s de un Comit\u00e9 de Control y Desempe\u00f1o Institucional (COCODI), constituido como un foro colegiado de apoyo en la toma de decisiones relacionadas con el seguimiento al desempe\u00f1o institucional y control interno, que deriven en la reducci\u00f3n de la probabilidad de ocurrencia de actos contrarios a la integridad y al comportamiento \u00e9tico de las y los servidores p\u00fablicos; considerando tambi\u00e9n la integraci\u00f3n de las tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n en el control interno para as\u00ed consolidar los procesos de rendici\u00f3n de cuentas y de transparencia gubernamental.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTO.<\/strong> Que de conformidad con las mejores pr\u00e1cticas internacionales en materia de Control Interno, la implementaci\u00f3n, mantenimiento y actualizaci\u00f3n del Sistema de Control Interno ser\u00e1 responsabilidad de la persona titular del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO.<\/strong> Que en t\u00e9rminos por lo dispuesto en los art\u00edculos 116 fracci\u00f3n III, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, 100 ter fracci\u00f3n VI de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Hidalgo, as\u00ed como los art\u00edculos 2, 17 p\u00e1rrafo tercero, 18 fracci\u00f3n XII, 20 fracci\u00f3n XIX, 96 fracci\u00f3n VIII y 118 fracci\u00f3n IV, VIII y XXI de la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, en los cuales se establecen las facultades del Pleno del Consejo de la Judicatura, para crear una nueva \u00e1rea administrativa y la publicaci\u00f3n de acuerdos generales, as\u00ed como las facultades al Pleno del Tribunal Superior de Justicia y el Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa para emitir acuerdos y medidas necesarias para\u00a0 el mejoramiento de la impartici\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Por los fundamentos y motivos antes expuestos, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, el Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa y el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, expiden conjuntamente el siguiente:<\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00daNICO. \u2013<\/strong> En cumplimiento a lo dispuesto por la Norma General de Control Interno y a fin de regular la creaci\u00f3n, integraci\u00f3n y funcionamiento del Sistema de Control Interno Institucional del Poder Judicial del Estado de Hidalgo y de los \u00f3rganos que lo integran, el Pleno Conjunto del Poder Judicial tiene a bien expedir el siguiente:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>MANUAL PARA LA INTEGRACI\u00d3N Y FUNCIONAMIENTO DEL COMIT\u00c9 DE CONTROL Y DESEMPE\u00d1O INSTITUCIONAL (COCODI)<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES EN MATERIA DE CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>OBJETO, \u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N Y DEFINICIONES<\/strong><\/p>\n<p>El presente manual tiene por objeto establecer las disposiciones que las \u00e1reas que integran el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, deber\u00e1n observar para el establecimiento, supervisi\u00f3n, evaluaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional, tomando como referencia el Marco Estatal de Control Interno para el Sector P\u00fablico del Estado de Hidalgo (MEMICI).<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo <\/strong><strong>1.- <\/strong>La Contralor\u00eda General y las \u00e1reas responsables, establecer\u00e1n, actualizar\u00e1n y mantendr\u00e1n en operaci\u00f3n el control interno tomando como base las presentes disposiciones, para el cumplimiento del objetivo en las categor\u00edas correspondientes (operaci\u00f3n, informaci\u00f3n, cumplimiento y salvaguarda).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DEFINICIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo <\/strong><strong>2.- <\/strong>Para efectos del presente documento se entender\u00e1 por:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actividades de Control: <\/strong>Medidas establecidas en las pol\u00edticas, procedimientos, manuales de operaci\u00f3n, instructivos, descripciones de funciones y puestos, y otros documentos por los cuales las \u00e1reas del Poder Judicial conducen las actividades, aplican los recursos hacia el logro de los objetivos y metas institucionales y cumplen con el marco legal y administrativo correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Acci\u00f3n (es) de mejora:<\/strong> Las actividades determinadas e implantadas por las personas titulares y las dem\u00e1s servidoras y servidores p\u00fablicos para eliminar debilidades de control interno; as\u00ed como dise\u00f1ar, implementar y reforzar controles preventivos, detectivos o correctivos y as\u00ed atender \u00e1reas de oportunidad que permitan fortalecer el Control Interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Administraci\u00f3n de riesgos<\/strong>: Proceso por medio del cual las \u00e1reas del Poder Judicial del Estado de Hidalgo dirigen el amplio espectro de las vulnerabilidades a las cuales est\u00e1n expuestas sus actividades y operaciones, de acuerdo con el grado de exposici\u00f3n seg\u00fan sus objetivos estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Ambiente de Control: <\/strong>Conjunto de estructuras, procesos y normatividad que propicia que los distintos elementos del control interno se lleven a cabo en el Poder Judicial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>APJEH<\/strong>: Administraci\u00f3n del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autocontrol:<\/strong> Las acciones de supervisi\u00f3n o evaluaci\u00f3n que permitan identificar, evitar y en su caso, corregir con oportunidad los riesgos o condiciones que limiten, impidan o hagan ineficiente el logro de metas y objetivos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>COCODI:<\/strong> El Comit\u00e9 de Control y Desempe\u00f1o Institucional del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Competencia profesional:<\/strong> La cualificaci\u00f3n para llevar a cabo las responsabilidades asignadas, la cual requiere habilidades y conocimientos que son adquiridos generalmente con la formaci\u00f3n, experiencia profesional y certificaciones. Se expresa en la actitud y el comportamiento de los individuos para llevar a cabo sus funciones y cumplir con sus responsabilidades.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Componentes: <\/strong>Los cinco elementos que conforman el Modelo de Control Interno, con base en el <strong><em>COSO<\/em><\/strong>: Ambiente de Control; Administraci\u00f3n de Riesgos; Actividades de Control; Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n y Supervisi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Contralor\u00eda<\/strong>: La Contralor\u00eda General del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Control Interno:<\/strong> Proceso que proporciona un grado de seguridad razonable en la consecuci\u00f3n de los objetivos de la Instituci\u00f3n atendiendo los temas espec\u00edficos de ambiente de control, evaluaci\u00f3n de riesgos, actividades de control, supervisi\u00f3n, informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n con base en las mejores pr\u00e1cticas internacionales en materia de Control Interno conforme al <strong><em>COSO<\/em><\/strong>.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Control preventivo (antes):<\/strong> Se entiende como el control que tiene el prop\u00f3sito de anticiparse a la posibilidad de que ocurran incumplimientos, desviaciones, situaciones no deseadas o inesperadas que pudieran afectar al logro de las metas y objetivos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Control detectivo (durante):<\/strong> El control que opera en el momento en que los eventos o transacciones est\u00e1n ocurriendo e identifican las omisiones o desviaciones antes de que concluya.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Control correctivo (despu\u00e9s):<\/strong> El control que opera en la etapa final que permite identificar, corregir o subsanar en alg\u00fan grado las omisiones o desviaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>COSO:<\/strong> Siglas en ingl\u00e9s que corresponden al <em>Committee of Sponsoring Organizations<\/em>; corresponde a la metodolog\u00eda empleada para el establecimiento del Sistema de Gesti\u00f3n de Control Interno y de Mejora Continua en el Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Debilidad (es) de control interno:<\/strong> La insuficiencia, deficiencia o inexistencia de medidas en el Control Interno que obstaculizan o impiden el logro de las metas y objetivos o materializan un riesgo, identificadas mediante la supervisi\u00f3n, verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n interna y\/o de los \u00f3rganos de fiscalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Eficacia:<\/strong> El cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en lugar, tiempo, calidad y cantidad, procurando en todo momento un mejor desempe\u00f1o de las funciones a fin de alcanzar las metas institucionales mediante el uso responsable y claro de los recursos p\u00fablicos, eliminando cualquier ostentaci\u00f3n y discrecionalidad indebida en su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Eficiencia:<\/strong> Aptitud en el desempe\u00f1o de la funci\u00f3n judicial para obtener los efectos institucionales establecidos en los plazos y condiciones que determina la normatividad con destreza y oportunidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Elementos de control:<\/strong> Los puntos de inter\u00e9s que deber\u00e1 instrumentar y cumplir cada control interno para asegurar que su implementaci\u00f3n, operaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n sea apropiada y razonable.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Evaluaci\u00f3n del Control Interno:<\/strong> La actividad mediante la cual se determina el grado de eficacia y eficiencia con que se cumplen las normas generales de Control Interno y sus principios: Estrat\u00e9gico, Directivo y Operativo, para asegurar razonablemente el cumplimiento de los objetivos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Evaluaci\u00f3n de riesgos<\/strong>: Proceso mediante el cual se lleva a cabo la medici\u00f3n de la magnitud e impacto que tendr\u00eda la ocurrencia de un riesgo y de la probabilidad de que ocurra.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Factor (es) de riesgo:<\/strong> La circunstancia, causa o situaci\u00f3n interna y\/o externa que aumenta la probabilidad de que un riesgo se materialice.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Gesti\u00f3n de riesgos de corrupci\u00f3n:<\/strong> Actividad para contextualizar, identificar, analizar, evaluar, atender, monitorear y comunicar los riesgos que por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, mediante el abuso del poder y\/o el uso indebido de recursos y\/o de informaci\u00f3n, empleo, cargo o comisi\u00f3n, se pueden da\u00f1ar los intereses del Poder Judicial del Estado de Hidalgo para la obtenci\u00f3n de un beneficio particular o de terceros, incluye soborno, fraude, apropiaci\u00f3n indebida u otras formas de desviaci\u00f3n de recursos por un funcionario p\u00fablico, nepotismo, extorsi\u00f3n, tr\u00e1fico de influencias, uso indebido de informaci\u00f3n privilegiada, entre\u00a0 otras\u00a0 pr\u00e1cticas, as\u00ed como aquellos\u00a0 procesos\u00a0 o\u00a0 tem\u00e1ticas\u00a0 relacionados con\u00a0 \u00e1reas financieras, presupuestales, de contrataci\u00f3n, de informaci\u00f3n y\u00a0 documentaci\u00f3n, de supervisi\u00f3n, investigaci\u00f3n y sanci\u00f3n, tr\u00e1mites y\/o servicios internos y externos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Impacto o efecto:<\/strong> Las consecuencias negativas que se generar\u00edan, en el supuesto de materializarse el riesgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n<\/strong>: Establecimiento de canales abiertos que fomentan la colaboraci\u00f3n entre las y los servidores p\u00fablicos para el logro de los objetivos y metas institucionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Informe Anual<\/strong>: El Informe Anual del estado que guarda el Control Interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Mapa de riesgos:<\/strong> La representaci\u00f3n gr\u00e1fica de uno o m\u00e1s riesgos que permite vincular la probabilidad de ocurrencia y su impacto en forma clara y objetiva.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>MEMICI:<\/strong> Marco Estatal de Control Interno para el Sector P\u00fablico del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Mejora Continua<\/strong>: Proceso encaminado a optimizar e incrementar la eficacia y eficiencia del Sistema de Gesti\u00f3n de Control Interno, mediante el uso de indicadores y elaboraci\u00f3n de metas as\u00ed como de objetivos susceptibles de ser cumplidos y evaluados peri\u00f3dicamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Poder Judicial<\/strong>: El Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Presidencia<\/strong>: Presidencia del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Probabilidad de ocurrencia:<\/strong> La estimaci\u00f3n de que se materialice un riesgo, en un periodo determinado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Procesos sustantivos:<\/strong> Aquellos que se relacionan directamente con las funciones importantes, es decir, con el cumplimiento de su misi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Riesgo: <\/strong>Posibilidad de que un evento adverso externo o interno obstaculice o impida el logro de los objetivos y metas institucionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Riesgo (s) de corrupci\u00f3n:<\/strong> La posibilidad de que por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, mediante el abuso del poder y\/o el uso indebido de recursos y\/o de informaci\u00f3n, empleo, cargo o comisi\u00f3n, se da\u00f1an los intereses del Poder Judicial para el estado de Hidalgo, para la obtenci\u00f3n de un beneficio particular o de terceros. Incluye soborno, fraude, apropiaci\u00f3n indebida u otras formas de desviaci\u00f3n de recursos por un funcionario p\u00fablico, nepotismo, extorsi\u00f3n, tr\u00e1fico de influencias, uso indebido de informaci\u00f3n privilegiada, entre otras pr\u00e1cticas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Seguridad razonable:<\/strong> El alto nivel de confianza, m\u00e1s no absoluta, de que las metas y objetivos ser\u00e1n alcanzados.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Servidor p\u00fablico:<\/strong> Toda persona designada o nombrada para ocupar un puesto en las diversas \u00e1reas del Poder Judicial.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Sistema<\/strong>: El Sistema de Control Interno y Mejora Continua Institucional.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Supervisi\u00f3n<\/strong>: Evaluaci\u00f3n de la eficacia de los sistemas de control interno como resultado de su aplicaci\u00f3n en el d\u00eda a d\u00eda por parte de las y los servidores p\u00fablicos responsables, as\u00ed como las llevadas a cabo por instancias independientes o la combinaci\u00f3n de ambos casos que se utilizan para determinar si cada una de las cinco normas generales del Sistema de Gesti\u00f3n de Control Interno y Mejora Continua Institucional est\u00e1n presentes y funcionando.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>UCI: <\/strong>Unidad de Control Interno del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Unidades administrativas:<\/strong> Las comprendidas en el Reglamento Interior, Estatuto Org\u00e1nico y\/o estructura org\u00e1nica b\u00e1sica.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 3.-<\/strong> La interpretaci\u00f3n del presente Manual ser\u00e1 competencia de la Contralor\u00eda.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4.-<\/strong> Las \u00e1reas, las y los servidores p\u00fablicos tendr\u00e1n a su cargo la participaci\u00f3n, control, inspecci\u00f3n y el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Manual, en el marco de sus facultades y dem\u00e1s disposiciones que el Comit\u00e9 de Control y Desempe\u00f1o Institucional del Poder Judicial del Estado de Hidalgo emita.<\/p>\n<p><strong>DE SU ESTRUCTURA Y OPERACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL COCODI Y LOS SUBCOMIT\u00c9S<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL COCODI<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5.- <\/strong>Para la implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema, el COCODI tendr\u00e1 las facultades siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Impulsar el establecimiento del Sistema a trav\u00e9s de todas las acciones que resulten necesarias para cumplir con dicha encomienda.<\/li>\n<li>Analizar la implementaci\u00f3n de acciones de mejora continua que se deriven de programas transversales en los cuales confluyan las distintas \u00e1reas, agregando valor a la gesti\u00f3n institucional que se traduzca en soluciones para la ejecuci\u00f3n del sistema.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Proponer mejoras a la normativa interna conforme a los procedimientos establecidos en la misma a efecto de lograr la consolidaci\u00f3n del Sistema.<\/p>\n<ol>\n<li>Realizar an\u00e1lisis y diagn\u00f3sticos para determinar los riesgos internos y externos que puedan afectar el logro eficaz y eficiente de los objetivos y metas institucionales.<\/li>\n<li>Analizar las acciones necesarias para lograr una correcta administraci\u00f3n de los riesgos institucionales a trav\u00e9s del seguimiento de estrategias determinadas.<\/li>\n<li>Impulsar la prevenci\u00f3n de la materializaci\u00f3n de riesgos tomando en cuenta las observaciones hechas por los \u00f3rganos fiscalizadores, para as\u00ed evitar su recurrencia y minimizar su impacto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>VII.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Informar semestralmente de los acuerdos tomados a la Presidencia.<\/p>\n<p>VIII.\u00a0\u00a0\u00a0 Dise\u00f1ar y proponer los canales de comunicaci\u00f3n internos que fomenten la colaboraci\u00f3n entre las y los servidores p\u00fablicos y las \u00e1reas para el logro de los objetivos y metas institucionales respecto a la consolidaci\u00f3n del sistema de control interno.<\/p>\n<ol>\n<li>Establecer subcomit\u00e9s espec\u00edficos temporales para atender los asuntos que se determinen.<\/li>\n<li>Colaborar con las \u00e1reas competentes en la evaluaci\u00f3n de la eficacia del Sistema.<\/li>\n<li>Emitir opiniones correspondientes a las acciones de mejora, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>XII.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s que establezcan las disposiciones normativas as\u00ed como las que le encomiende la Presidencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DE LOS INTEGRANTES DEL COMIT\u00c9<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6.- <\/strong>El COCODI estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<ol>\n<li>Presidencia: La persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura.<\/li>\n<li>Vocales:\n<ol>\n<li>La persona titular de la Comisi\u00f3n de Carrera Judicial y Justicia Alternativa.<\/li>\n<li>La persona titular de la Comisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n, Adscripci\u00f3n y Creaci\u00f3n de Nuevos \u00d3rganos.<\/li>\n<li>La persona titular de la Comisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Estudios Jur\u00eddicos.<\/li>\n<li>La persona titular de la Comisi\u00f3n de Disciplina, todas ellas del Consejo de la Judicatura.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Secretar\u00eda T\u00e9cnica: La persona titular de la UCI ser\u00e1 propuesta por la Presidencia del COCODI y aprobada por los vocales.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Asesores permanentes:\n<ol>\n<li>La persona titular de la Coordinaci\u00f3n General de Administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>La persona titular de la Coordinaci\u00f3n General de Planeaci\u00f3n y Programas.<\/li>\n<li>La persona titular de la Coordinaci\u00f3n de Informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La persona titular de la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica Consultiva.<\/li>\n<li>La persona titular de la Contralor\u00eda General.<\/li>\n<li>La persona titular de la Unidad de Informaci\u00f3n P\u00fablica Gubernamental.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>Invitados: Las personas titulares de las \u00e1reas o en su caso, los servidores p\u00fablicos expertos o especialistas en los temas competencia del COCODI, cuya participaci\u00f3n se considere necesaria.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los integrantes a que se refieren las fracciones I y II participar\u00e1n en las sesiones del COCODI con voz y voto, los miembros a que se refieren las dem\u00e1s fracciones s\u00f3lo participar\u00e1n con voz.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>AUSENCIAS Y SUPLENCIAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 7.- <\/strong>La ausencia de las personas que integran el COCODI ser\u00e1 suplida, con todas las facultades correspondientes, por las personas que desempe\u00f1en el nivel jer\u00e1rquico inmediato inferior o por la o el servidor p\u00fablico del \u00e1rea designado por la persona titular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>FUNCIONES DE LOS MIEMBROS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 8.- <\/strong>Las personas que integren el COCODI tendr\u00e1n las facultades siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Aprobar el orden del d\u00eda;<\/li>\n<li>Analizar, discutir, observar, sugerir, opinar y en su caso, aprobar los diversos puntos de acuerdo sometidos a su conocimiento conforme al orden del d\u00eda previamente aprobado;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Pronunciarse conforme a la competencia del \u00e1rea de la que se es titular, sobre aspectos t\u00e9cnicos o administrativos relacionados con los puntos de acuerdo que son sometidos al conocimiento del COCODI;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Proporcionar conforme a la competencia del \u00e1rea de la que se es titular, la orientaci\u00f3n necesaria en torno a los puntos que son sometidos al conocimiento del COCODI;<\/li>\n<li>Llevar a cabo las tareas que el COCODI les encomiende con el objetivo de implementar eficientemente el sistema de gesti\u00f3n de control interno y de mejora continua en el Poder Judicial conforme a la competencia del \u00e1rea de la que se es titular;<\/li>\n<li>Las que determine la normatividad aplicable.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DE LA PRESIDENCIA DEL COCODI<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9.- <\/strong>La Presidencia del COCODI tendr\u00e1 las facultades siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Representar al COCODI;<\/li>\n<li>Convocarlo a sesionar de manera ordinaria o extraordinaria;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Aprobar el orden del d\u00eda de las sesiones y someterlo a consideraci\u00f3n de los dem\u00e1s integrantes;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Presidir y dirigir las sesiones del COCODI, as\u00ed como coordinar los trabajos preparatorios de las mismas;<\/li>\n<li>Vigilar, a trav\u00e9s del secretariado t\u00e9cnico, el cumplimiento de las determinaciones del COCODI, y<\/li>\n<li>Convocar a las y los invitados cuya presencia sea requerida para la sesi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA SECRETAR\u00cdA T\u00c9CNICA<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 10.- <\/strong>La persona que desempe\u00f1e el secretariado t\u00e9cnico del COCODI tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Auxiliar por instrucci\u00f3n a quien lo presida, en:\n<ol>\n<li>La coordinaci\u00f3n de los trabajos preparatorios de las sesiones del COCODI;<\/li>\n<li>La direcci\u00f3n de las sesiones, y<\/li>\n<li>La vigilancia de lo determinado en las sesiones;<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>Elaborar y someter a consideraci\u00f3n de quien lo presida, las convocatorias a las sesiones del COCODI;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Remitir la convocatoria a la sesi\u00f3n que corresponda del COCODI, el orden del d\u00eda de la misma, as\u00ed como la documentaci\u00f3n relacionada con los diversos puntos que integre tal orden del d\u00eda;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Levantar el acta de cada sesi\u00f3n y recabar las firmas correspondientes;<\/li>\n<li>Integrar, mantener actualizado y resguardar el archivo del COCODI;<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que le sean encomendadas por la presidencia del COCODI.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS SESIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 11.- <\/strong>El COCODI sesionar\u00e1 de manera ordinaria cada bimestre conforme al calendario que apruebe en su primera sesi\u00f3n del a\u00f1o. De manera extraordinaria sesionar\u00e1 cuando quien lo presida as\u00ed lo convoque.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DE LAS CONVOCATORIAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 12.- <\/strong>La convocatoria y la propuesta del Orden del D\u00eda ser\u00e1n enviados por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica a los miembros integrantes con cinco d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n para sesiones ordinarias y de dos d\u00edas h\u00e1biles respecto de las extraordinarias; indicando el lugar, fecha y hora de celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las convocatorias se podr\u00e1n realizar por correo electr\u00f3nico; en el caso de las ordinarias, deber\u00e1 convocarse al menos cinco d\u00edas h\u00e1biles antes de la fecha de sesi\u00f3n. Trat\u00e1ndose de las extraordinarias se deber\u00e1 convocar al menos cuarenta y ocho horas antes de las mismas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DEL DESARROLLO DE LAS SESIONES Y REGISTRO DE ASISTENCIA<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 13.- <\/strong>Las sesiones ser\u00e1n de manera presencial, para que permitan analizar, plantear y discutir los asuntos y sus alternativas de soluci\u00f3n. En cada reuni\u00f3n se registrar\u00e1 la asistencia de los participantes, recabando las firmas correspondientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DEL QU\u00d3RUM LEGAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 14.- <\/strong>El qu\u00f3rum legal para las sesiones del COCODI se integrar\u00e1 con la asistencia de la mayor\u00eda de sus miembros, siempre que participen la Presidencia y\/o la Secretar\u00eda T\u00e9cnica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cuando no se re\u00fana el qu\u00f3rum legal requerido, la Secretar\u00eda T\u00e9cnica levantar\u00e1 constancia del hecho y a m\u00e1s tardar el siguiente d\u00eda h\u00e1bil, convocar\u00e1 a los miembros para realizar la sesi\u00f3n dentro de los tres d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha en que originalmente debi\u00f3 celebrarse.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LOS SUBCOMIT\u00c9S DE CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 15.- <\/strong>Para el seguimiento de los Planes de Implementaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n de Control Interno y Mejora Continua Institucional, los Subcomit\u00e9s tendr\u00e1n las siguientes facultades:<\/p>\n<ol>\n<li>Integrar reuniones de trabajo para dar seguimiento a las estrategias establecidas por el COCODI para la consolidaci\u00f3n del Sistema.<\/li>\n<li>Las reuniones de trabajo se convocar\u00e1n con la frecuencia que sea requerida a fin de dar continuidad a los trabajos de consolidaci\u00f3n del Sistema.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Informar a las diferentes \u00e1reas del Poder Judicial su participaci\u00f3n en la consolidaci\u00f3n del Sistema.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Asesorar y acompa\u00f1ar a las \u00e1reas en su participaci\u00f3n para la implementaci\u00f3n del Sistema.<\/li>\n<li>Informar al COCODI el avance en la consolidaci\u00f3n del Sistema.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LOS MIEMBROS DEL SUBCOMIT\u00c9<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 16.- <\/strong>El Subcomit\u00e9 estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<ol>\n<li>Presidencia: La persona designada por el COCODI.<\/li>\n<li>Secretar\u00eda T\u00e9cnica: La persona designada por la UCI.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Vocales:\n<ol>\n<li>Persona representante de la persona titular de la Comisi\u00f3n de Carrera Judicial y Justicia Alternativa.<\/li>\n<li>Persona representante de la persona titular de la Comisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n, Adscripci\u00f3n y Creaci\u00f3n de Nuevos \u00d3rganos.<\/li>\n<li>Persona representante de la persona titular de la Comisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Estudios Jur\u00eddicos.<\/li>\n<li>Persona representante de la persona titular de la Comisi\u00f3n de Disciplina.<\/li>\n<li>Persona representante de la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica Consultiva.<\/li>\n<li>Persona representante de la Coordinaci\u00f3n de Informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Persona representante de la Coordinaci\u00f3n General de Planeaci\u00f3n y Programas.<\/li>\n<li>Persona representante de la Coordinaci\u00f3n General de Administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>Persona representante de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Invitados: Las personas titulares de las \u00e1reas o en su caso, las y los servidores p\u00fablicos expertos o especialistas en los temas de su competencia, cuya participaci\u00f3n se considere necesaria.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los miembros del Subcomit\u00e9 ser\u00e1n designados de manera directa por las personas titulares integrantes del COCODI mediante oficio dirigido a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del mismo, o bien, designada en sesi\u00f3n del COCODI.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DE LAS SESIONES DEL SUBCOMIT\u00c9<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 17.- <\/strong>El Subcomit\u00e9 sesionar\u00e1 v\u00e1lidamente con la presencia de cinco de sus integrantes.<\/p>\n<p><strong>DE LA PRESIDENCIA DEL SUBCOMIT\u00c9<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 18.- <\/strong>El Presidente o Presidenta del Subcomit\u00e9 tendr\u00e1 las siguientes facultades:<\/p>\n<ol>\n<li>Representar al Subcomit\u00e9.<\/li>\n<li>Convocar a los integrantes del Subcomit\u00e9 a las reuniones de trabajo o en caso de ser necesario, a cualquier otra reuni\u00f3n que se relacione con la competencia del Subcomit\u00e9.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Presidir, coordinar y dirigir las reuniones del Subcomit\u00e9.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Vigilar el cumplimiento de los acuerdos tomados por el Subcomit\u00e9.<\/li>\n<li>Coordinar la relaci\u00f3n con las \u00e1reas del Poder Judicial junto con la Coordinaci\u00f3n General de Administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>Informar a los miembros del Subcomit\u00e9 los asuntos a tratar en las reuniones de trabajo a que sean convocados.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 19.- <\/strong>Todos los miembros del Subcomit\u00e9 tendr\u00e1n las mismas facultades y obligaciones en el desarrollo de los trabajos propios de su competencia.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL SUBCOMIT\u00c9 REGIONAL DE CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 20.- <\/strong>Para el seguimiento al Plan de Implementaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n de Control Interno en los Distritos Judiciales, se crear\u00e1 el Subcomit\u00e9 Regional de Control Interno, el cual se regir\u00e1 bajo los mismos criterios del presente Manual, relativo al Subcomit\u00e9 de Control Interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DE LOS INTERGRANTES DEL SUBCOMIT\u00c9 REGIONAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 21.- <\/strong>El Subcomit\u00e9 Regional estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<ol>\n<li>Por la persona designada por la UCI, quien lo presidir\u00e1.<\/li>\n<li>Por la persona designada por la Coordinaci\u00f3n General de Administraci\u00f3n, quien ser\u00e1 el enlace de evaluaci\u00f3n y mejora continua.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Por la persona designada por la Contralor\u00eda General quien ser\u00e1 el enlace de administraci\u00f3n de riesgos.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Por las personas designadas por los juzgados de los diferentes circuitos y distritos judiciales quienes ser\u00e1n vocales.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>RESPONSABLES DE SU APLICACI\u00d3N Y VIGILANCIA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>RESPONSABLES DE SU APLICACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 22.-<\/strong> Ser\u00e1 responsabilidad del COCODI, establecer y actualizar el Control Interno, evaluar y supervisar su funcionamiento, as\u00ed como ordenar las acciones para su mejora continua; y las acciones que se requieran para la debida observancia de las presentes disposiciones, para lo anterior se crea la Unidad de ControI Interno Institucional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la implementaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y mejora del Control Interno, se identificar\u00e1n controles preventivos, detectivos y correctivos, privilegi\u00e1ndose los preventivos y las pr\u00e1cticas de autocontrol, para evitar que se produzcan resultados o acontecimientos no deseados o inesperados que impidan en t\u00e9rminos de eficiencia, eficacia, el cumplimiento de las metas y objetivos, mismos que ser\u00e1n verificados por esta misma UCI.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE SU VIGILANCIA Y ASESOR\u00cdA<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 23.-<\/strong> La UCI, conforme a sus atribuciones, ser\u00e1 responsable de vigilar la implementaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n adecuada de las disposiciones; adicionalmente en el \u00e1mbito de su competencia, otorgar\u00e1 la asesor\u00eda que corresponda a las personas titulares y dem\u00e1s servidoras y servidores p\u00fablicos para la implementaci\u00f3n de su Control Interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CATEGOR\u00cdAS DEL OBJETIVO DEL CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24.-<\/strong> El Control Interno tiene como objetivo proporcionar una seguridad razonable en el logro de objetivos y metas dentro de las siguientes categor\u00edas:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Operaci\u00f3n:<\/strong> Eficacia y eficiencia de programas y proyectos;<\/li>\n<li><strong>Informaci\u00f3n:<\/strong> Confiabilidad, veracidad y oportunidad de la informaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>Cumplimiento:<\/strong> Observancia del marco legal, reglamentario, normativo y administrativo aplicable, y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li><strong>Salvaguarda:<\/strong> Protecci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos y prevenci\u00f3n de actos de corrupci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Y que est\u00e1n relacionados con los principios y valores del C\u00f3digo de \u00c9tica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>COMPONENTES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>NORMAS GENERALES, PRINCIPIOS Y ELEMENTOS DE CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>AMBIENTE DE CONTROL<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 25.- <\/strong>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias y facultades, deber\u00e1n observar los principios o fundamentos que se determinen por el COCODI, para contribuir a un ambiente de control favorable al logro de la misi\u00f3n, objetivos estrat\u00e9gicos y metas institucionales en el Poder Judicial, en un marco de transparencia, integridad y rendici\u00f3n de cuentas con base en lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Compromiso con la integridad y los valores \u00e9ticos, contenidos en los c\u00f3digos o normas jur\u00eddicas establecidos con el fin de estimular el comportamiento af\u00edn a la misi\u00f3n de este Poder Judicial.<\/li>\n<li>Establecimiento de las l\u00edneas de autoridad y responsabilidades, generales y espec\u00edficas, respecto a la asignaci\u00f3n de objetivos y metas estrat\u00e9gicos y rendici\u00f3n de cuentas, con la vigilancia y supervisi\u00f3n de la UCI.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III.\u00a0\u00a0\u00a0 Establecer medios para desarrollar las competencias laborales y profesionales necesarias, alineados a su marco legal y a los objetivos estrat\u00e9gicos correspondientes con relaci\u00f3n al desarrollo de capacidades profesionales en las materias de integridad, \u00e9tica, control interno, administraci\u00f3n de riesgos y prevenci\u00f3n de posibles actos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Supervisar el cumplimiento de las responsabilidades en lo que concierne al control interno necesario para conducir las actividades hacia el logro de los objetivos y metas estrat\u00e9gicos y administrar los recursos p\u00fablicos en el marco de las disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<li>Implantar mecanismos espec\u00edficos para la denuncia de actos contrarios a la integridad y \u00e9tica institucional que aseguren el anonimato. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en materia de quejas y denuncias contra servidores p\u00fablicos.<\/li>\n<li>Promover, por los medios conducentes, programas de actualizaci\u00f3n profesional en la implementaci\u00f3n de modelos de control interno, administraci\u00f3n estrat\u00e9gica de riesgos, mejores pr\u00e1cticas en materia de \u00e9tica y anticorrupci\u00f3n, proceso de rendici\u00f3n de cuentas, administraci\u00f3n del desempe\u00f1o, entre otros. Lo anterior sin perjuicio de los programas que al efecto se tengan establecidos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>VII.\u00a0\u00a0 Constante vigilancia del desarrollo y efectividad del Sistema, como medio para fortalecer el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia y rendici\u00f3n de cuentas, de combate a la corrupci\u00f3n, el desempe\u00f1o y consecuci\u00f3n de los objetivos del Poder Judicial.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CORRECCI\u00d3N DE DEFICIENCIAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 26.- <\/strong>La UCI informar\u00e1 al COCODI sobre aquellas deficiencias en el control interno identificadas; ser\u00e1 responsable de monitorear junto con las \u00e1reas responsables, la correcci\u00f3n de las deficiencias en los plazos establecidos para corregirlas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DOCUMENTACI\u00d3N DEL CONTROL INTERNO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 27.- <\/strong>La UCI deber\u00e1 desarrollar y actualizar la documentaci\u00f3n del control interno para satisfacer las necesidades operativas de la Instituci\u00f3n. La documentaci\u00f3n de controles, incluidos los cambios realizados a estos, es evidencia de que las actividades de control son identificadas e informadas a las y los responsables de su funcionamiento, las cuales pueden ser supervisadas y evaluadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La extensi\u00f3n de la documentaci\u00f3n necesaria para respaldar la implementaci\u00f3n y eficacia operativa de las Normas Generales de Control Interno depender\u00e1 de lo que determine el COCODI y de las disposiciones jur\u00eddicas aplicables.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ADMINISTRACI\u00d3N DE RIESGOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 28.- <\/strong>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias y facultades, tomar\u00e1n en cuenta los principios o fundamentos generales que se determinen por el COCODI para identificar, evaluar y administrar efectivamente los riesgos institucionales, as\u00ed como establecer las bases para su control y prevenci\u00f3n a fin de facilitar el logro de los objetivos y metas estrat\u00e9gicos del Poder Judicial de conformidad con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Fijar los objetivos y metas estrat\u00e9gicos espec\u00edficamente alineadas a lo dispuesto en el Plan Estrat\u00e9gico Institucional del Poder Judicial. Los objetivos y metas deben ser espec\u00edficos, medibles a trav\u00e9s de indicadores y normas de desempe\u00f1o, y asignados formalmente a las y los servidores p\u00fablicos responsables de establecer los programas, actividades y los medios para lograrlos;<\/li>\n<li>Identificar y evaluar los riesgos inherentes a la naturaleza de los procesos, operaciones, sistemas, actividades, equipos e instalaciones, as\u00ed como analizar los factores (externos\/internos) que inciden en tales riesgos; determinar las estrategias y programas para su administraci\u00f3n, control y mitigaci\u00f3n en un grado razonable;<\/li>\n<\/ol>\n<p>III.\u00a0\u00a0\u00a0 Informar peri\u00f3dicamente a la Contralor\u00eda el estado que guarda la administraci\u00f3n de los riesgos y en su caso, el surgimiento de otros;<\/p>\n<ol>\n<li>Evaluar peri\u00f3dicamente los riesgos identificados en los procesos, sistemas o funciones a su cargo, con el prop\u00f3sito de establecer las estrategias y programas que prevengan su ocurrencia;<\/li>\n<li>Identificar y evaluar los cambios que puedan tener un impacto significativo en el Sistema, para en su caso actualizarlo, y<\/li>\n<li>Establecer por los medios conducentes y de conformidad con las disposiciones generales que al efecto emita el COCODI, el marco para la administraci\u00f3n de riesgos Institucionales y las metodolog\u00edas necesarias, con el fin de implantar las estrategias, pol\u00edticas, procedimientos, informes, registros y t\u00e9cnicas que deban observar las \u00e1reas y los servidores p\u00fablicos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>IDENTIFICACI\u00d3N DE RIESGOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 29.- <\/strong>Para identificar riesgos, la UCI considerar\u00e1 los tipos de eventos que hagan de su conocimiento las diferentes \u00e1reas que impactan al Poder Judicial. Esto incluye tanto el riesgo inherente como el riesgo residual. El riesgo inherente es el riesgo que enfrenta la instituci\u00f3n cuando no responde ante este. El riesgo residual es el riesgo que permanece despu\u00e9s de la respuesta al riesgo inherente. La falta de respuesta a ambos riesgos puede causar deficiencias graves en el control interno.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>AN\u00c1LISIS DE RIESGOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 30.- <\/strong>Las \u00e1reas responsables analizar\u00e1n sus riesgos para estimar su relevancia, lo cual provee la base para responder a estos. Por relevancia se entiende al efecto sobre el logro de los objetivos; tambi\u00e9n deben estimar la importancia de un riesgo al considerar la magnitud del impacto, la probabilidad de ocurrencia y la naturaleza del riesgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los riesgos pueden ser analizados sobre bases individuales o agrupadas dentro de categor\u00edas de riesgos asociados, los cuales se analizan de manera colectiva. Se debe considerar la correlaci\u00f3n entre los distintos riesgos o grupos de riesgos al estimar su relevancia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>RESPUESTA A LOS RIESGOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 31.- <\/strong>Las \u00e1reas responsables dise\u00f1ar\u00e1n respuestas a los riesgos identificados y ser\u00e1n comunicados a la UCI, de tal modo que estos se encuentren debidamente controlados para asegurar razonablemente el cumplimiento de sus objetivos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cada \u00e1rea efectuar\u00e1 evaluaciones peri\u00f3dicas internas de riesgos con el fin de asegurar la efectividad de las acciones de control propuestas para mitigarlos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CONSIDERACI\u00d3N DEL RIESGO DE CORRUPCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 32.- <\/strong>La UCI considerar\u00e1 la posibilidad de ocurrencia de actos de corrupci\u00f3n, fraudes, abuso, desperdicio y otras irregularidades relacionadas con la adecuada salvaguarda de los recursos p\u00fablicos al identificar, analizar y responder a los riesgos asociados, principalmente a los procesos financieros, presupuestales, de contrataci\u00f3n, de informaci\u00f3n, documentaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, sanci\u00f3n, tr\u00e1mites, servicios internos y externos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 33.- <\/strong>La UCI considerar\u00e1 como hechos de corrupci\u00f3n los establecidos en el C\u00f3digo Penal para el Estado de Hidalgo, como una base para la identificaci\u00f3n de estos riesgos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"299\">\n<li><strong>EJERCICIO INDEBIDO DEL SERVICIO P\u00daBLICO.<\/strong> Art\u00edculo 299.<\/li>\n<li><strong>ABUSO DE AUTORIDAD.<\/strong> Art\u00edculo 301.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>INFIDELIDAD DE LA CUSTODIA DE DOCUMENTOS Y VIOLACI\u00d3N DE SECRETOS.<\/strong> Art\u00edculo 302, 303 y 304.<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"305\">\n<li><strong>COALICI\u00d3N DE SERVIDORES P\u00daBLICOS.<\/strong> Art\u00edculo 305.<\/li>\n<li><strong>CONCUSI\u00d3N.<\/strong> Art\u00edculo 306.<\/li>\n<li>Art\u00edculo 307.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Art\u00edculo 308.<\/li>\n<li><strong>NEGOCIACIONES INDEBIDAS.<\/strong> Art\u00edculo 309.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li><strong>INTIMIDACI\u00d3N.<\/strong> Art\u00edculo 309 bis.<\/li>\n<li><strong>TR\u00c1FICO DE INFLUENCIAS.<\/strong> Art\u00edculo 309 quater.<\/li>\n<li><strong>ENRIQUECIMIENTO IL\u00cdCITO<\/strong>. Art\u00edculo 309 quinquies.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los hechos de corrupci\u00f3n, la UCI considerar\u00e1 que pueden ocurrir otras transgresiones a la integridad de la Instituci\u00f3n, por ejemplo: <strong>el desperdicio de recursos de manera exagerada, extravagante o sin prop\u00f3sito; el abuso de autoridad o el uso del cargo para la obtenci\u00f3n de un beneficio il\u00edcito para s\u00ed o para un tercero.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>FACTORES DE RIESGO DE CORRUPCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 34.- <\/strong>La UCI considerar\u00e1 los factores de riesgo de corrupci\u00f3n, abuso, desperdicio y otras irregularidades que informen las \u00e1reas. Estos factores no implican necesariamente la existencia de un acto corrupto, pero est\u00e1n usualmente presentes cuando estos ocurren.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La UCI al percatarse del abuso, desperdicio y otras irregularidades como factores de riesgo de corrupci\u00f3n, considerar\u00e1 que cuando uno o m\u00e1s de estos se encuentren presentes, podr\u00eda indicar un riesgo de corrupci\u00f3n y que puede ser mayor cuando los tres factores est\u00e1n presentes. Tambi\u00e9n se debe utilizar la informaci\u00f3n provista por partes internas y externas para identificar los riesgos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>RESPUESTA A LOS RIESGOS DE CORRUPCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 35.- <\/strong>La UCI har\u00e1 del conocimiento del \u00e1rea responsable, para que responda a los riesgos de corrupci\u00f3n con acciones espec\u00edficas para atender todas las situaciones analizadas. Esto posibilita la implementaci\u00f3n de controles anticorrupci\u00f3n que podr\u00e1n incluir la reorganizaci\u00f3n de las operaciones y la reasignaci\u00f3n del personal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>IDENTIFICACI\u00d3N DEL CAMBIO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 36.- <\/strong>En la administraci\u00f3n de riesgos o un proceso similar, la UCI identificar\u00e1 cambios que puedan impactar significativamente al control interno. La identificaci\u00f3n y an\u00e1lisis se turnar\u00e1 al \u00e1rea responsable para que los modifique.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las \u00e1reas responsables comunicar\u00e1n a la UCI los cambios internos y externos que puedan impactar el control interno. Los cambios internos incluyen modificaciones a los programas o actividades, la funci\u00f3n de supervisi\u00f3n, la estructura organizacional, el personal y la tecnolog\u00eda. Los cambios externos refieren al entorno econ\u00f3mico, tecnol\u00f3gico, legal, regulatorio y f\u00edsico. Los cambios significativos identificados deben ser comunicados mediante las l\u00edneas de reporte y autoridad establecidas.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>AN\u00c1LISIS Y RESPUESTA AL CAMBIO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 37.- <\/strong>La UCI analizar\u00e1 conjuntamente con el \u00e1rea responsable, los cambios identificados y los riesgos asociados, con el prop\u00f3sito de mantener un control interno apropiado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las condiciones cambiantes usualmente generan nuevos riesgos o cambios a los riesgos existentes, los cuales deber\u00e1n ser evaluados para identificar, analizar e informar de estos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ACTIVIDADES DE CONTROL<\/strong><\/p>\n<p>Son las acciones que define y desarrolla la UCI mediante la informaci\u00f3n recibida de las \u00e1reas con el prop\u00f3sito de alcanzar las metas y objetivos; as\u00ed como prevenir y administrar los riesgos, incluyendo los relativos a la corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 38.- <\/strong>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo tomar\u00e1n en cuenta las disposiciones que al efecto dicte el COCODI, para contribuir al establecimiento y actualizaci\u00f3n de controles internos efectivos, incluyendo los aplicables al ambiente de tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n. Del mismo modo, fortalecer el logro de los objetivos y de las metas institucionales salvaguardando los recursos, impulsando la calidad y la confiabilidad de la informaci\u00f3n y su utilidad para el debido cumplimiento del marco legal; ello de conformidad con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Deber\u00e1n establecer, evaluar y\/o actualizar por lo menos una vez al a\u00f1o, los controles relativos a los procesos, operaciones, sistemas, informaci\u00f3n, registros, instalaciones, equipos y otros bienes puestos a su disposici\u00f3n para el logro de objetivos y para el ejercicio de sus atribuciones; deber\u00e1n instituir programas de trabajo necesarios para su fortalecimiento e informar\u00e1n peri\u00f3dicamente los resultados a la UCI.<\/li>\n<li>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, que tengan bajo su responsabilidad la realizaci\u00f3n de las actividades de adquisici\u00f3n, arrendamiento y administraci\u00f3n de licenciamientos, equipos, instalaciones y mantenimiento, entre otros relacionados con las tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, deber\u00e1n desarrollar, documentar e implementar el respectivo control interno de conformidad con las disposiciones que al efecto dicte el COCODI.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III.\u00a0\u00a0\u00a0 Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, que tengan bajo su responsabilidad la realizaci\u00f3n de las actividades de control relacionadas con la aplicaci\u00f3n de algoritmos, m\u00e9todos de c\u00e1lculo matem\u00e1tico y t\u00e9cnicas cuantitativas, deber\u00e1n autorizarlos, establecerlos formalmente y revisarlos por lo menos una vez al a\u00f1o o cuando resultara necesario con el prop\u00f3sito de mantenerlos actualizados conforme con las disposiciones que al efecto dicte el COCODI.<\/p>\n<ol>\n<li>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, que tengan bajo su responsabilidad el logro de objetivos y metas estrat\u00e9gicas, de conformidad con las disposiciones que al efecto dicte el COCODI, deber\u00e1n evaluar el control interno de los procesos y\/o subprocesos sustantivos asociados a los ingresos, gastos, patrimonio, y tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 39.- <\/strong>Las actividades de control que se ejecutan en todos los niveles son mecanismos para asegurar el cumplimiento de las metas y objetivos, as\u00ed como la prevenci\u00f3n de ocurrencia de actos contrarios a la integridad. Cada actividad de control que se aplique deber\u00e1 ser suficiente para evitar la materializaci\u00f3n de los riesgos y minimizar su impacto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En todos los niveles jer\u00e1rquicos de la Instituci\u00f3n existen responsabilidades en las actividades de control, debido a esto es necesario que las y los servidores p\u00fablicos conozcan cu\u00e1les son las tareas de control que deben ejecutar en su puesto o \u00e1rea, tal es el caso de:<\/p>\n<ol>\n<li>Revisiones por la administraci\u00f3n del desempe\u00f1o actual, en el nivel funci\u00f3n o actividad.<\/li>\n<li>Administraci\u00f3n del capital humano.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Controles sobre el procesamiento de la informaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Controles f\u00edsicos sobre los activos y bienes vulnerables.<\/li>\n<li>Revisi\u00f3n de normas e indicadores de desempe\u00f1o.<\/li>\n<li>Separaci\u00f3n de funciones.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Ejecuci\u00f3n apropiada de transacciones.<\/li>\n<li>Registro de operaciones y transacciones con exactitud y oportunidad.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Restricciones de acceso a recursos y registros, as\u00ed como rendici\u00f3n de cuentas sobre \u00e9stos.<\/li>\n<li>Documentaci\u00f3n y formalizaci\u00f3n apropiada de las operaciones y transacciones y el control interno.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>INFORMACI\u00d3N Y COMUNICACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 40.- <\/strong>Las \u00e1reas, las y los servidores p\u00fablicos en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias y facultades tomar\u00e1n en cuenta los principios o fundamentos generales que se determinen por el COCODI para contribuir a la transparencia, calidad, integridad, oportunidad y seguridad de la informaci\u00f3n institucional, as\u00ed como al establecimiento de canales de comunicaci\u00f3n abiertos que fomenten la colaboraci\u00f3n interna para el logro de los objetivos y metas institucionales y el cumplimiento del marco normativo aplicable, de conformidad con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Preparar informaci\u00f3n y mantener registros formales y actualizados sobre el ejercicio de sus atribuciones y funciones en t\u00e9rminos de integridad, confidencialidad, oportunidad y disponibilidad.<\/li>\n<li>Preparar informes relevantes para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales; la actualizaci\u00f3n de normas e indicadores de desempe\u00f1o; la presentaci\u00f3n de informaci\u00f3n contable\u2013presupuestal; de proyectos o programas estrat\u00e9gicos y otra informaci\u00f3n de similar naturaleza, deber\u00e1n formularlos de conformidad con las disposiciones de calidad y pertinencia que al efecto establezca el COCODI. Asimismo, deber\u00e1n identificar y comunicar la informaci\u00f3n relevante en la forma y en los plazos establecidos en la normatividad aplicable. Cuando as\u00ed sean procedentes, los informes relevantes se formular\u00e1n con base en procedimientos previamente autorizados y documentados a efecto de facilitar su verificaci\u00f3n, supervisi\u00f3n y, seg\u00fan sea el caso, auditor\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III.\u00a0\u00a0\u00a0 Comunicar las obligaciones de los servidores p\u00fablicos respecto del funcionamiento adecuado del Control Interno en su \u00e1mbito de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Comunicar peri\u00f3dicamente la condici\u00f3n del funcionamiento del control interno a trav\u00e9s del Informe anual del estado que guarda el Sistema, de conformidad con las disposiciones que al efecto se emitan.<\/li>\n<li>Las y los servidores p\u00fablicos responsables de la administraci\u00f3n y control de las tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaciones, deber\u00e1n formular y establecer un plan estrat\u00e9gico de sistemas alineado a los objetivos y metas del Programa Estrat\u00e9gico Institucional, con el fin de generar, distribuir y conservar la informaci\u00f3n respecto a su cumplimiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO V<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SUPERVISI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 41.- <\/strong>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias y facultades, tomar\u00e1n en cuenta las disposiciones que al efecto dicte el COCODI para contribuir a la mejora continua del Sistema, con la finalidad de mantenerlos actualizados y en condiciones de eficacia, conforme a lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Las \u00e1reas que tengan bajo su responsabilidad el logro de objetivos y metas estrat\u00e9gicos, deber\u00e1n promover la evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, cuya complejidad, trascendencia, impacto o alto grado de especialidad sean relevantes en el logro de los mismos.<\/li>\n<li>La evaluaci\u00f3n deber\u00e1 realizarse con el prop\u00f3sito de lograr en mayor grado de aseguramiento que los objetivos de los controles establecidos se est\u00e9n cumpliendo y que los riesgos y debilidades identificadas sean comunicados a quienes tienen la responsabilidad de administrarlos o subsanarlos, respectivamente.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Los resultados de las evaluaciones deber\u00e1n ser comunicados oportunamente al COCODI para conocimiento y seguimiento de las acciones de fortalecimiento que correspondan.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 42.- <\/strong>La persona titular de la Contralor\u00eda General del Poder Judicial de conformidad con sus atribuciones y funciones, deber\u00e1 incluir en sus programas anuales de trabajo una revisi\u00f3n al Sistema de Control Interno y a la correcta administraci\u00f3n de los riesgos sustantivos y adjetivos relevantes, que hayan sido previamente validados por el COCODI para fomentar un adecuado control de los recursos humanos, financieros, materiales y tecnol\u00f3gicos institucionales, as\u00ed como la verificaci\u00f3n del cumplimiento de las normas generales y espec\u00edficas de control interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 43.- <\/strong>Todas aquellas acciones de mejora y\/o recomendaciones que en ejercicio de sus facultades emita la Contralor\u00eda respecto a la materia del presente Manual, deber\u00e1n presentarse a consideraci\u00f3n del COCODI.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ESTABLECIMIENTO DE BASES DE REFERENCIA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO CUARTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>SUPERVISI\u00d3N DEL SISTEMA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>LAS AUTOEVALUACIONES<\/strong><\/p>\n<p>Las autoevaluaciones est\u00e1n integradas a las operaciones, se realizan continuamente y responden a los cambios. Por su parte, las evaluaciones independientes se utilizan peri\u00f3dicamente y pueden proporcionar informaci\u00f3n respecto de la eficacia e idoneidad de las autoevaluaciones.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 44.- <\/strong>La UCI realizar\u00e1 autoevaluaciones al dise\u00f1o y eficacia operativa del control interno como parte del curso normal de las operaciones, en donde se deben incluir actividades de supervisi\u00f3n permanente por parte de la Contralor\u00eda, como lo son las comparaciones, conciliaciones y otras acciones de rutina que permiten incrementar la objetividad y eficiencia de los resultados mediante la recolecci\u00f3n electr\u00f3nica de las autoevaluaciones a los controles.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>LAS AUDITOR\u00cdAS INDEPENDIENTES<\/strong><\/p>\n<p>Las evaluaciones independientes tambi\u00e9n incluyen auditor\u00edas y otras evaluaciones que pueden implicar la revisi\u00f3n e implementaci\u00f3n del control interno.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 45.- <\/strong>La UCI podr\u00e1 incorporar evaluaciones independientes para supervisar el dise\u00f1o y la eficacia operativa del control interno en cualquier momento. El alcance y la periodicidad de las evaluaciones independientes se sujetar\u00e1 principalmente a la administraci\u00f3n de riesgos, la eficacia del monitoreo permanente y la frecuencia de cambios y su entorno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>EFICACIA OPERATIVA DE LOS CONTROLES INTERNOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 46.- <\/strong>La UCI conservar\u00e1 la responsabilidad de supervisar si el control interno es eficaz y apropiado para los servicios tercerizados. Tambi\u00e9n utilizar\u00e1 autoevaluaciones, evaluaciones independientes o una combinaci\u00f3n de ambas para obtener una seguridad razonable sobre la eficacia operativa de los controles internos sobre los servicios externos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>EVALUACI\u00d3N DE RESULTADOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 47.- <\/strong>La UCI evaluar\u00e1 y documentar\u00e1 los resultados de las autoevaluaciones y de las evaluaciones independientes para identificar problemas en el control interno. Asimismo, utilizar\u00e1 estas evaluaciones para determinar si el control interno es eficaz y apropiado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La UCI identificar\u00e1 los cambios que han ocurrido en el control interno, derivados de modificaciones en su entorno. Las partes externas tambi\u00e9n podr\u00e1n contribuir con la UCI a identificar problemas en el control interno como son las quejas o denuncias de la ciudadan\u00eda y el p\u00fablico en general.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las y los servidores p\u00fablicos comunicar\u00e1n las deficiencias y problemas de control interno tanto a los responsables de adoptar medidas correctivas como a la persona titular y a la UCI a trav\u00e9s de las l\u00edneas de reporte establecidas. El \u00e1rea responsable deber\u00e1 corregir las deficiencias de control interno detectadas, documentar\u00e1 las medidas correctivas implantadas y se encargar\u00e1 de monitorear que las acciones pertinentes sean llevadas a cabo oportunamente por los responsables.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>INFORME SOBRE PROBLEMAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 48.- <\/strong>Todo el personal de las \u00e1reas reportar\u00e1 a las partes internas y externas adecuadas los problemas de control interno que haya detectado mediante las l\u00edneas de reporte establecidas para que la UCI, las \u00e1reas correspondientes y las instancias de supervisi\u00f3n, los eval\u00faen oportunamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El personal de las \u00e1reas podr\u00e1 identificar problemas de control interno en el desempe\u00f1o de sus responsabilidades. Asimismo, comunicar\u00e1 estas cuestiones internamente a la persona titular del \u00e1rea responsable o a nivel superior. Dependiendo de la naturaleza de los temas, el personal podr\u00e1 considerar informar dichas cuestiones a la UCI o en su caso, al COCODI.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>EVALUACI\u00d3N DE PROBLEMAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 49.- <\/strong>La UCI evaluar\u00e1 y documentar\u00e1 los problemas de control interno y los comunicar\u00e1 al \u00e1rea responsable, para que realice las acciones correctivas pertinentes para hacer frente de manera oportuna a los problemas y deficiencias detectadas. Adicionalmente, verificar\u00e1 la apropiada soluci\u00f3n de las deficiencias de control interno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL SISTEMA DE MEJORA CONTINUA<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 50.- <\/strong>Las y los servidores p\u00fablicos de las \u00e1reas que conforman el Poder Judicial del Estado de Hidalgo en el \u00e1mbito de sus competencias y facultades, deber\u00e1n tomar en cuenta los principios fundamentales para la consolidaci\u00f3n de un sistema de mejora continua que asegure la calidad en los procesos y sistemas de trabajo, para establecer las bases de control y prevenci\u00f3n que permitan lograr los objetivos estrat\u00e9gicos y metas institucionales.<\/p>\n<p><strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Primero. &#8211;<\/strong> Publ\u00edquese el presente acuerdo en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo y en la p\u00e1gina web del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Segundo. &#8211;<\/strong> El presente instrumento entrar\u00e1 en vigor al siguiente d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Tercero. \u2013<\/strong> Lo no previsto por el presente acuerdo, se atender\u00e1 mediante lo establecido en disposiciones jur\u00eddicas y administrativas aplicables y pol\u00edticas relacionadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Licenciada Ariana Itzel Duarte Mart\u00ednez, Secretaria General del Tribunal Superior de Justicia y Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, certifica, R\u00fabrica, que el acuerdo general n\u00famero 1\/2019 que conjuntamente adoptan el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, el Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa y el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, mediante el cual se emiten las Disposiciones y el Manual para la Integraci\u00f3n y Funcionamiento del Comit\u00e9 de Control y Desempe\u00f1o Institucional (COCODI) al Interior del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, fue aprobado en sesi\u00f3n general celebrada el veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, por unanimidad de votos de las y los Magistrados y Consejeros siguientes: Magistrada y Consejera Presidenta Blanca S\u00e1nchez Mart\u00ednez, R\u00fabrica, Magistrado \u00c1ngel Jacinto Arbeu Gea, R\u00fabrica, \u00a0Magistrada Claudia Lorena Pfeiffer Varela, R\u00fabrica, Magistrada Ariadna Maricela Mart\u00ednez Austria, R\u00fabrica, Magistrada Mar\u00eda Brasilia Escalante Richards, R\u00fabrica, Magistrada Rosalba Cabrera Hern\u00e1ndez, R\u00fabrica, Magistrada Diana Mota Rojas, R\u00fabrica, Magistrado Fernando Gonz\u00e1lez Ricardi, R\u00fabrica, Magistrada Isabel Sep\u00falveda Monta\u00f1o, R\u00fabrica, Magistrada Hortencia Ram\u00edrez Ram\u00edrez, R\u00fabrica, Magistrado Jos\u00e9 Manning Bustamante, R\u00fabrica, Magistrado Eduardo Castillo del \u00c1ngel, R\u00fabrica, Magistrado Jorge Antonio Torres Regnier, R\u00fabrica, Magistrada Rebeca Stella Aladro Echeverr\u00eda, R\u00fabrica, Magistrada Yanet Herrera Meneses, R\u00fabrica, Magistrado Rom\u00e1n Suverbiel Gonz\u00e1lez, R\u00fabrica, Magistrada Jacqueline Vel\u00e1zquez Ram\u00edrez, R\u00fabrica, Magistrado Iram Z\u00fa\u00f1iga P\u00e9rez, R\u00fabrica, Magistrado por ministerio de ley Sergio Antonio Priego Res\u00e9ndiz, R\u00fabrica, Magistrado Alfredo Ren\u00e9 Uribe, R\u00fabrica, Magistrado Jos\u00e9 Luis Mendoza Gami\u00f1o, R\u00fabrica, Consejera Lidia Noguez Torres, R\u00fabrica, Consejero Mario Ernesto Pfeiffer Islas, R\u00fabrica, Consejero V\u00edctor Ju\u00e1rez Gonz\u00e1lez R\u00fabrica y Consejero Hibels Jos\u00e9 Luis Crespo Garc\u00eda, R\u00fabrica. Pachuca de Soto, Hidalgo, nueve de diciembre de dos mil diecinueve.<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-0-del-16-de-diciembre-de-2019\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 0 del 16 de diciembre de 2019<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 0 del 16 de diciembre de 2019 Edici\u00f3n: Alcance 0 N\u00famero: 50 P\u00e1ginas: 104 Contenido: ACUERDO GENERAL N\u00daMERO 1\/2019 QUE CONJUNTAMENTE ADOPTAN EL [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[1012,184,149,608,261,987,521,1034,56,846,1069,145,736,112,162,1045,639,1009,200,906,256,389,316,669,869,279,371,204,77,337,357,829,78,388,65,1027,831,80,390,57,596,937,1035,553,1056,542,139,274,220,41,55,867,166,98,159,203,794,190,99,75,97,267,391,965,263,588,289,392,1080,613,683,63,146,753,395,600,434,414,782,223],"class_list":["post-33502","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-ano","tag-articulos","tag-atribuciones","tag-bienes","tag-bis","tag-cantidad","tag-cargo","tag-carrera","tag-codigo","tag-codigo-penal","tag-colaboracion","tag-comision","tag-consejo","tag-constitucion","tag-constitucion-politica","tag-convocatoria","tag-convocatorias","tag-coordinacion","tag-crea","tag-creacion","tag-cual","tag-decretos","tag-del-estado","tag-del-poder","tag-del-servicio","tag-dentro","tag-desarrollo","tag-determina","tag-diciembre","tag-direccion","tag-diversos","tag-ejecucion","tag-ejercicio","tag-el-periodico-oficial","tag-estado","tag-estados","tag-estados-unidos","tag-estados-unidos-mexicanos","tag-gubernamental","tag-hidalgo","tag-horas","tag-iii","tag-informacion","tag-ingresos","tag-institucion","tag-integracion","tag-justicia","tag-las","tag-ley","tag-ley-organica","tag-municipal","tag-necesidades","tag-noviembre","tag-octubre","tag-oficial","tag-pachuca","tag-participacion","tag-periodico","tag-periodico-oficial","tag-periodico-oficial-alcance-0","tag-pleno","tag-poblacion","tag-presente","tag-presidente","tag-programa","tag-publica","tag-publicos","tag-reglamento","tag-relacionados","tag-relativo","tag-representacion","tag-secretaria","tag-servicios","tag-sesiones","tag-terminos","tag-trabajo","tag-tribunal-superior","tag-unidades","tag-vii","tag-viii"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/33502","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=33502"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/33502\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=33502"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=33502"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=33502"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}