{"id":31781,"date":"2019-10-21T12:33:04","date_gmt":"2019-10-21T17:33:04","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=31781"},"modified":"2019-10-21T12:38:34","modified_gmt":"2019-10-21T17:38:34","slug":"31243-copy-copy-copy-copy-copy-2-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-copy-3","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=31781","title":{"rendered":"Municipio de Huichapan, Hidalgo. &#8211; Decreto n\u00famero 39 que crea el C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta para la Administraci\u00f3n P\u00fablica."},"content":{"rendered":"<p><span data-sheets-value=\"{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:&quot;Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 30 de septiembre de 2019nnEdici\u00f3n: Alcance 1nN\u00famero: 39nP\u00e1ginas: 44nC\u00f3digo de b\u00fasqueda: 2019_sep_30_alc1_39nnContenido: nnnnEsto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.&quot;}\" data-sheets-userformat=\"{&quot;2&quot;:13053,&quot;3&quot;:{&quot;1&quot;:0},&quot;5&quot;:{&quot;1&quot;:[{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:0,&quot;5&quot;:[null,2,0]},{&quot;1&quot;:0,&quot;2&quot;:0,&quot;3&quot;:3},{&quot;1&quot;:1,&quot;2&quot;:0,&quot;4&quot;:1}]},&quot;6&quot;:{&quot;1&quot;:[{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:0,&quot;5&quot;:[null,2,0]},{&quot;1&quot;:0,&quot;2&quot;:0,&quot;3&quot;:3},{&quot;1&quot;:1,&quot;2&quot;:0,&quot;4&quot;:1}]},&quot;7&quot;:{&quot;1&quot;:[{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:0,&quot;5&quot;:[null,2,0]},{&quot;1&quot;:0,&quot;2&quot;:0,&quot;3&quot;:3},{&quot;1&quot;:1,&quot;2&quot;:0,&quot;4&quot;:1}]},&quot;8&quot;:{&quot;1&quot;:[{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:0,&quot;5&quot;:[null,2,0]},{&quot;1&quot;:0,&quot;2&quot;:0,&quot;3&quot;:3},{&quot;1&quot;:1,&quot;2&quot;:0,&quot;4&quot;:1}]},&quot;9&quot;:0,&quot;10&quot;:1,&quot;12&quot;:0,&quot;15&quot;:&quot;Calibri&quot;,&quot;16&quot;:10}\" data-sheets-formula=\"=datos!R28C2&amp;R[0]C[-7]&amp;datos!R9C2&amp;datos!R9C2&amp;datos!R23C2&amp;R[0]C[-26]&amp;datos!R9C2&amp;datos!R24C2&amp;R[0]C[-25]&amp;datos!R9C2&amp;datos!R25C2&amp;R[0]C[-24]&amp;datos!R9C2&amp;datos!R30C2&amp;R[0]C[-23]&amp;datos!R9C2&amp;datos!R9C2&amp;datos!R26C2&amp;datos!R9C2&amp;datos!R9C2&amp;datos!R9C2&amp;datos!R9C2&amp;datos!R29C2\"><span style=\"font-size: 20px; color: #000080;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 0 del 21 de octubre de 2019<\/strong><\/span><\/span><\/p>\n<p>Edici\u00f3n: Alcance 0<br \/>\nN\u00famero: 42<br \/>\nP\u00e1ginas: 58<br \/>\nC\u00f3digo de b\u00fasqueda: 2019_oct_21_alc0_42<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p>EL CIUDADANO LICENCIADO HUMBERTO ALEJANDRO LUGO GUERRERO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE HUICHAPAN, HIDALGO, A SUS HABITANTES HACE SABER:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE HUICHAPAN, HIDALGO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL PRESENTE:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DECRETO N\u00daMERO 39<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUE CREA EL<\/strong> <strong>C\u00d3DIGO DE \u00c9TICA Y CONDUCTA PARA LA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA DEL MUNICIPIO DE HUICHAPAN, HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>EL HONORABLE AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE HUICHAPAN, HIDALGO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ART\u00cdCULO 56, INCISO B) DE LA LEY ORG\u00c1NICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE HIDALGO Y CON BASE EN LOS SIGUIENTES:<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ANTECEDENTES:<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PRIMERO.-<\/strong> Dentro de los principales puntos contenidos en el Plan de Desarrollo del Municipio de Huichapan, se encuentra el generar una administraci\u00f3n eficiente, confiable y cercana a la gente con visi\u00f3n de proximidad social, mediante la estricta aplicaci\u00f3n de los mecanismos de fiscalizaci\u00f3n, rendici\u00f3n de cuentas y control del ejercicio de los recursos p\u00fablicos, brindado a la ciudadan\u00eda atenci\u00f3n integral con servidores p\u00fablicos capacitados, profesionales y respetuosos reformando el compromiso que tienen este gobierno municipal con la sociedad Huichapense, a trav\u00e9s de lo cual se pretende detener los actos de corrupci\u00f3n por parte de los servidores p\u00fablicos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO<\/strong>. &#8211; As\u00ed mismo, una de las principales directrices de la presente administraci\u00f3n, es la rendici\u00f3n de cuentas y la transparencia en su actividad, as\u00ed como respetar el derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica que tiene todo ciudadano, para restablecer la confianza de los habitantes en las instituciones que conforman el Gobierno Municipal;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. &#8211;<\/strong> Es importante resaltar que la \u00e9tica p\u00fablica es primordial por lo que es indispensable impulsar cambios ideol\u00f3gicos sobre la imagen de los servidores p\u00fablicos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO.\u2013 <\/strong>Las reglas generales de la conducta posibilitan la transformaci\u00f3n con el fin de lograr un cambio en la actitud de los servidores p\u00fablicos y que este se traduzca en una mayor disposici\u00f3n y vocaci\u00f3n de servicio, exhort\u00e1ndolos a respetar los principios de car\u00e1cter \u00e9tico y conducir su actuaci\u00f3n en un cierto sentido recto, reconociendo como primer valor realizar su trabajo con amabilidad, sentido de justicia, equidad y transparencia, procurando siempre enaltecer y honrar con todos sus actos y en todo momento a la instituci\u00f3n en la que presta sus servicios, mostrando una acci\u00f3n profesional con gratitud, honradez, responsabilidad y eficiencia, conciencia de que en su desempe\u00f1o, dispone de los recursos, instrumentos y la informaci\u00f3n institucional para servir a la sociedad;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO. &#8211; <\/strong>El compromiso con el bien com\u00fan implica que los servidores p\u00fablicos est\u00e9n conscientes de que el servicio p\u00fablico es una misi\u00f3n que solo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas de la poblaci\u00f3n y no cuando se persiguen beneficios individuales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTO. &#8211;<\/strong> Definitivamente este C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta lograra sensibilizar al personal que integra la Administraci\u00f3n Municipal de Huichapan, Hidalgo, con la finalidad de garantizar que su ejercicio profesional se realice bajo un esquema que represente los valores del municipio, que promueva pr\u00e1cticas humanistas y garantice a la ciudadan\u00eda servicios de calidad, fortalecidos a trav\u00e9s de una labor eficaz y eficiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO.-<\/strong> El presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta tendr\u00e1 como marco jur\u00eddico la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos; la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica para el Estado de Hidalgo; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley General del Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n; La Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, as\u00ed como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalgo; la Ley Org\u00e1nica Municipal del Estado de Hidalgo; la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Hidalgo;\u00a0 y el Bando de Gobierno y de Polic\u00eda del Municipio de Huichapan, Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>OCTAVO. &#8211;<\/strong> El presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, tiene por objetivo dar a conocer los valores principios y comportamientos \u00e9ticos que los servidores p\u00fablicos que se encuentren prestando sus servicios para el Municipio de Huichapan, Hidalgo deben observar en la realizaci\u00f3n de sus funciones, independientemente del cargo que desempe\u00f1en, y bajo cualquier modalidad de v\u00ednculo laboral, fomentando la confiabilidad de la ciudadan\u00eda en general.<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. &#8211;<\/strong> El presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta establece lineamientos \u00e9ticos para los servidores p\u00fablicos y motiva su raz\u00f3n de ser en la necesidad de contar con un C\u00f3digo que norme la conducta y renueve el compromiso de servir con integridad y honestidad trabajando por el bien com\u00fan y garantizando un servicio optimo hacia la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. &#8211;<\/strong> Que el Plan Municipal de Desarrollo tiene como base de nuestra administraci\u00f3n un Gobierno Moderno, Digital e Innovador que opere bajo los principios \u00e9ticos, los cuales son factores ineludibles en el ejercicio del servidor p\u00fablico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. &#8211;<\/strong> Que el Ayuntamiento de Huichapan, Hidalgo; considera necesario crear un C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, donde se plasman las pautas que deben seguir los servidores p\u00fablicos en el ejercicio de sus funciones, que sirva de directriz para todos aquellos que colaboren en cualquier forma o v\u00ednculo laboral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO. &#8211;<\/strong> Que dicho C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta ser\u00e1\u0301 complementario de las leyes y reglamentos existentes en lo que respecta a las actividades que realizan los servidores p\u00fablicos procurando lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Fortalecer los principios de honestidad, respeto, tolerancia, inclusi\u00f3n, responsabilidad, transparencia, solidaridad, justicia, igualdad y equidad as\u00ed\u0301 como el compromiso profesional de todos los servidores p\u00fablicos con los objetivos institucionales plasmados en el Plan Municipal de Desarrollo;<\/li>\n<li>Mejorar la productividad de la administraci\u00f3n, al expresar una serie de principios comunes que permiten a los servidores p\u00fablicos el cumplimiento de las metas planteadas;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong> Orientar a los servidores p\u00fablicos en el desempe\u00f1o de actividades espec\u00edficas y con ello lograr una plena vocaci\u00f3n de servicio en beneficio de la poblaci\u00f3n;<\/p>\n<ol>\n<li>Prevenir y abatir las pr\u00e1cticas de corrupci\u00f3n, promoviendo la eficacia de la gesti\u00f3n p\u00fablica y el mejoramiento en la conducta de los servidores p\u00fablico;<\/li>\n<li>Reflejar en todas las actividades y en la interacci\u00f3n con los dem\u00e1s, los principios \u00e9ticos, legales, de responsabilidad, transparencia y rendici\u00f3n de cuentas;<\/li>\n<li>Llegar al cumplimiento de las metas institucionales; manteniendo la confianza de los ciudadanos en el gobierno municipal; y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>VII.<\/strong> Fomentar la cultura de participaci\u00f3n ciudadana, responsable e informada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo antes expuesto, hemos tenido a bien expedir el siguiente:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DECRETO NUMERO 39<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUE CREA EL<\/strong> <strong>C\u00d3DIGO DE \u00c9TICA Y CONDUCTA PARA LA ADMINISTRACIO\u0301N PU\u0301BLICA DEL MUNICIPIO DE HUICHAPAN, HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1.-<\/strong> El presente C\u00f3digo tiene por objeto dar a conocer a las y los servidores p\u00fablicos los principios de car\u00e1cter \u00e9tico para el correcto, honorable y adecuado desempe\u00f1o de sus actividades.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Articulo 2.-<\/strong> Los principios y valores previstos en el presente C\u00f3digo, son de observancia general y obligatoria, enunciativas y no limitativas para todos los servidores p\u00fablicos del Ayuntamiento del Municipio de Huichapan, cualquiera que sea su nivel jer\u00e1rquico, sin perjuicio de lo establecido en otras normas o disposiciones que regulen su desempe\u00f1o; por ende, toda persona que forme parte de la administraci\u00f3n p\u00fablica municipal deber\u00e1 conocerlo y asumir el compromiso de su debido cumplimiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 3.-<\/strong> El presente C\u00f3digo es de inter\u00e9s p\u00fablico y observancia obligatoria, ser\u00e1 aplicable a todos los Servidores P\u00fablicos de Huichapan, Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4.-<\/strong> El lenguaje empleado en los presentes lineamientos generales, no busca generar ninguna distinci\u00f3n ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacci\u00f3n hechas hacia un g\u00e9nero representan a ambos sexos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5.- <\/strong>Para efectos del presente C\u00f3digo, se entender\u00e1 por:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Administraci\u00f3n Municipal: la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal de Huichapan Hidalgo;<\/li>\n<li>Ayuntamiento: \u00d3rgano de Gobierno Municipal a trav\u00e9s del cual, el pueblo, en ejercicio de su voluntad pol\u00edtica, realiza la autogesti\u00f3n de los intereses de la comunidad; lo integran el Alcalde, S\u00edndico y Regidores;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>C\u00f3digo: El C\u00f3digo de \u00c9tica del Municipio de Huichapan Hidalgo;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Comit\u00e9: El Comit\u00e9 de \u00c9tica y Conducta del Municipio de Huichapan, Hidalgo;<\/li>\n<li>\u00c9tica: Conjunto de principios y valores del fuero interno que gu\u00edan los fines de la vida de las personas hacia el vivir bien y el habitar bien;<\/li>\n<li>Valores: Los valores son principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento en funci\u00f3n de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un comportamiento en lugar de otro;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Ley de Responsabilidad: Ley General de Responsabilidades Administrativas;<\/li>\n<li>Municipio: Municipio de Huichapan, Hidalgo;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>\u00d3rgano de Control Interno: Es la entidad de la administraci\u00f3n p\u00fablica municipal cuya finalidad es prevenir, detectar y abatir posibles actos de corrupci\u00f3n y de conducta que contravenga las disposiciones del presente C\u00f3digo;<\/li>\n<li>Presidente Municipal: El presidente o presidenta Municipal Constitucional de Huichapan, Hidalgo;<\/li>\n<li>Principios: Conjunto de normas o par\u00e1metros \u00e9ticos fundamentales que rigen el pensamiento o conducta humana; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Servidor P\u00fablico: El o la persona f\u00edsica que desempe\u00f1a un empleo, cargo o comisi\u00f3n de cualquier naturaleza en la administraci\u00f3n p\u00fablica municipal.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6.-<\/strong> Para efectos de este C\u00f3digo, los valores descritos a continuaci\u00f3n orientan la conducta de las y los servidores p\u00fablicos del Municipio de Huichapan los cuales se encuentran establecidos dentro de su Plan Municipal de Desarrollo y definir\u00e1n los principios rectores de la conducta de los servidores p\u00fablicos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Eficacia:<\/li>\n<li>Es la capacidad de lograr los objetivos y metas programadas disminuyendo tiempos, formalismos y costos innecesarios;<\/li>\n<li>Se buscar\u00e1 siempre sacar el mayor provecho a los recursos siempre en favor de la poblaci\u00f3n del municipio.<\/li>\n<li>Equidad:<\/li>\n<li>Aplicar la soluci\u00f3n legal justa al caso espec\u00edfico;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico deber\u00e1 tratar de manera imparcial a los ciudadanos, considerando las distintas circunstancias y capacidades de cada uno, brindando un trato igualitario que atienda las diferencias que presenta cada uno seg\u00fan su condici\u00f3n social, econ\u00f3mica, ideol\u00f3gica o de g\u00e9nero.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Honestidad:<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Cualidad humana que consiste en comportarse y expresarse con coherencia y sinceridad de acuerdo con los valores de verdad y justicia, significa que no hay contradicciones ni discrepancias entre los pensamientos, palabras o acciones;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico debe actuar en cualquier momento con la m\u00e1xima rectitud, sin pretender, ni obtener beneficio, provecho o ventaja para s\u00ed o para terceros, derivada de sus funciones;<\/li>\n<li>Asimismo, evitar\u00e1 cualquier conducta que pueda poner en duda su integridad o disposici\u00f3n para el cumplimiento de los deberes propios del cargo.<\/li>\n<li>Igualdad:<\/li>\n<li>Es el trato que se da a las personas, sin que medie alg\u00fan tipo de diferencia por raza, sexo, condici\u00f3n social o econ\u00f3mica, condici\u00f3n f\u00edsica, mental, intelectual o sensorial, o de cualquier naturaleza, donde todas las personas tienen los mismos derechos y las mismas oportunidades;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico debe ser imparcial en los actos y decisiones que desarrolla en el servicio p\u00fablico, sin distinci\u00f3n.<\/li>\n<li>Inclusi\u00f3n:<\/li>\n<li>Es un enfoque que responde positivamente a las diferencias individuales a la diversidad de las personas, entendiendo que esta no es un problema, sino una oportunidad para el enriquecimiento de la sociedad;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico deber\u00e1 desarrollar una actitud equitativa y respetuosa frente a las diferencias, para asistir a todas las personas independientemente de sus caracter\u00edsticas personales y proporciona un acceso equitativo.<\/li>\n<li>Justicia:<\/li>\n<li>Cualidad humana por la que la persona se determina a elegir actuar siempre con base en la verdad y en la aut\u00e9ntica justicia, dar a cada quien lo que por derecho le corresponde, sea bueno o malo;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico debe ser imparcial y actuar con prudencia, procurando el bienestar colectivo, sin comprometer su integridad y por encima de cualquier particular, con base en el derecho, la raz\u00f3n y la equidad, sin violentar los derechos de la ciudadan\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Respeto:<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Es la consideraci\u00f3n, atenci\u00f3n y cortes\u00eda que se debe a una persona, es el sentimiento que lleva a reconocer los derechos y la dignidad del otro.\u00a0Este valor se fundamenta en la dignidad de la persona;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico se dirige de manera cordial y diligente en todo momento asimismo ofrece trato basado en el de respeto mutuo con cortes\u00eda y equidad.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Responsabilidad:<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Aquella persona que asume las consecuencias de sus actos intencionados o no, como resultado de las decisiones que tome o acepte y la forma en que responde, lo cual implica el claro conocimiento de que los resultados de cumplir o no las obligaciones recaen en uno mismo;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico desempe\u00f1a eficientemente las labores que correspondan al cargo conferido, por lo tanto, utilizan adecuadamente los bienes asignados por el Ayuntamiento para el desempe\u00f1o sus funciones;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico se encuentra obligado a escuchar y atender a toda persona que solicite informaci\u00f3n o un servicio de manera eficiente y eficaz.<\/li>\n<li>Solidaridad:<\/li>\n<li>Es el valor que consiste en mostrarse unido a otras personas o grupos, compartiendo sus intereses y sus necesidades;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico debe mostrar un comportamiento que responda de manera positiva a las necesidades de la ciudadan\u00eda.<\/li>\n<li>Tolerancia:<\/li>\n<li>Valor en el que se refleja de manera m\u00e1s clara el respeto por los dem\u00e1s, de tal manera que promueve la convivencia pac\u00edfica entre las personas. Reconoce a los otros como seres humanos, su derecho a ser aceptados en su individualidad y diferencia;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico propicia el di\u00e1logo y busca puntos de acuerdo en cualquier situaci\u00f3n de conflicto.<\/li>\n<li>Transparencia:<\/li>\n<li>Actuar de una forma abierta, clara y oportuna; La transparencia va muy ligada a la definici\u00f3n de honradez y honestidad, la diferencia es que se refiere m\u00e1s a lo que la sociedad percibe de nuestros propios actos;<\/li>\n<li>El servidor p\u00fablico est\u00e1 obligado a hacer visibles las acciones correspondientes a su desempe\u00f1o, y facilitar el acceso a la informaci\u00f3n clara y directa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 7.-<\/strong> Es importante resaltar que adicional a los valores antes mencionados, el Municipio de Huichapan se conduce bajo los Principios Rectores que establece la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA APLICACI\u00d3N DEL C\u00d3DIGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 8.-<\/strong> Son autoridades competentes para la aplicaci\u00f3n de este C\u00f3digo:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La Presidenta o El Presidente Municipal;<\/li>\n<li>El Comit\u00e9; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>El \u00d3rgano de Control Interno del Municipio de Huichapan.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9.-<\/strong> Son obligaciones de las autoridades competentes para su aplicaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de este C\u00f3digo;<\/li>\n<li>Vigilar que los servidores p\u00fablicos se conduzcan en el ejercicio de sus funciones con los valores descritos anteriormente, as\u00ed como, el uso adecuado de los bienes y recursos; de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Vigilar la aplicaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y sanciones de las disposiciones previstas en este C\u00f3digo;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Establecer los mecanismos que faciliten el acceso a la ciudadan\u00eda a los medios de denuncia o queja, cuando en alg\u00fan caso la conducta del servidor p\u00fablico municipal no sea la correcta o no vaya acorde a los principios \u00e9ticos plasmados en este documento;<\/li>\n<li>Coadyuvar con las dependencias, unidades administrativas y organismos descentralizados para el debido cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente C\u00f3digo; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1alen las leyes, reglamentos y dem\u00e1s normativas aplicables.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS CONDUCTAS DE LOS SERVIDORES P\u00daBLICOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 10.-<\/strong> El ingreso a la administraci\u00f3n del municipio de Huichapan como servidor p\u00fablico en cualquiera de las modalidades establecidas que pudieran observarse dentro del mismo, implicar\u00e1 conocer el presente C\u00f3digo y asumir el compromiso de su cumplimiento mediante firma de la carta compromiso.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 11.-<\/strong> Todo servidor p\u00fablico independientemente de las obligaciones espec\u00edficas asignadas, tendr\u00e1 las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Actuar con transparencia, honestidad, lealtad, cooperaci\u00f3n, austeridad, sin ostentaci\u00f3n y con una clara orientaci\u00f3n al inter\u00e9s p\u00fablico, absteni\u00e9ndose de efectuar cualquier acto, hecho o conducta que provoque distinci\u00f3n, exclusi\u00f3n, restricci\u00f3n o rechazo, motivada por razones de origen \u00e9tnico o nacional, g\u00e9nero, edad, discapacidad, condici\u00f3n social o econ\u00f3mica o de salud, estado de gravidez, lengua, religi\u00f3n, opiniones, preferencia sexual, estado civil, filiaci\u00f3n o identidad pol\u00edtica o cualquier otra que signifique alg\u00fan tipo de perjuicio hacia la igualdad de las personas; cumpliendo y respetando los objetivos, deberes y responsabilidades de su cargo;<\/li>\n<li>Tener esp\u00edritu de servicio, as\u00ed como actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempe\u00f1o de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales seg\u00fan sus responsabilidades;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Trabajar en armon\u00eda con todos los compa\u00f1eros independientemente del nivel jer\u00e1rquico, actuando de manera cordial con la finalidad de crear un ambiente de trabajo colaborativo, productivo y eficiente;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Servir a la sociedad, a las autoridades municipales y a sus compa\u00f1eros de trabajo, con los valores antes mencionados;<\/li>\n<li>Conservar siempre las instalaciones del \u00e1rea de trabajo asignada limpias y en orden al finalizar la jornada de trabajo;<\/li>\n<li>Procurar cumplir permanentemente las metas, objetivos y programas, realizando el trabajo con orden, puntualidad, limpieza y esmero;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>fortalecer de manera continua, los conocimientos y habilidades necesarias para m\u00e1s competentes en el desempe\u00f1o de las tareas encomendadas, adem\u00e1s de buscar permanentemente la innovaci\u00f3n para mejorar la calidad de los servicios ofrecidos a los ciudadanos;<\/li>\n<li>Deber\u00e1 portar en lugar visible el gafete de identificaci\u00f3n y acudir al trabajo con vestimenta apropiada y presentable en raz\u00f3n de la naturaleza del servicio y la labor que se desempe\u00f1e. Cuando se tenga contacto directo con los ciudadanos o acudan a eventos, visitas o reuniones fuera de las instalaciones en representaci\u00f3n del municipio deber\u00e1n hacer uso de vestimenta formal;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Los bienes, instalaciones, recursos humanos y financieros del Municipio, se utilizar\u00e1n \u00fanicamente para lo que est\u00e1n destinados, adoptando criterios de racionalidad y ahorro, cumpliendo adem\u00e1s con los mecanismos establecidos por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica que se generan en todas las dependencias y entidades;<\/li>\n<li>Los bienes que le fueran asignados a cada Servidora y Servidor P\u00fablico para el desempe\u00f1o de sus funciones deber\u00e1 utilizarlos de manera racional, evitando uso particular, su abuso, derroche o desaprovechamiento as\u00ed mismo sujet\u00e1ndose a los principios de eficiencia, eficacia, econom\u00eda, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que est\u00e9n destinados;<\/li>\n<li>Procurar buenas relaciones con las instituciones de Gobierno Estatal y Federal, as\u00ed como con otros municipios, basadas en los valores y principios establecidos en el presente C\u00f3digo, respetando los intereses de la ciudadan\u00eda;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Propiciar\u00e1n el flujo de informaci\u00f3n en forma clara y oportuna a fin de facilitar la toma de decisiones para mejorar la eficiencia de la administraci\u00f3n p\u00fablica municipal;<\/li>\n<li>Garantizar el derecho de cualquier persona al acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como la obligaci\u00f3n de proteger la informaci\u00f3n clasificada como reservada o confidencial y garantizar la protecci\u00f3n de los datos personales a los cuales tenga acceso con motivo del desempe\u00f1o de sus funciones;<\/li>\n<li>Asistir a las actividades c\u00edvicas y a las ceremonias conmemorativas de fechas patri\u00f3ticas cuando en el ejercicio o con motivo de sus funciones sea llamado para ello. Adem\u00e1s, podr\u00e1 proponer, desarrollar o participar actividades deportivas, recreativas y culturales que promuevan la uni\u00f3n familiar, el desarrollo personal, la paz social, el esparcimiento la convivencia de la comunidad;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Promover\u00e1 y difundir\u00e1 el cuidado del medio ambiente y equilibrio ecol\u00f3gico.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Para continuar u ocupar su cargo, empleo o comisi\u00f3n, deber\u00e1 firmar de manera anual, la carta compromiso para desempe\u00f1arse conforme a los valores y principios establecidos en el presente C\u00f3digo. El desconocimiento de la normatividad en ning\u00fan caso, justifica el hecho de no cumplir estrictamente con su observancia;<\/li>\n<li>Evitar la sustracci\u00f3n, ocultamiento, destrucci\u00f3n y utilizaci\u00f3n indebida de la informaci\u00f3n generada para beneficio propio o de terceros;<\/li>\n<li>Utilizar de manera responsable la informaci\u00f3n a la que se tiene acceso;<\/li>\n<li>Abstenerse de divulgar asuntos de car\u00e1cter personal de los compa\u00f1eros, dentro y fuera del \u00e1mbito laboral; y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Todos los servidores p\u00fablicos estar\u00e1n obligados a presentar las declaraciones de situaci\u00f3n patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad al \u00d3rgano Interno de Control, en los t\u00e9rminos previstos en el presente reglamento. Asimismo, deber\u00e1n presentar su declaraci\u00f3n fiscal anual, en los t\u00e9rminos que disponga la legislaci\u00f3n de la materia, adem\u00e1s de realizar con honestidad y transparencia, con los plazos y fechas que establece la Ley de General Responsabilidades lo Administrativas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO CUARTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS PROHIBICIONES \u00c9TICAS PARA LOS SERVIDORES P\u00daBLICOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 12.-<\/strong> Los servidores p\u00fablicos tienen prohibido obtener cualquier tipo de beneficio por lo que se enuncian algunas de las conductas que se encuentran totalmente prohibidas para los mismos, siendo estas enunciativas m\u00e1s no limitativas:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Usar el gafete institucional para obtener favores personales y especiales;<\/li>\n<li>Ostentar cargos distintos al nombramiento o grados acad\u00e9micos sin haber concluido los estudios correspondientes;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proteger a servidores p\u00fablicos que hayan cometido actos ilegales para obtener beneficios personales o para terceros en perjuicio de la conservaci\u00f3n de los recursos del municipio y\/o alg\u00fan tercero;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Utilizar, compartir y ocultar informaci\u00f3n para favorecer o perjudicar indebidamente a un tercero;<\/li>\n<li>Utilizar bienes del municipio que sean proporcionados para el desempe\u00f1o de sus funciones en beneficio personal o de terceros;<\/li>\n<li>Utilizar los servicios de fotocopiado para asuntos personales;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>La discriminaci\u00f3n por g\u00e9nero, as\u00ed como el hostigamiento a colaboradores;<\/li>\n<li>Hacer uso de su influencia para dilatar u obstruir la adecuada prestaci\u00f3n de los tramites y servicios que brinda la Administraci\u00f3n Publica Municipal.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Abusar de su poder dentro de la Instituci\u00f3n para acosar sexualmente a los compa\u00f1eros de trabajo;<\/li>\n<li>No deber\u00e1 presentarse a laborar con una imagen indecorosa o bajo los efectos del alcohol o cualquier sustancia il\u00edcita; e<\/li>\n<li>Incitar a los colaboradores a realizar actos il\u00edcitos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO QUINTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA CONDUCTA DEL SERVIDOR P\u00daBLICO <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 13.-<\/strong> La funci\u00f3n p\u00fablica exige del servidor p\u00fablico vivir y practicar los valores y principios \u00e9ticos en sus actos p\u00fablicos y privados, as\u00ed como los plasmados en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos y todas las leyes que emanen de la misma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 14.-<\/strong> Los Servidores P\u00fablicos del Municipio, deber\u00e1n:<\/p>\n<ol>\n<li>Conocer, aplicar y hacer cumplir de manera estricta las leyes, reglamentos, y dem\u00e1s disposiciones administrativas que los rijan;<\/li>\n<li>Generar condiciones de competitividad en su desempe\u00f1o, buscando siempre ofrecer un servicio de calidad a la ciudadan\u00eda;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Identificar y corregir las fallas en su desempe\u00f1o, buscando la mejora continua que cumpla con las expectativas de la sociedad;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Procurar la adquisici\u00f3n de nuevos conocimientos que ayuden a mejorar y reforzar sus capacidades y a servir a la ciudadan\u00eda;<\/li>\n<li>Ejercer un liderazgo \u00e9tico, promoviendo una cultura del desempe\u00f1o p\u00fablico desde principios \u00e9ticos;<\/li>\n<li>Manejar de forma eficiente los recursos p\u00fablicos, gestionando el gasto municipal priorizando las necesidades ciudadanas, en beneficio del inter\u00e9s p\u00fablico;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Implementar estrategias de atenci\u00f3n pronta y efectiva a las necesidades y demandas leg\u00edtimas de las y los ciudadanos, brindando servicios de calidad, que se extiendan a toda la poblaci\u00f3n del Municipio sin exclusiones; y<\/li>\n<li>Comportarse dentro y fuera de la instituci\u00f3n demostrando un alto grado de probidad y civilidad, haci\u00e9ndose responsable de sus actos sin privilegios por el desempe\u00f1o de su cargo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO SEXTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LOS DEBERES E IMPEDIMENTOS \u00c9TICOS DEL SERVIDOR P\u00daBLICO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 15.-<\/strong> Sin perjuicio de las prohibiciones de orden jur\u00eddico que para casos particulares se establezcan en las leyes y reglamentos, regir\u00e1n para todos los servidores p\u00fablicos, los implementos de \u00f3rdenes \u00e9ticos y morales contenidos en este cap\u00edtulo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 16.-<\/strong> El Servidor P\u00fablico dentro de su jornada laboral deber\u00e1:<\/p>\n<ol>\n<li>Respetar la jornada laboral que tenga establecida para su funci\u00f3n;<\/li>\n<li>Proteger y mantener en buen estado los bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio, particularmente aquellos que est\u00e9n bajo su resguardo y cuidado;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Hacer uso racional y eficiente de los bienes a su disposici\u00f3n para realizar sus funciones o encargos;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Actuar con cortes\u00eda, respeto y buen trato con sus compa\u00f1eros de trabajo y, en especial, con la ciudadan\u00eda;<\/li>\n<li>Reportar cualquier situaci\u00f3n que amenace la seguridad del lugar donde labora o ponga en peligro la integridad f\u00edsica de las personas;<\/li>\n<li>Promover el respeto al entorno cultural y ecol\u00f3gico;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Participar en cualquier tipo de discriminaci\u00f3n y abuso; y<\/li>\n<li>Mantener ordenada y limpia su \u00e1rea de trabajo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 17.-<\/strong> El Servidor P\u00fablico dentro de su jornada laboral no deber\u00e1:<\/p>\n<ol>\n<li>Ingerir alimentos en su \u00e1rea de trabajo;<\/li>\n<li>Hacer uso del tiempo de su jornada laboral de acuerdo a sus funciones para realizar tareas personales u otros diferentes a sus deberes y responsabilidad, incluido su arreglo personal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Practicar el comercio dentro de las instalaciones de la Administraci\u00f3n;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Tomar atribuciones que no sean propias de sus funciones y encargos designados;<\/li>\n<li>Gastar de manera innecesaria los bienes a su disposici\u00f3n para realizar sus funciones o encargos, generando dispendio o abuso; y<\/li>\n<li>Presentarse a laborar con una imagen indecorosa, desalineada o bajo efectos del alcohol o cualquier sustancia il\u00edcita;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 18.-<\/strong> Los Servidores P\u00fablicos del Municipio, en todo momento no deber\u00e1n:<\/p>\n<ol>\n<li>Utilizar el gafete oficial, su nombramiento, ni ninguna otra documentaci\u00f3n de identificaci\u00f3n expedido por el Ayuntamiento y\/o la Administraci\u00f3n Municipal, para alg\u00fan fin personal, de lucro, en beneficio o perjuicio propio de terceros;<\/li>\n<li>Solicitar o recibir ning\u00fan tipo de favor, gratificaci\u00f3n y\/o beneficio, a cambio de agilizar o detener un tr\u00e1mite que est\u00e9 en el marco del desempe\u00f1o de sus funciones; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Utilizar su posici\u00f3n o cargo p\u00fablico para amenazar o influir en los dem\u00e1s servidores p\u00fablicos para beneficiar o perjudicar en un tr\u00e1mite o decisi\u00f3n a una persona o grupo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 19.-<\/strong> Queda estrictamente prohibido a todo servidor p\u00fablico, hostigar y acosar a otro servidor p\u00fabico o a cualquier persona con el fin de producir miedo, terror, desprecio, o desanimo afectado su trabajo, o tratar de forzarlo o forzarla, para establecer una relaci\u00f3n sexual obligada o condicionada, cualquiera que sea su jerarqu\u00eda o condici\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 20.-<\/strong> Ning\u00fan servidor p\u00fablico de cualquier rango o jerarqu\u00eda, podr\u00e1 denigrar, segregar, privar de sus derechos o despojar a otro servidor p\u00fablico por motivos de simpat\u00eda u otras razones.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong><strong> 21.-<\/strong> Todo servidor p\u00fablico debe acreditar su patrimonio, y la leg\u00edtima procedencia de sus ingresos o bienes, as\u00ed como, cualquier modificaci\u00f3n que su patrimonio tenga, que aparezcan a su nombre, de su c\u00f3nyuge o hijos y cualquier otro dependiente econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ning\u00fan servidor p\u00fablico podr\u00e1 beneficiar a familiares o amigos, otorg\u00e1ndoles un empleo, cargo, comisi\u00f3n o beneficio, aprovech\u00e1ndose de su cargo pol\u00edtico o administrativo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO S\u00c9PTIMO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LOS PRINCIPIOS Y CRITERIOS DEL COMIT\u00c9 DE \u00c9TICA Y CONDUCTA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo<\/strong> <strong>22.-<\/strong> Tomando en cuenta los principios y valores contenidos en el presente C\u00f3digo de \u00c9tica, el Comit\u00e9 elaborar\u00e1 propuestas que orienten y den certeza plena a los servidores p\u00fablicos sobre el comportamiento \u00e9tico al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano, que delimiten su actuaci\u00f3n en situaciones espec\u00edficas que pueden presentarse conforme a las tareas, funciones o actividades que involucra la operaci\u00f3n y el cumplimiento de los planes y programas del Municipio, as\u00ed como las \u00e1reas y procesos que involucren riesgos de posibles actos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el desarrollo de sus funciones y en el conocimiento de los asuntos que impliquen la contravenci\u00f3n del C\u00f3digo, los miembros del Comit\u00e9 actuar\u00e1n con reserva y discreci\u00f3n y ajustar\u00e1n sus determinaciones a los criterios de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, \u00e9tica y conducta.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO OCTAVO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA INTEGRACI\u00d3N DEL COMIT\u00c9 DE \u00c9TICA Y CONDUCTA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 23.-<\/strong> El Comit\u00e9 se integrar\u00e1 por seis miembros, con voz y voto, cuatro de ellos deber\u00e1n ser designados por el Presidente Municipal, uno por el H. Ayuntamiento Municipal, con el car\u00e1cter de permanentes para garantizar la continuidad de lo establecido en el presente C\u00f3digo, debiendo presidir el Comit\u00e9 el Presidente Municipal, con la siguiente estructura:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Presidente.<\/li>\n<li>Secretario Ejecutivo.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Vocales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24.-<\/strong> El Comit\u00e9 tendr\u00e1 las siguientes atribuciones exclusivas:<\/p>\n<ol>\n<li>Formular y someter a la consideraci\u00f3n del Presidente, las pol\u00edticas, lineamientos, estrategias y dem\u00e1s instrumentos de car\u00e1cter general, para establecer acci\u00f3n en materia de \u00e9tica y conducta a fin de prevenir conductas contrarias a las disposiciones que rigen el ejercicio del servicio p\u00fablico en el Municipio;<\/li>\n<li>Ejercer las atribuciones que las disposiciones legales o administrativas confieren al Municipio en materia de \u00e9tica y conducta, excepto en los casos en que por disposici\u00f3n legal o administrativa deban ser ejercidas por alguien distinto;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Dise\u00f1ar y establecer un sistema para la implementaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los programas que se realicen en materia de \u00e9tica y conducta y hacer del conocimiento de la sociedad los resultados de estas evaluaciones;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Dise\u00f1ar y establecer un sistema para la operaci\u00f3n y funcionamiento del Comit\u00e9 y emitir las observaciones que en su caso procedan;<\/li>\n<li>Coordinar y llevar el registro y seguimiento de las observaciones y recomendaciones emitidas el Comit\u00e9 y crear, con base en las mismas, un sistema de criterios que sirvan como precedentes aplicables en las materias de \u00e9tica y conducta;<\/li>\n<li>Proponer al Presidente la metodolog\u00eda de participaci\u00f3n del \u00d3rgano Interno de Control en el seguimiento de las acciones que realicen las \u00e1reas de la Administraci\u00f3n Municipal en el cumplimiento de las materias competencia del Comit\u00e9;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fungir como \u00f3rgano de asesor\u00eda y consulta en materia de \u00e9tica y conducta en el desempe\u00f1o del servicio p\u00fablico;<\/li>\n<li>Elaborar y promover programas de capacitaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n en materia de \u00e9tica y conducta;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Establecer bases permanentes para reconocer, premiar y estimular acciones, medidas o conductas ejemplares de \u00e1reas o personas en materia de \u00e9tica y conducta para su respectiva aplicaci\u00f3n por parte del Comit\u00e9;<\/li>\n<li>Formular propuestas para el fortalecimiento del control de la gesti\u00f3n p\u00fablica, a partir de las evaluaciones que realice en materia de \u00e9tica y conducta, as\u00ed como de la operaci\u00f3n y funcionamiento del Comit\u00e9; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que las disposiciones legales y administrativas le confieran y encomiende el Presidente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO NOVENO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL COMIT\u00c9 DE \u00c9TICA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 25.-<\/strong> El Comit\u00e9 estar\u00e1 integrado de conformidad a la estructura org\u00e1nica del Municipio.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 26.-<\/strong> El Presidente Municipal tendr\u00e1n el car\u00e1cter de miembro permanente y presidir\u00e1 el Comit\u00e9.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 27.-<\/strong> La integraci\u00f3n del Comit\u00e9 se realizar\u00e1 dentro de los primeros sesenta d\u00edas naturales a partir de la Toma de protesta del Ayuntamiento en turno.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 28.-<\/strong> Los miembros del Comit\u00e9 deber\u00e1n ser reconocidos por su honradez, vocaci\u00f3n de servicio, integridad, responsabilidad, confiabilidad, juicio informado, colaboraci\u00f3n y trabajo en equipo y compromiso.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 29.-<\/strong> Cuando un miembro de car\u00e1cter temporal deje de laborar en la Administraci\u00f3n Municipal, se integrar\u00e1 al Comit\u00e9 con ese car\u00e1cter el servidor p\u00fablico designado por el Presidente Municipal.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 30.-<\/strong> Previamente a la primera sesi\u00f3n ordinaria del a\u00f1o, quien presida, notificar\u00e1 mediante oficio a los servidores p\u00fablicos que fueron designados como miembros para que integren el Comit\u00e9.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Presidente convocar\u00e1 mediante oficio a las personas invitadas, record\u00e1ndoles su participaci\u00f3n y compromiso en el Comit\u00e9.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que los miembros incumplan las obligaciones se\u00f1aladas en el presente C\u00f3digo, podr\u00e1n ser sujetos a responsabilidad administrativa.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 31.-<\/strong> Los miembros cuya remoci\u00f3n haya sido solicitada con motivo de una posible responsabilidad administrativa, quedar\u00e1n de inmediato suspendidos de sus funciones y ser\u00e1n sustituidos conforme a los t\u00e9rminos previstos en el presente C\u00f3digo, respecto de los servidores p\u00fablicos que dejen de laborar en la Administraci\u00f3n Municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las propuestas de remoci\u00f3n se realizar\u00e1n a trav\u00e9s del Presidente quien lo har\u00e1 del conocimiento del Comit\u00e9, a fin de que una vez escuchado al miembro que se encuentre en el supuesto, el Comit\u00e9 determine lo conducente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAPITULO DECIMO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMIT\u00c9<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 32.-<\/strong> Corresponde al Comit\u00e9, las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Elaborar y aprobar, durante el primer trimestre de cada a\u00f1o, su programa anual de trabajo que contendr\u00e1 cuando menos: los objetivos, metas y actividades espec\u00edficas que tenga previsto llevar a cabo;<\/li>\n<li>Vigilar la aplicaci\u00f3n y cumplimiento del C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta;<\/li>\n<li>Participar en la elaboraci\u00f3n, revisi\u00f3n y actualizaci\u00f3n del C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, as\u00ed como vigilar su aplicaci\u00f3n y cumplimiento;<\/li>\n<li>Determinar, conforme a los criterios que se establezca, los indicadores de cumplimiento del presente C\u00f3digo, as\u00ed como el m\u00e9todo para medir y evaluar anualmente los resultados obtenidos. Los resultados y su evaluaci\u00f3n se difundir\u00e1n en la p\u00e1gina de internet del Municipio;<\/li>\n<li>Fungir como \u00f3rgano de consulta y asesor\u00eda especializada en materia de \u00e9tica y conducta en el desempe\u00f1o del servicio p\u00fablico;<\/li>\n<li>Establecer y difundir el procedimiento de recepci\u00f3n y atenci\u00f3n de los incumplimientos al C\u00f3digo;<\/li>\n<li>Formular observaciones y recomendaciones en el caso de denuncias derivadas del incumplimiento al C\u00f3digo, que consistir\u00e1n en un pronunciamiento imparcial no vinculatorio, y que se har\u00e1n del conocimiento del o los servidores p\u00fablicos involucrados y de sus superiores jer\u00e1rquicos;<\/li>\n<li>Difundir y promover los contenidos del C\u00f3digo;<\/li>\n<li>Fomentar la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos, estrategias y dem\u00e1s acciones permanentes sobre el respeto a los derechos humanos, prevenci\u00f3n de la discriminaci\u00f3n e igualdad de g\u00e9nero y los dem\u00e1s principios y valores contenidos en el C\u00f3digo, que permitan a los servidores p\u00fablicos identificar y delimitar las conductas que en situaciones espec\u00edficas deban observar en el desempe\u00f1o de sus empleos, cargos, comisiones o funciones;<\/li>\n<li>Dar vista al \u00d3rgano Interno de Control de la Administraci\u00f3n Municipal de las conductas de servidores p\u00fablicos que puedan constituir responsabilidad administrativa en t\u00e9rminos de la normatividad aplicable en la materia;<\/li>\n<li>Otorgar reconocimientos o premios a \u00e1reas o personas que promuevan acciones o que realicen aportaciones que puedan implementarse para reforzar la cultura \u00e9tica y la integridad entre los servidores p\u00fablicos, conforme a las bases que establezca el Comit\u00e9; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s an\u00e1logas a las anteriores y que resulten necesarias para el cumplimiento de sus funciones. El Comit\u00e9, para el cumplimiento de sus funciones se apoyar\u00e1n de los recursos humanos, materiales y financieros con que cuenten la Administraci\u00f3n Municipal, por lo que su funcionamiento no implicar\u00e1 la erogaci\u00f3n de recursos adicionales.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 33.-<\/strong> El Comit\u00e9 celebrar\u00e1 por lo menos tres sesiones ordinarias conforme a lo aprobado en su Programa Anual de Trabajo. Los integrantes del Comit\u00e9 podr\u00e1n solicitar, por escrito y en cualquier momento al Presidente del Comit\u00e9, a trav\u00e9s de su Secretario Ejecutivo, que se convoque a sesiones extraordinarias para tratar asuntos que por su importancia as\u00ed lo requieran. Las sesiones podr\u00e1n ser presenciales o por medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 34.-<\/strong> Las convocatorias se enviar\u00e1n por el Presidente o por el Secretario Ejecutivo, con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de tres d\u00edas h\u00e1biles a la fecha de la sesi\u00f3n ordinaria que corresponda y dos d\u00edas h\u00e1biles a la fecha de la sesi\u00f3n extraordinaria correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El env\u00edo de las convocatorias y la documentaci\u00f3n relacionada con los puntos del Orden del D\u00eda, se podr\u00e1 hacer a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la convocatoria se har\u00e1 constar el lugar, fecha y hora de la reuni\u00f3n, as\u00ed como el Orden del D\u00eda de la misma o, cuando menos, una referencia sucinta de los asuntos que vayan a ser tratados por el Comit\u00e9.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 35.-<\/strong> El Orden del D\u00eda de las sesiones ordinarias, contendr\u00e1 entre otros apartados, el de seguimiento de acuerdos adoptados en sesiones anteriores y el de asuntos generales, en este \u00faltimo s\u00f3lo podr\u00e1n incluirse temas de car\u00e1cter informativo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Orden del D\u00eda de las sesiones extraordinarias comprender\u00e1 asuntos espec\u00edficos y no incluir\u00e1 seguimiento de acuerdos ni asuntos generales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Orden del D\u00eda que corresponda a cada sesi\u00f3n ser\u00e1 elaborado por el Presidente, los miembros del Comit\u00e9 podr\u00e1n solicitar la incorporaci\u00f3n de asuntos en el mismo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 36.-<\/strong> Cualquier funcionario p\u00fablico de la Administraci\u00f3n Municipal asistir\u00e1n a las sesiones del Comit\u00e9 en calidad de asesores cuando \u00e9ste as\u00ed lo acuerde, contar\u00e1n s\u00f3lo con voz durante su intervenci\u00f3n o para el desahogo de los asuntos del Orden del D\u00eda para los que fueron convocados y se les proporcionar\u00e1 previamente la documentaci\u00f3n soporte necesaria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 informar\u00e1 al representante del \u00d3rgano Interno de Control de la dependencia o entidad sobre cada una de las sesiones y de los asuntos a tratar, para que \u00e9ste determine cu\u00e1les de ellas presenciar\u00e1 a\u00fan sin ser invitado, y de ser necesario, para que solicite la documentaci\u00f3n soporte correspondiente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 37.-<\/strong> Cuando el Presidente as\u00ed lo autorice, podr\u00e1n asistir a las sesiones del Comit\u00e9 como invitados con voz, pero sin voto, cualquier persona que pueda coadyuvar al cumplimiento de sus objetivos y \u00fanica y exclusivamente para el desahogo de los puntos del Orden del D\u00eda para los cuales fueron invitados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cualquier asunto en el que los invitados tuvieren o conocieren de un posible conflicto de inter\u00e9s, personal o de alguno de los dem\u00e1s miembros del Comit\u00e9, deber\u00e1 manifestarlo y el que tuviere el conflicto, deber\u00e1 abstenerse de toda intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 38.-<\/strong> Excepcionalmente, si se produjese alg\u00fan hecho que alterarse de forma sustancial el buen orden de la sesi\u00f3n, o se diera otra circunstancia extraordinaria que impida su normal desarrollo, el Presidente podr\u00e1 acordar la suspensi\u00f3n de \u00e9sta durante el tiempo que sea necesario para restablecer las condiciones que permitan su continuaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 39.-<\/strong> El Comit\u00e9 quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituido cuando asistan a la sesi\u00f3n, como m\u00ednimo, la mitad m\u00e1s uno de sus miembros en funciones, entre los cuales se encuentre presente el Presidente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De no existir el qu\u00f3rum correspondiente, la sesi\u00f3n se efectuar\u00e1 al d\u00eda siguiente, con la presencia de cuando menos tres de sus integrantes, entre ellos el Presidente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 40.-<\/strong> Durante las sesiones ordinarias, el Comit\u00e9 deliberar\u00e1 sobre las cuestiones contenidas en el orden del d\u00eda y \u00e9ste comprender\u00e1 asuntos generales. Durante las sesiones extraordinarias, no habr\u00e1 asuntos generales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En las sesiones se tratar\u00e1n los asuntos en el orden siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Verificaci\u00f3n del qu\u00f3rum por el Secretario Ejecutivo;<\/li>\n<li>Consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n, en su caso, del Orden del D\u00eda;<\/li>\n<li>Lectura y aprobaci\u00f3n, en su caso, del Acta de la sesi\u00f3n anterior; y<\/li>\n<li>Discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n, en su caso, de los asuntos comprendidos en el Orden del D\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los asuntos debatidos y los acuerdos adoptados por el Comit\u00e9 se har\u00e1n constar en Acta misma que ser\u00e1 levantada por el Secretario Ejecutivo, as\u00ed como el hecho de que alg\u00fan integrante se haya abstenido de participar en alg\u00fan asunto, por encontrarse en conflicto de inter\u00e9s o estar en contra del mismo y se turnar\u00e1 la informaci\u00f3n correspondiente a cada miembro del Comit\u00e9.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 dar\u00e1 seguimiento puntual en cada sesi\u00f3n a todos los compromisos y acuerdos contra\u00eddos en sesiones anteriores.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 41.-<\/strong> Se contar\u00e1 un voto por cada uno de los miembros del Comit\u00e9, los acuerdos y decisiones se tomar\u00e1n por el voto mayoritario de sus miembros presentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los miembros del Comit\u00e9 que discrepen del parecer mayoritario podr\u00e1n solicitar que figure en el Acta, el testimonio razonado de su opini\u00f3n divergente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de empate, el Presidente del Comit\u00e9 tendr\u00e1 voto de calidad.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO DECIMO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO EJECUTIVO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 42.-<\/strong> Durante las sesiones ordinarias y extraordinarias, el Presidente ser\u00e1 auxiliado en sus trabajos por el Secretario Ejecutivo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 43.-<\/strong> Corresponder\u00e1 al Presidente:<\/p>\n<ol>\n<li>Establecer los procedimientos para la recepci\u00f3n de propuestas y la subsecuente elecci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos que, en su calidad de miembros integrar\u00e1n el Comit\u00e9, para lo cual deber\u00e1 considerar lo se\u00f1alado en el Presente C\u00f3digo;<\/li>\n<li>Convocar a sesi\u00f3n ordinaria, por conducto del Secretario Ejecutivo;<\/li>\n<li>Dirigir y moderar los debates durante las sesiones;<\/li>\n<li>Autorizar la presencia de invitados en la sesi\u00f3n para el desahogo de asuntos;<\/li>\n<li>Consultar si los asuntos de la Orden del D\u00eda est\u00e1n suficientemente discutidos y, en su caso, proceder a pedir la votaci\u00f3n; y<\/li>\n<li>En general, ejercer las acciones necesarias para el mejor desarrollo de las sesiones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Presidente podr\u00e1 convocar a sesi\u00f3n extraordinaria cuando haya asuntos que por su importancia lo ameriten o a petici\u00f3n de por lo menos tres de los miembros del Comit\u00e9.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 44.-<\/strong> El Secretario Ejecutivo tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Elaborar la Orden del D\u00eda de los asuntos que ser\u00e1n tratados en la sesi\u00f3n;<\/li>\n<li>Enviar, con oportunidad, a los miembros del Comit\u00e9, la Convocatoria y el Orden del D\u00eda de cada sesi\u00f3n, anexando copia de los documentos que deban conocer en la sesi\u00f3n respectiva;<\/li>\n<li>Verificar el qu\u00f3rum;<\/li>\n<li>Presentar para aprobaci\u00f3n del Comit\u00e9, la Orden del D\u00eda de la sesi\u00f3n, procediendo, en su caso, a dar lectura al mismo;<\/li>\n<li>Someter a la aprobaci\u00f3n del Comit\u00e9 el Acta de la sesi\u00f3n anterior, procediendo, en su caso, a darle lectura;<\/li>\n<li>Contabilizar las votaciones;<\/li>\n<li>Auxiliar al Presidente durante el desarrollo de las sesiones;<\/li>\n<li>Elaborar y despachar los acuerdos que tome el Comit\u00e9;<\/li>\n<li>Levantar las Actas de las sesiones y consignarlas en el registro respectivo, que quedar\u00e1n bajo su resguardo;<\/li>\n<li>Dar seguimiento a los acuerdos tomados por el Comit\u00e9;<\/li>\n<li>Llevar el registro documental de las quejas y asuntos tratados en el Comit\u00e9;<\/li>\n<li>Difundir los acuerdos, observaciones y recomendaciones que establezca el Comit\u00e9, atender las solicitudes de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, adoptar las medidas de seguridad, cuidado y protecci\u00f3n de datos personales; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que el Presidente le se\u00f1ale.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 45.-<\/strong> Los Comit\u00e9s, a trav\u00e9s de su Secretario Ejecutivo, se sujetar\u00e1n a la sistematizaci\u00f3n de los registros, seguimiento, control y reporte de informaci\u00f3n que en su caso requiera la Unidad.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO DECIMO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DEL COMIT\u00c9<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 46.-<\/strong> Los miembros del Comit\u00e9 deber\u00e1n:<\/p>\n<ol>\n<li>Cumplir y promover el cumplimiento del presente C\u00f3digo;<\/li>\n<li>Dedicar el tiempo y esfuerzos necesarios para dar seguimiento a los asuntos que sean sometidos a su consideraci\u00f3n, recabar la informaci\u00f3n necesaria y solicitar la colaboraci\u00f3n y apoyo que consideren oportunos;<\/li>\n<li>Cuidar que las actividades del Comit\u00e9 se realicen con apego a la normatividad aplicable;<\/li>\n<li>Participar activamente en el Comit\u00e9 y cumplir con comisiones que se les designe, a fin de que su criterio contribuya a la mejor toma de decisiones;<\/li>\n<li>Hacer uso responsable de la informaci\u00f3n a la que tengan acceso;<\/li>\n<li>En cualquier asunto en el que tuviere o conociere de un posible conflicto de inter\u00e9s, personal o de alguno de los dem\u00e1s miembros del Comit\u00e9, deber\u00e1 manifestarlo por escrito, y el que tuviere el conflicto, deber\u00e1 abstenerse de toda intervenci\u00f3n; y<\/li>\n<li>Capacitarse en los temas propuestos por el Comit\u00e9 o de car\u00e1cter institucional.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que los miembros incumplan las obligaciones se\u00f1aladas en el presente C\u00f3digo, podr\u00e1n ser sujetos de responsabilidad administrativa.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO DECIMO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DENUNCIAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 47.-<\/strong> Cualquier persona que conozca de posibles incumplimientos al presente C\u00f3digo podr\u00e1 acudir ante el Comit\u00e9 para presentar una denuncia, acompa\u00f1ado del testimonio de un tercero.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 48.-<\/strong> El Comit\u00e9 podr\u00e1 establecer medios electr\u00f3nicos para la presentaci\u00f3n de denuncias y admitir la presentaci\u00f3n de \u00e9stas de manera an\u00f3nima, siempre que se identifique de la narrativa al menos a una persona que le consten los hechos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 49.-<\/strong> El Comit\u00e9 mantendr\u00e1 estricta confidencialidad del nombre y dem\u00e1s datos de la persona que presente una denuncia y de los terceros a los que les consten los hechos, a no ser que tengan el car\u00e1cter de servidores p\u00fablicos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 50.-<\/strong> Una vez recibida una denuncia, el Secretario Ejecutivo le asignar\u00e1 un n\u00famero de expediente y verificar\u00e1 que contenga el nombre y el domicilio o direcci\u00f3n electr\u00f3nica para recibir informes, un breve relato de los hechos, los datos del servidor p\u00fablico involucrado y en su caso, los medios probatorios de la conducta, entre \u00e9stos, los de al menos un tercero que haya conocido de los hechos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 51.-<\/strong> El Secretario Ejecutivo solicitar\u00e1 por \u00fanica vez que la denuncia cumpla con los elementos previstos para hacerla del conocimiento del Comit\u00e9 y de no contar con ellos archivar\u00e1 el expediente como concluido.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 52.-<\/strong> La informaci\u00f3n contenida en la denuncia podr\u00e1 ser considerada como un antecedente para el Comit\u00e9 cuando \u00e9sta involucre reiteradamente a un servidor p\u00fablico en particular.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 53.-<\/strong> La documentaci\u00f3n de la denuncia se turnar\u00e1 por el Secretario Ejecutivo a los miembros del Comit\u00e9 para efecto de su calificaci\u00f3n, que puede ser: probable incumplimiento al C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta; o de no competencia para conocer de la denuncia.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 54.-<\/strong> En caso de no competencia del Comit\u00e9 para conocer de la denuncia, el Presidente deber\u00e1 orientar a la persona para que la presente ante la instancia correspondiente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 55.-<\/strong> De considerar el Comit\u00e9 que existe probable incumplimiento al C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, entrevistar\u00e1 al servidor p\u00fablico involucrado y de estimarlo necesario, para allegarse de mayores elementos, a los testigos y a la persona que present\u00f3 la denuncia. Para esta tarea, el Comit\u00e9 podr\u00e1 conformar una comisi\u00f3n, con al menos tres de los miembros temporales, para que realicen las entrevistas, debiendo estos dejar constancia escrita.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 56.-<\/strong> La circunstancia de presentar una denuncia no otorga a la persona que la promueve el derecho de exigir una determinada actuaci\u00f3n del Comit\u00e9. Los servidores p\u00fablicos de la dependencia o entidad deber\u00e1n apoyar a los miembros del Comit\u00e9 y proporcionarles las documentales e informes que requieran para llevar a cabo sus funciones.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 57.-<\/strong>. El Presidente del Comit\u00e9 determinar\u00e1 medidas preventivas, si las circunstancias del caso lo ameritan, cuando el hecho narrado en la denuncia describa conductas en las que supuestamente se hostigue, agreda, amedrente, acose, intimide o amenace a una persona, sin que ello signifique tener como ciertos los hechos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cuando los hechos narrados en una denuncia afecten \u00fanicamente a la persona que la present\u00f3, y considerando la naturaleza de los mismos, los miembros del Comit\u00e9 comisionados para su atenci\u00f3n, podr\u00e1n intentar una conciliaci\u00f3n entre las partes involucradas, siempre con el inter\u00e9s de respetar los principios y valores contenidos en el presente C\u00f3digo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 58.-<\/strong> Los miembros del Comit\u00e9 comisionados para atender una denuncia presentar\u00e1n sus conclusiones y si \u00e9stas consideran un incumplimiento al C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, el Comit\u00e9 determinar\u00e1 sus observaciones y en su caso, recomendaciones. De estimar una probable responsabilidad administrativa, dar\u00e1 vista al \u00d3rgano Interno de Control.<\/p>\n<p>La atenci\u00f3n de la denuncia deber\u00e1 concluirse por el Comit\u00e9 dentro de un plazo m\u00e1ximo de tres meses contados a partir de que se califique como probable incumplimiento.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO DECIMO CUARTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DIVULGACI\u00d3N Y TRANSPARENCIA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 59.-<\/strong> El Presidente deber\u00e1n adoptar las medidas necesarias para asegurar la difusi\u00f3n y comunicaci\u00f3n de las actividades, objetivos y resultados del Comit\u00e9 y el presente C\u00f3digo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 difundir\u00e1 el nombre de sus integrantes, las Actas de sesi\u00f3n y las recomendaciones que, en su caso, emita.<\/p>\n<p><strong>CAPITULO DECIMO QUINTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS SANCIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 60.- <\/strong>Todo servidor p\u00fablico que contravenga lo dispuesto en este C\u00f3digo, incurrir\u00e1 en responsabilidad administrativa y ser\u00e1 sujeto de sanci\u00f3n que ser\u00e1 impuesta por la autoridad competente de acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 61.-<\/strong> La transgresi\u00f3n de los deberes \u00e9ticos y prohibiciones impuestas por el presente C\u00f3digo que provoquen quejas o denuncias de alg\u00fan ciudadano, ser\u00e1n analizadas por el Comit\u00e9 de \u00c9tica y, cuando as\u00ed proceda, se remitir\u00e1n al \u00d3rgano de Control Interno quien determinara si existe o no responsabilidad y se aplicar\u00e1, por instrucci\u00f3n del superior jer\u00e1rquico, la sanci\u00f3n disciplinaria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Articulo 62.-<\/strong> Las sanciones a que se refiere el art\u00edculo anterior, se aplicar\u00e1n de acuerdo a lo que establece la Ley de Responsabilidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 63.-<\/strong> Toda persona que desempe\u00f1e un empleo, cargo, comisi\u00f3n o concesi\u00f3n de cualquier naturaleza en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal de Huichapan, Hidalgo, y violente los principios y valores aqu\u00ed contenidos, podr\u00e1 ser denunciada por los siguientes medios:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>V\u00eda telef\u00f3nica al 01(761) 782-1748;<\/li>\n<li>A trav\u00e9s del portal institucional; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Buz\u00f3n institucional por escrito al \u00d3rgano de Control Interno<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los hechos que, a su juicio, sean causan de omisi\u00f3n al cumplimiento del presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. &#8211;<\/strong> El presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial de Gobierno del Estado de Hidalgo;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. &#8211;<\/strong> Las omisiones o violaciones a cualquiera de las disposiciones contenidas el presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, deber\u00e1n ser remitidas a la autoridad que corresponda para ejecuci\u00f3n de los efectos legales a que haya lugar;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TERCERO. &#8211;<\/strong> Se instruye al \u00d3rgano de Control Interno y\/o a la Secretar\u00eda de Administraci\u00f3n y Finanzas, realice las acciones administrativas necesarias a fin de que informe a todos los servidores p\u00fablicos municipales del contenido del presente C\u00f3digo;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUARTO. &#8211;<\/strong> Una vez publicado el presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta, se contar\u00e1 con sesenta d\u00edas naturales para la integraci\u00f3n del Comit\u00e9 de \u00c9tica al que se hace referencia en el mismo; y<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUINTO-<\/strong> Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarqu\u00eda que se opongan al presente C\u00f3digo de \u00c9tica y Conducta.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DADO EN EL SAL\u00d3N DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL DE HUICHAPAN, ESTADO DE HIDALGO, A LOS 02 DOS D\u00cdAS DEL MES DE JULIO DEL A\u00d1O 2019 DOS MIL DIECINUEVE.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>POR LO ANTERIOR, ES DE ORDENARSE Y SE ORDENA SE PUBLIQUE EL PRESENTE REGLAMENTO, POR LO QUE SE TURNA AL EJECUTIVO PARA SU SANCI\u00d3N, PUBLICACI\u00d3N Y DEBIDO CUMPLIMIENTO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>HONORABLE AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE HUICHAPAN, HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>2016 \u2013 2020<\/strong><\/p>\n<table width=\"596\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>_______________________________<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>LIC. ANA LILIA PIMIENTA CHAVEZ<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTA DE LA COMISI\u00d3N DE HACIENDA MUNICIPAL<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>LIC. GERARDO JAVIER MONTES DE OCA RODR\u00cdGUEZ<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE SEGURIDAD PUBLICA, TRANSITO Y VIALIDAD<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>_______________________________<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>LIC. JUAN PABLO N\u00da\u00d1EZ SALINAS<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE DERECHOS HUMANOS<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>LIC. CLARA LIANETHE ROSALES ORTIZ<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTA DE LA COMISI\u00d3N DE GOBERNACI\u00d3N, BANDOS, REGLAMENTOS Y CIRCULARES<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>_______________________________<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>ING. ALBERTO ROJAS PACHECO<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N ASENTAMIENTOS HUMANOS DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>LIC. TOMASA L\u00d3PEZ MEJ\u00cdA<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTA DE LA COMISI\u00d3N DE SALUD Y SANIDAD<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>_______________________________<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>LIC. FELICITAS MU\u00d1OZ ROJO<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTA DE LA COMISI\u00d3N DE EDUCACI\u00d3N Y CULTURA<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>LIC. FERNANDO SUAREZ G\u00d3MEZ<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE NI\u00d1EZ, JUVENTUD Y DEPORTE<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>_______________________________<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>C. V\u00cdCTOR JES\u00daS CAMACHO CAMACHO<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE PROTECCI\u00d3N CIVIL<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>C. JOS\u00c9 LUIS HERNANDEZ MEJ\u00cdA<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE COMERCIO Y ABASTO<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>_______________________________<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>LIC. OSMAR DAVID VILLEDA CAMACHO<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE IGUALDAD Y GENERO<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>TSUT. OSCAR ARTURO CURIEL GARC\u00cdA<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N DE MEDIO AMBIENTE<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>________________________________<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>LIC. JAIME JIMENEZ URIBE<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE DE LA COMISI\u00d3N ESPECIAL DE DESARROLLO ECON\u00d3MICO<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<td width=\"283\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En uso de las facultades que me confieren el art\u00edculo 144 fracciones I y III de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Hidalgo; y los art\u00edculos 61, 190 y 191 de la Ley Org\u00e1nica Municipal del Estado de Hidalgo; tengo a bien sancionar el presente Decreto, por lo tanto, mando se imprima, publique y circule para su exacta observancia y debido cumplimiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table width=\"312\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"293\"><strong>LIC. HUMBERTO A. LUGO GUERRERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/td>\n<td width=\"19\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con fundamento y en uso de las facultades que me son conferidas por lo dispuesto en la fracci\u00f3n V del art\u00edculo 98 de la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de Hidalgo, tengo a bien REFRENDAR la presente Sanci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table width=\"302\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"302\"><strong>SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"302\"><strong>LIC. ROGELIO HERN\u00c1NDEZ RAM\u00cdREZ<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<hr \/>\n<p><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-0-del-21-de-octubre-de-2019\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 0 del 21 de octubre de 2019<\/a><\/p>\n<p><span data-sheets-value=\"{&quot;1&quot;:2,&quot;2&quot;:&quot;Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 30 de septiembre de 2019nnEdici\u00f3n: Alcance 1nN\u00famero: 39nP\u00e1ginas: 44nC\u00f3digo de b\u00fasqueda: 2019_sep_30_alc1_39nnContenido: nnnnEsto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.&quot;}\" 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