Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 23 de septiembre de 2020
Edición: Alcance 0
Número: 38
Páginas: 30
Contenido:
Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo. – Código de Ética, Codigo de Conducta y Reglas de Integridad de los Servidores Públicos.
CÓDIGO DE ÉTICA, CODIGO DE CONDUCTA Y REGLAS DE INTEGRIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO.
INDICE
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CONCEPTO:
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INTRODUCCIÓN.
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CONSIDERACIONES GENERALES.
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GLOSARIO
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CULTURA INSTITUCIONAL
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CODIGOS:
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CODIGO DE ETICA……………………………………………. | |
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CODIGO DE CONDUCTA…………………………………….. | |
REGLAS DE INTEGRIDAD….……………………………….. | ||
CONTENIDO:
- Introducción.
- Consideraciones generales y glosario
III. Cultura Institucional.
- Código de Ética.
- Código de Conducta.
- Reglas de Integridad.
Con fundamento en lo previsto en el ACUERDO donde se dan conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 12 de octubre de 2018 por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, además de los artículos 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracciones I, VII y VIII; 5, segundo párrafo; 6, 8, 9, fracciones VII y IX, 35, fracción II de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como en el artículo 202 Quáter, fracción I, inciso a y b, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo, y con el objeto de propiciar la integridad de los servidores públicos adscritos a esta Congreso e implementan acciones permanentes que favorezcan el comportamiento ético de todos, se elaboró el siguiente Código de Ética, Código de Conducta y Reglas de Integridad de los Servidores Públicos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.
I. INTRODUCCIÓN
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El cumplimiento de los objetivos y metas de una Institución, se logra con la integración de sus miembros y su aportación a un fin colectivo. Además de que la actuación de cada uno de los servidores públicos, debe ser bajo los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito, como los principios que rigen al servicio público basados con los artículos 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
Como es sabido, el comportamiento de los integrantes de este Congreso se rige por normas escritas. En otros casos, por descuido o desidia, las reglas ya establecidas no son acatadas.
La falta de reglas claras representa una invitación a la interpretación discrecional de los intereses y valores del Congreso, limitando su capacidad para alcanzar sus objetivos.
El logro de nuestros objetivos es fundamental para distinguirnos como servidores públicos capaces de dar ejemplo, al reflejar nuestros valores en nuestras actividades y en nuestra relación con los demás.
Además del Código de Ética, el de Conducta es el instrumento que nos facilitará la aplicación de estas prácticas, en él se incluyen nuestras aspiraciones y el deseo a mantener a nuestra Institución como un Organismo exitoso, que cumpla con sus objetivos de manera eficiente, que ofrezca un espacio apropiado de trabajo y que reafirme y conserve la confianza de la población y de sus usuarios en la calidad de la atención y de los servicios que le requieran. Adema de dar cabal cumplimiento a los ordenamientos que establece el Sistema Nacional Anticorrupción.
Este documento es el esfuerzo de la Contraloría Interna conforme a sus atribuciones, que además es perfectible, pudiéndolo enriquecer con las aportaciones y comentarios, por lo que se apega a las sugerencias e ideas de todos los que pudieran participar en el proceso de elaboración y de revisión futura. Teniéndose como antecedente, el que le precede con fecha 27 de marzo de 2018, y que da origen a su evolución y mejoras a partir del presente.
- CONSIDERACIONES GENERALES
II.1 Se emite el Código de Ética, el Código de Conducta y las Reglas de integridad del Congreso, con el propósito de orientar el desempeño de los servidores públicos para que en su actuación impere una conducta digna que favorezca el comportamiento ético y propicie la integridad, que responda a las necesidades de la sociedad.
II.2 El Código de Ética, el Código de Conducta y las Reglas de integridad regirán la conducta de los servidores públicos adscritos al Congreso.
II.3 El Código de Conducta, deriva de los fundamentos y principios normativos y valorativos del Código de Ética, por tal motivo el presente cuerpo normativo es de observancia obligatoria y aplicación general para todos los servidores públicos del Congreso.
II.4 El lenguaje empleado en el presente documento no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre mujeres y hombres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan ambos sexos.
GLOSARIO DE TERMINOS
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Para efectos del presente documento se entenderá por:
a). Congreso: El Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.
b). Contraloría: La Contraloría Interna del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.
c). Código de Ética: La descripción del conjunto de valores y principios que guían la operación en el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.
d). Código de Conducta: Es la guía para los servidores públicos en las acciones cotidianas que realizan, basadas en los principios y valores éticos que ayudan a desenvolvernos en nuestro entorno laboral, estableciendo un compromiso profesional y que se refleja ante la sociedad, cómo realizamos nuestro trabajo para atender las necesidades de la misma, siguiendo los criterios que son intrínsecos a la persona, orientados al servicio público.
e). Compañero: Persona que comparte con otra u otras la estancia en un lugar, los estudios, un trabajo o la práctica de un deporte u otra actividad, comprende a las compañeras y los compañeros de trabajo del Congreso.
f). Conflicto de interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
g). Igualdad entre mujeres y hombres: Implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.
h). Igualdad laboral: Principio que reconoce las mismas oportunidades y derechos para mujeres y hombres, así como el mismo trato, en el ámbito laboral, independientemente del origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales entre otros motivos.
i). Igualdad sustantiva: Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
j). Principios rectores: Los principios que los servidores públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión.
k). Queja: Es la expresión de hechos probablemente irregulares de quien resiente o dice resentir una afectación en sus derechos, atribuidos a servidores públicos en ejercicio de sus funciones, o en contra de personas que manejen o apliquen recursos públicos, que se hacen del conocimiento de la autoridad competente para investigarlos.
l). Reglas de Integridad. Son patrones y guías de conducta óptimos en diversos ámbitos de la administración, que reflejan el adecuado comportamiento ético y dan certeza de la orientación de los servidores públicos.
m). Servidor público: Persona que desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza y presta sus servicios, comprende a las y los servidores públicos adscritos al Congreso.
III. CULTURA INSTITUCIONAL
El Código de Ética y de Conducta detallan un conjunto de compromisos que hoy hacemos ante nuestros compañeros y ante la sociedad, inspirados en la visión y misión del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, incorporando las Reglas de Integridad en base a las cuales todo servidor público, se debe conducir, a fin de impulsar la mejora de la calidad e integridad de la gestión pública; en el afán de que sea instrumentos que nos sirvan como guía, herramienta de prevención y combate a las prácticas de corrupción e impunidad.
III.1 MISIÓN:
Establecer políticas públicas que privilegien la atención para el desarrollo Institucional de las actividades legislativas y la generación de conductas de atención a la ciudadanía en un marco de integración, así como promover un manejo eficaz, honesto y profesional de los recursos públicos de la Cuenta Pública que se realice de conformidad con lo que establece la Ley a efecto de coadyuvar a la consolidación de la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas como medios indispensables para un ejercicio democrático del poder.
III.2 VISIÓN:
Alcanzar un desarrollo sustentable y lograr la participación de la sociedad en el seguimiento a toda normatividad y en el ejercicio de una educación legislativa. Impulsar el trabajo legislativo con ética profesional, el cual sea reconocido por su calidad y capacidad de respuesta y de gestión a las demandas de legisladores y de la población en general, en beneficio del fortalecimiento de la fiscalización y del uso adecuado de los recursos públicos y su transparencia.
III.3 POLÍTICAS DE CALIDAD
Garantizar a nuestros usuarios la calidad en los servicios en materia legislativa, dentro de un sistema de calidad y mejora continua que fomente el desarrollo capacitación en el servicio público y la cultura legislativa en el Estado, con el marco normativo vigente.
- CÓDIGO DE ÉTICA
DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CONGRESO.
IV.1 DEL ALCANCE Y OBJETO DEL CÓDIGO DE ÉTICA
El Código de Ética es de observancia obligatoria y aplicación general para todo el personal adscrito al Congreso, es preciso citar los principios y valores que el mismo debe atender en el desempeño del empleo, cargo o comisión que tenga conferido.
Se emite el Código de Ética de Congreso, con el propósito de orientar el desempeño de las y los servidores públicos para que en su actuación impere una conducta digna que favorezca el comportamiento ético y propicie la integridad, que responda a las necesidades de la sociedad.
IV.2 DE LOS PRINCIPIOS
Los principios constitucionales que todo servidor y servidora pública deben observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función: de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito.
Los principios rectores que toda y todo servidor público adscrito al Congreso, debe anteponer en el desempeño, empleo, cargo o comisión son los siguientes:
DISCIPLINA: Las personas servidoras públicas desempeñarán su empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio o bienes ofrecidos. Por lo que actuamos con observancia y estricto cumplimiento a las distintas normas administrativas que rigen en el ejercicio de nuestras funciones.
LEGALIDAD: Realizamos las funciones con estricto apego a la normatividad vigente. Las personas servidoras públicas hacen solo aquello que las normas expresamente le confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.
OBJETIVIDAD: Las personas servidoras públicas deberán preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deberán de ser informadas en estricto apego a la legalidad. Realizamos las funciones que nos fueron asignadas de manera objetiva, sin que se involucre nuestro modo de pensar o de sentir, alejándonos de cualquier prejuicio o aprehensión.
PROFESIONALISMO: Las personas servidoras públicas deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a las y los particulares con los que llegare a tratar. No nos basta con contar con profesionistas en nuestro equipo de trabajo, buscamos a través de la capacitación y el aprendizaje que se distingan por ser mejores día con día.
HONRADEZ: Las personas servidoras públicas se conducen con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio. La integridad y rectitud en el accionar de cada miembro de este Congreso, son garantía de que el servicio que se presta, se apega al deber para el cual se nos ha llamado a colaborar.
LEALTAD: Correspondemos a la confianza que el Congreso nos ha conferido, mediante la constancia y solidaridad para con nuestra Institución, niveles superiores, compañeros y subordinados, buscando satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.
IMPARCIALIDAD: Las personas servidoras públicas dan a la ciudadanía, y a la población en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos que afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. No hay distingos en el trato que damos a las personas, todas tienen los mismos derechos delante de nosotros. El cargo, el nivel jerárquico, las relaciones y parentescos, no impiden que realicemos nuestro trabajo con objetividad.
INTEGRIDAD: Las personas servidoras públicas actúan siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión o función, convencidas en el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público y generen certeza plena de su conducta frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar.
RENDICIÓN DE CUENTAS: Las personas servidoras públicas asumen plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se sujetan a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía.
EFICACIA: Las personas servidoras públicas actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.
EFICIENCIA: Las personas servidoras públicas actúan en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimizan el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades para lograr los objetivos propuestos por el Congreso.
ECONOMÍA: Las personas servidoras públicas en el ejercicio del gasto público administrarán los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.
EQUIDAD: Las personas servidoras públicas procurarán que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.
TRANSPARENCIA: Las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus funciones privilegian el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan; y en el ámbito de su competencia, difunden de manera proactiva información oficial, como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve un Congreso abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia.
COMPETENCIA POR MÉRITO: Las personas servidoras públicas deberán ser seleccionados para sus puestos de acuerdo a su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidad, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos.
IV.3 CATALOGO DE VALORES
Los valores que todo servidor público adscrito al Congreso, debe anteponer en el desempeño, empleo, cargo o comisión que realice son:
a). COLABORACIÓN: Trabajar en equipo para alcanzar las metas establecidas, así como enfrentar los retos que se presenten, generando así, una plena vocación del servicio público en beneficio de la colectividad, y confianza de la sociedad en sus instituciones.
b). CONECTIVIDAD: Hacer un buen uso de las tecnologías de la información y comunicación a los que tengamos acceso en el Congreso, abriendo nuevos canales de interacción con la sociedad.
c). COOPERACIÓN: Las personas servidoras públicas colaboran entre sí y propician el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones.
d). ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO: Las personas servidoras públicas en el desarrollo de sus actividades evitan la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras.
e). EQUIDAD DE GENERO: Las personas servidoras públicas, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.
f). HONESTIDAD: Mantener en todo momento un comportamiento de manera justa y razonable, en el que se conduzca siempre con la verdad y ante la vista de la sociedad, por lo que no deberá utilizar su puesto para obtener algún beneficio personal o a favor de terceros.
g). IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN: Las personas servidoras públicas prestan sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.
h). INTERÉS PÚBLICO: Las personas servidoras públicas actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
i). LIDERAZGO: Las personas servidoras públicas son guía, ejemplo y promotoras del Código de Ética y las Reglas de Integridad; fomentan y aplican en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y la ley les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.
j). RESPETO: Las personas servidoras públicas se conducen con austeridad y sin ostentación, y otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros y compañeras de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.
k). RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS: Las personas servidoras públicas respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad con los Principios de: Universalidad que establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo; de Interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí; de Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables, y de Progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.
l). SERVICIO: Brindar una atención de excelencia, centrada en reconocer y satisfacer las necesidades y requerimiento de la sociedad.
m). SUSTENTABILIDAD: Actuar con la firme convicción de respetar, proteger y preservar el medio ambiente y el uso de energías alternativas, además de promover y fomentar la reutilización y el reciclaje.
- CÓDIGO DE CONDUCTA
DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CONGRESO.
El Código de Conducta, deriva de los fundamentos y principios normativos y valorativos del Código de Ética, por tal motivo, su observancia es obligatoria para todos los servidores públicos del Congreso.
Las conductas del servidor público en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función se realizarán a través de:
V.1 CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN DE LAS LEYES |
Compromiso como servidor público:
Es mi obligación conocer, respetar y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su propio Reglamento, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las demás Leyes generales y Estatales en materia de Corrupción y Transparencia, así como sus reglamentos y normatividad aplicables, incluyendo, los lineamientos internos del Poder Legislativo y el presente Código de Conducta. En aquellos casos en que no exista una norma específica reguladora, actuar con criterios de ética, objetividad, imparcialidad, transparencia, rendición de cuentas e integridad, atendiendo los valores inscritos en este Código.
Conducta a seguir:
- Conozco y aplico la Ley, las normas, reglamentos y manuales con las cuales se regulan mis actividades, mi cargo o puesto dentro del Congreso, sin buscar beneficio personal.
- Hago mi trabajo con estricto apego a la Ley y la normatividad, promoviendo que mis compañeros lo hagan de la misma manera.
- Desempeño mis labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiado.
- Asisto puntualmente a mis labores y registro mi asistencia en el sistema, sin realizar acciones inadecuadas o inapropiadas que afecten a mi persona y/o a las demás personas.
- Si soy personal de base, vigilo el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo y denuncio las violaciones a la misma ante mi superior jerárquico, ante la Contraloría o ante las autoridades competentes.
- Indico claramente mi adscripción al Congreso, en cualquier publicación académica y/o desarrollo e innovación tecnológica que realice.
- Participó activamente en los programas del Congreso.
- Por renuncia o separación del Congreso, ejecutaré mi acta de entrega recepción en la cual entrego los expedientes, documentos, fondos, valores o bienes cuya atención, administración o guarda, estén a mi cuidado de acuerdo a las disposiciones aplicables.
V.2 CARGO PÚBLICO |
Compromiso como servidor público:
Es mi obligación abstenerme de utilizar mi cargo para obtener beneficios personales, de tipo económico, privilegios de cualquier tipo. Reconozco que parte del compromiso con este Congreso y con la sociedad en general, es no recurrir a mi cargo para beneficio personal, ni para beneficiar o perjudicar a terceros y así demeriten la imagen y la confianza de la sociedad en el Congreso, en los Órganos Técnicos y Administrativos, de la propia área donde laboro y de mis compañeros.
Por ello es mi deber desempeñar mi empleo, cargo, comisión o función, con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público.
Conducta a seguir:
- Oriento mi trabajo a la búsqueda de la misión del Congreso.
- Respeto los horarios de inicio y fin de labores.
- Actúo siempre con transparencia, entendiendo esta última como un pacto de honestidad y honradez que realizan los servidores públicos y los ciudadanos.
- Evito utilizar el gafete de identificación personal y/o credencial del Congreso y la papelería oficial, para beneficio personal o bien, para beneficiar o perjudicar indebidamente a terceros.
- Me abstengo de solicitar personalmente o a través de otra persona dinero, regalos o cualquier otra compensación, para agilizar un trámite, asignar un contrato o dar información.
- Me abstengo de aceptar que se me ofrezcan privilegios o descuentos en bienes y servicios como gratificación a mi cargo público.
- No influyo en las decisiones de otros servidores públicos, con el propósito de lograr un provecho o ventaja personal, familiar o para terceros.
V.3 USO CORRECTO DE LOS BIENES DEL CONGRESO |
Compromiso como servidor público:
Reconozco y utilizo los bienes, instalaciones y recursos financieros del Congreso únicamente para cumplir con su misión, pues soy consciente de que todos los recursos acreditados como propiedad del Congreso, o de cualquier otra institución con la que se labore en colaboración, deben aprovecharse bajo criterios de optimización, racionalidad, austeridad y ahorro.
Conducta a seguir:
- Hago una asignación transparente, justa e imparcial de los recursos materiales y financieros, para realizar de manera eficiente mi trabajo bajo principios de racionalidad y ahorro.
- Utilizo con moderación los servicios de telefonía y correo electrónico cuando se trate de asuntos personales.
- Realizo la comprobación de los recursos financieros que me sean proporcionados, ya sea para cumplir una comisión oficial o para realizar alguna adquisición de conformidad con la normatividad correspondiente.
- Uso durante las labores que lo requieran, los uniformes, prendas de vestir que para este efecto me proporcione el Congreso.
- Doy uso adecuado de los vehículos oficiales para las actividades propias del Congreso.
- Me abstengo de instalar en las computadoras del Congreso, programas sin licencia o que tengan una finalidad distinta a las responsabilidades laborales.
- Me abstengo de usar el servicio de Internet para revisar páginas o sitios que sean inapropiados, tales como los pornográficos, o para beneficiarme económicamente por una actividad distinta a mi trabajo.
- Me abstengo de retirar de las oficinas los bienes que se me proporcionan o bajo mi resguardo para el desempeño de mis tareas (computadoras, impresoras, teléfonos, lápices, cuadernos, etc.), a excepción de casos de cumplimiento extraordinario fuera del Congreso.
- Me abstengo de copiar electrónicamente los programas de computación para utilizarlos con fines privados.
- Me abstengo de sustraer o plagiar los servicios contratados por el Congreso para fines personales.
V.4 RESPONSABILIDAD EN EL USO DE LA INFORMACIÓN |
Compromiso como servidor público:
Ofreceré a la sociedad los mecanismos adecuados para el acceso libre y transparente de la información que genera el Congreso, siempre que ésta no se encuentre reservada por razones legales, o bien, por respeto a la privacidad de terceros.
Me conduciré conforme al principio de transparencia y resguardaré la documentación e información Administrativa y Legislativa que tenga bajo mi custodia con motivo de la realización de mis labores.
Conducta a seguir:
- Proporciono información a la sociedad de manera equitativa, sin criterios discrecionales, excepto cuando se justifique la confidencialidad y utilizando los conductos autorizados para ello.
- Manejo con cuidado y dedicación en la elaboración, preparación y resguardo de la información interna.
- Cuido la información a mi cargo, impidiendo o evitando la sustracción, la destrucción, el ocultamiento o utilización indebida de la misma.
- Evito alterar y ocultar los registros y demás información interna del Congreso con el fin de obtener beneficios económicos o de cualquier índole (viáticos, compras, etc.) o que perjudique las funciones y estrategias del Congreso, o con el fin de favorecer o perjudicar indebidamente a un tercero.
- Me abstengo de dar a conocer información del Congreso, sobre la que no se tiene un conocimiento completo o sin confirmar que se encuentre apegada a la verdad, o sin previa autorización de mis superiores en su caso.
V.5 IMPARCIALIDAD EN INTERESES |
Compromiso como servidor público.
Evitaré encontrarme en situaciones en las que mis intereses personales puedan entrar en conflicto con los intereses del Congreso o de terceros. Cualquier situación en la que existe la posibilidad de obtener un beneficio económico o de cualquier tipo que sea ajeno a lo que me corresponde por mi cargo, puesto o comisión, representa potencialmente un conflicto de intereses.
Conducta a seguir:
- Actúo con honradez y con apego a la Ley y a las normas en las relaciones con los proveedores y contratistas del Congreso, sobre todo si me desempeño en áreas propias de Licitaciones.
- Me involucro solo en situaciones que no representen un conflicto entre mis intereses personales y los intereses del Congreso.
- No debo establecer relaciones de negocios con el Congreso sin la autorización correspondiente y con aviso previo a la Contraloría Interna.
V.6 DESICIONES APEGADAS A LA LEY |
Compromiso como servidor público.
Todas las decisiones que tome como servidor público, sin importar mi cargo, puesto o comisión deben estar apegadas a la Ley y a los valores contenidos en este Código de Conducta.
Si participo en contrataciones públicas, autorizaciones y registros, me conduciré con transparencia, imparcialidad y legalidad; orientando mis decisiones en base a las necesidades e intereses de la sociedad y del Congreso; en el afán de que mis decisiones garanticen las mejores condiciones para este.
Conducta a seguir:
- Actúo siempre conforme a criterios de justicia y equidad cuando tome una decisión, sin hacer distinción de ningún tipo por motivos personales.
- En las situaciones en que se tenga que elegir entre varias opciones, opto por la más apegada a la justicia, a la equidad y al bien común.
- Propicio y promuevo la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, sin considerar género, raza, religión, modo de vestir, etc.
- Evito conceder preferencias o privilegios a favor de persona alguna.
- Tomo las decisiones que son necesarias, según mis responsabilidades.
V.7 RELACION CON MI ENTORNO Y LUGAR DE TRABAJO |
Compromiso como servidor público:
Debo conducirme con dignidad y respeto hacia mi persona y hacia todos mis compañeros de trabajo, promoviendo el trato amable y cordial con independencia de género, capacidades especiales, edad, religión, lugar de nacimiento o nivel jerárquico, así como desarrollar acciones de protección al medio ambiente y ofrecer a la sociedad un trato imparcial, íntegro, amable, ecuánime, cordial y equitativo, orientado siempre a ayudar a todas las personas, con espíritu de servicio.
Conducta a seguir:
- Ofrezco a mis compañeros de trabajo un trato basado en el respeto mutuo, en la cortesía y la equidad, sin importar la jerarquía, evitando conductas y actitudes ofensivas, lenguaje inapropiado, prepotente o abusivo.
- Reconozco los méritos obtenidos por mis colaboradores y compañeros, evitando apropiarme de sus ideas o iniciativas.
- Me abstengo de hacer uso indebido de una posición de jerarquía para faltar al respeto, hostigar, amenazar y acosar, o bien, ofrecer un trato preferencial injustificado a mis colaboradores y compañeros.
- Me mantengo ajeno de incurrir en actos de vandalismo en contra de las pertenencias propiedad de los compañeros de trabajo.
- Mantengo mi lugar de trabajo limpio y seguro.
- Utilizo racionalmente agua, papel y energía eléctrica.
- Soy congruente en mi conducta diaria con los principios y valores que establece el Código de Conducta.
- Atiendo y oriento con eficiencia, cortesía y espíritu de servicio a los ciudadanos en sus requerimientos, trámites y necesidades de información, eliminando toda actitud de prepotencia e insensibilidad.
V.8 ENLACE INTERINSTITUCIONAL |
Compromiso como servidor público.
Ofreceré a los servidores públicos de cualquier dependencia o instancia del Gobierno Municipal, Estatal y Federal, y/o de cualquier ente u organismo, así como a proveedores, clientes y la sociedad en general, el apoyo, la atención, la información, la colaboración y el servicio que requieran, de manera generosa, cordial y amable, en un ambiente de colaboración y de respeto, teniendo en cuenta criterios de transparencia y rectitud en el servicio que se ofrece y con la debida autorización que se requiera en su caso.
Conducta a seguir:
- Otorgo el apoyo que me soliciten con trato respetuoso, justo, transparente y cordial, evitando toda forma de hostigamiento y discriminación.
- Utilizo la información que proporcionen otras dependencias, ente u organismo y entidades de gobierno únicamente para las funciones propias del Congreso.
- Respeto las formas y conductos autorizados para las relaciones interinstitucionales con otras dependencias y entidades de gobierno.
V.9 RESPETO A LA SOCIEDAD |
Compromiso como servidor público:
Debo ofrecer a todos los ciudadanos un trato justo, cordial y equitativo, orientado siempre por un espíritu de servicio.
Conducta a seguir:
- Soy congruente en mi conducta diaria con los principios y valores que establece el Código de Conducta.
- Atiendo y oriento con eficiencia, cortesía y espíritu de servicio a los ciudadanos en sus requerimientos, trámites y necesidades de información, eliminando toda actitud de prepotencia e insensibilidad.
- Asisto con equidad a los ciudadanos, sin distinción de género, edad, raza, credo, religión, preferencia política, condición socioeconómica o nivel educativo, y con especial generosidad y solidaridad a las personas de la tercera edad, a los niños, a personas con capacidades especiales y a los miembros de nuestras etnias.
- Busco con mis acciones dar confianza plena a la sociedad que interactúa con el Congreso.
- Difundo los logros y acciones del Congreso.
V.10 DESARROLLO PROFESIONAL |
Compromiso como servidor público:
Debo establecer el compromiso de buscar de manera permanente la actualización y formación profesional propia y de mis colaboradores y compañeros para el mejoramiento de nuestro trabajo y desempeño.
Conducta a seguir:
- Aprovecho las actividades de capacitación y desarrollo que brinde y promueva el Congreso y otras instituciones, así como muestro disposición para lograr la mejora continua en mi desempeño.
- Brindo las facilidades necesarias cuando tengo personal a mi cargo, para tomar cursos de capacitación, desarrollo académico, profesional y humano que organice y promueva el Congreso y otras instituciones, así como en beneficio propio en caso de ser personal subordinado.
- Mantengo permanentemente actualizados mis conocimientos para desarrollar mis funciones.
- REGLAS DE INTEGRIDAD
PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CONGRESO.
ACTUACIÓN PÚBLICA
El servidor público que desempeña un empleo, cargo, comisión o función conduce su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público.
CONOCIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD Y SU APLICACIÓN
Como servidor público, es mi obligación en el desempeño de mis funciones conocer, cumplir y hacer cumplir las Leyes, Reglamentos y Normas aplicables al servicio público; asimismo, en aquellos casos en que no exista una norma específica reguladora, actuaré con criterios de objetividad, imparcialidad y transparencia, atendiendo a los valores inscritos en estos Códigos.
EJERCICIO DE FUNCIONES
Es parte de mi compromiso ante este Congreso, no recurrir a mi cargo para beneficiarme de manera personal, ya que con ello me perjudico y afecto a la sociedad a la que sirvo.
UTILIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS MATERIALES, HUMANOS Y FINANCIEROS
Todos los recursos acreditados como propiedad del Congreso o al servicio del mismo, dentro de los que se incluyen, Recursos Humanos, Materiales y Financieros, deben ser utilizados para que éste pueda cumplir con su Misión, teniendo en cuenta criterios de Optimización, Racionalidad, Austeridad y Ahorro.
INFORMACIÓN PÚBLICA
El servidor público que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, conduce su actuación conforme al principio de transparencia y resguarda la documentación e información Legislativa y Administrativa que tiene bajo su responsabilidad, con especial énfasis en aquella que ponga en riesgo la integridad de los demás servidores públicos del Congreso.
CONTRATACIONES PÚBLICAS, LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIÓN Y CONCESIONES
El servidor público que, con motivo de su empleo, cargo comisión o función o a través de subordinados, participa en contrataciones, licitaciones públicas de bienes y servicios o en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se conduce con transparencia, imparcialidad y legalidad; orienta sus decisiones a las necesidades e intereses del Congreso y la sociedad, garantizando las mejores condiciones para el uso, transparencia y manejo de los recursos.
RELACIÓN CON COMPAÑEROS DE TRABAJO
El respeto a la dignidad humana es fundamental en las relaciones de trabajo, ya que de ello depende propiciar un ambiente de trabajo sano y de respeto mutuo.
El servidor público al servicio del Congreso, deberá observar en todo momento un imagen digna y decorosa basados en la ética profesional, el respeto y la moral hacia sus superiores y compañeros de trabajo debiendo mantenerse integro en toda actividad laboral y de servicio, absteniéndose de conductas indecorosas tales como presentarse en estado físico inconveniente, utilizar substancias químicas que causen daño a terceros dentro de las instalaciones y no abandonar su área de trabajo para realizar actividades no laborales con fines personales.
RELACIÓN CON DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Brindar a las y los servidores públicos de las distintas dependencias, organismos descentralizados y diversas entidades de la Administración Pública, con las que por razón de mi trabajo interactúo, un trato cordial y amable, en un ambiente de colaboración y de respeto, teniendo en cuenta criterios de transparencia y rectitud en el servicio que ofrezco.
RELACIÓN CON LA SOCIEDAD
Ofrecer a la ciudadanía un trato imparcial, íntegro, amable, ecuánime, cordial y equitativo, orientado siempre a ayudar a todas las personas.
TRÁMITES Y SERVICIOS
El servidor público que con motivo de su empleo, cargo, comisión o función participa en la prestación de trámites y en el otorgamiento de servicios, atiende a los usuarios de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial.
CONTROL INTERNO
El servidor público que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función, participa en procesos en materia de control interno, genera, obtiene, utiliza y comunica información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas, estableciendo los parámetros de riesgo en cada una de sus actividades.
COOPERACIÓN CON LA INTEGRIDAD
El servidor público en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, coopera con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos al Congreso, como la Asamblea, la Junta de Gobierno, la Contraloría Interna y los Órganos Técnicos y Administrativos en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.
Por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, en palabras o acciones, las y los servidores públicos deben comprometer su integridad por dejar pasar o aparentar, dejar pasar fraude, corrupción o mal uso de los recursos del Congreso, por otra persona. Debe expresar su desaprobación de cualquier declaración u otra manifestación de intención de cometer tales actos, y si sabe o tiene fuertes razones para sospechar que tales actos han ocurrido, debe reportarlos.
Dado en el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, Pachuca de Soto Hidalgo, a los 6 seis días de diciembre de 2019 dos mil diecinueve.
Vo.Bo.
DIPUTADA MARÍA LUISA PÉREZ PERUSQUÍA LIC. OFELIA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ
PRESIDENTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL Contralora Interna del Congreso del Estado
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO Libre y Soberano de Hidalgo.
DE HIDALGO Rúbrica
Rúbrica
Fuente de información y apoyo Bibliográfico:
- Secretaria de la Función Pública. Reglas de Integridad para el ejercicio de la Función Pública.
- Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción. Código de Ética (Primera Actualización) Julio de 2019.
- ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas publicado el 12 de octubre de 2018.
- ACUERDO que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado el 20 de agosto de 2015.
Publicado con fecha 27 de marzo de 2018.
Primera Revisión: julio de 2019.
Segunda revisión para su difusión y publicación en la página del CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO. 6 de diciembre de 2019.
REVISIÓN A CARGO DEL L.A.P. JORGE BAUTISTA CASTRO
Derechos Enterados. 14-09-2020
Periódico Oficial Alcance 0 del 23 de septiembre de 2020
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