Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 03 de agosto de 2020

Edición: Alcance 2
Número: 31
Páginas: 27

Contenido:


Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo. – Decreto 08/2020, se aprueban los Manuales de Organización Actualizados al mes de marzo del año 2020, correspondientes a las Secretarías, Direcciones y dependencias de la Administración Pública del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, que se enumeran en el considerando Cuarto del presente Decreto; para los efectos a que se refiere la parte final de la fracción II, del artículo 56, de la Ley Orgánica Municipal vigente en el Estado de Hidalgo.

AYUNTAMIENTO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO

 

LIC. FERNANDO PÉREZ RODRÍGUEZ

 

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO.

 

A SUS HABITANTES SABED:

 

Que el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 141 fracciones I y II, y 144 fracciones I y III, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, y en los artículos 56 fracción I, inciso b),  y 60 fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo, de conformidad con los siguientes:

                                                                         

A N T E C E D E N T E S:

 

I.- Que en la Vigésimo Octava Sesión Pública Extraordinaria celebrada el día 29 de agosto del año 2018, se aprobaron los Manuales de Organización, los Manuales de Procedimientos y el Código de Ética y Conducta del para la Administración Pública del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.

II.- Que con fecha 29 de marzo del año 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acta de la Sesión a que se hace referencia en el punto que antecede.

III.- Con mediante oficio número PMT/FPR/341/2020, de fecha 14 de mayo del año 2020, el C. Presidente Municipal, Lic. Fernando Pérez Rodríguez, presentó para su análisis, discusión y en su caso aprobación, la Iniciativa Propuesta de Decreto, por la que aprueban los Manuales de Organización Actualizados de las Secretarias y Dependencias que conforman la Administración Pública Municipal de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.

C O N S I D E R A N D O S:

 

PRIMERO.- Que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su Base I, que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento, el cual ejercerá de manera exclusiva, la competencia que la propia Constitución le otorga.

 

Que la Base II del referido precepto constitucional, reconoce a los municipios, personalidad jurídica y el derecho a manejar su patrimonio conforme a la ley, así como la facultad de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los Bandos de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, lo que constituye la facultad Reglamentaría.

 

SEGUNDO.- Que el artículo 29 de la Ley Orgánica Municipal, señala que el gobierno municipal, se encomendará a un Ayuntamiento, el que por disposición del artículo 47 del mismo ordenamiento legal, deberá resolver los problemas de su competencia, colegiadamente, estando facultado por el artículo 56, fracción I, inciso b), del mismo orden normativo, para aprobar sus Bandos, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general.

 

TERCERO.- Que el artículo 56 fracción II, inciso a) de la Ley Orgánica Municipal establece dentro de las facultades y obligaciones del Ayuntamiento, dotar a las dependencias de la Administración Pública Municipal de los manuales de organización,  de servicios y de procedimientos y otros instrumentos para mejorar el desempeño de la administración.

 

En el mismo sentido tenemos que el artículo 27 del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal señala, que los titulares de cada dependencia expedirán los Manuales de Organización, Procedimientos y Servicios al público, los que deberán contener información sobre la estructura orgánica de las dependencias, las funciones de sus unidades administrativas y los sistemas de control, comunicación, coordinación e información.

 

CUARTO.- Que con la finalidad de que las dependencias de la Administración Pública Municipal cuenten con los Manuales de Organización debidamente actualizados, los titulares de las Secretarías y Dependencias que conforman la Administración Pública Municipal, realizaron los trabajos necesarios para actualizar los referidos manuales, los cuales fueron concentrados por la Contraloría Municipal para ser presentados al C. Presidente Municipal, quien en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 46 primer párrafo del Reglamento Interior de este órgano colegiado, mediante el oficio número PMTB/FPR/341/2020, de fecha 14 de mayo del año en curso, presentó la Iniciativa Propuesta de Decreto por la que el Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, aprueba los señalados Manuales de Organización, debidamente actualizados, que se enlistan por cada una de las Secretarías, direcciones e instancias de la administración pública municipal:

 

A).- Secretaría Particular:

1.- Secretaría Particular.

2.- Comunicación Social.

3.- Unidad Técnica de Gestión Gubernamental.

4.- Unidad Técnica de Innovación Gubernamental.

5.- Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño.

 

B).- Secretaría General Municipal:

1.- Secretaría General Municipal.

2.- Dirección de Archivo Municipal.

3.- Oficina de Documentos y Certificaciones Oficiales.

4.- Dirección del Conciliador Municipal y Junta Permanente de Conciliación.

5.- Dirección de Gestión Política y Jefatura de Seguimiento y Evaluación.

6.- Dirección Jurídica Municipal.

7.- Junta Municipal de Reclutamiento.

8.- Registro del Estado Familiar.

9.- Oficina Municipal de Enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores.

10.- Dirección de Reglamentos y Espectáculos.

11.- Dirección de Oficialía de Partes.

 

C).- Secretaría de la Tesorería y Administración:

1.- Secretaría de la Tesorería y Administración.

2.- Dirección de Contabilidad.

3.- Dirección de Egresos.

4.- Dirección de Recursos Humanos.

 

D).- De la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Medio Ambiente:

1.- Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Medio Ambiente.

2.- Dirección de Licencias y Permisos.

3.- Dirección de Medio Ambiente.

4.- Dirección de Obras Públicas.

5.- Dirección de Ordenamiento Territorial y Agrario.

6.- Dirección de Planeación y Movilidad.

 

E).- Secretaría de Desarrollo Humano y Social:

1.- Secretaría de Desarrollo Humano y Social.

2.- Dirección de Bibliotecas.

3.- Centros Especializado en Atención a la Violencia Familiar (CEAVIF).

4.- Coordinación Técnica de Desarrollo Humano y Social.

5.- Dirección de Cultura y Jefatura de Museos.

6.- Dirección de Cultura Física y Recreación.

7.- Dirección de Desarrollo Comunitario.

8.- Dirección de Educación.

9.- Dirección de la Instancia de la Mujer.

10.- Enlace Tulancingo del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

11.- Instancia de la Juventud.

12.- Dirección de Atención a Pueblos, Comunidades y Población Indígena.

13.- Dirección de Sanidad.

 

F).- Secretaría de Fomento Económico:

1.- Secretaría de Fomento Económico.

2.- Oficina de Enlace de Servicios Federales y Estatales.

3.- Dirección de Mejora Regulatoria.

4.- Dirección de Fomento Industrial.

5.- Dirección de Desarrollo Rural.

6.- Dirección de Desarrollo Comercial.

7.- Dirección de Turismo.

 

G).- Secretaría de Servicios Municipales:

1.- Secretaría de Servicios Municipales.

2.- Dirección de Mercados y Centros de Abasto y Comercio.

3.- Dirección de Rastro Municipal.

4.- Dirección de Mantenimiento Urbano y Jefatura de Parques y Jardines.

5.- Dirección de Limpia y Disposición de Residuos.

6.- Dirección de Zoológico.

7.- Dirección de Panteones.

 

H).- Secretaría de Seguridad Ciudadana:

1.- Secretaría de Seguridad Ciudadana.

2.- Dirección de Tránsito y Vialidad.

3.- Dirección de Seguridad Pública.

4.- Dirección de Bomberos y Protección Civil.

5.- Dirección de Prevención del Delito.

 

I).- Contraloría Municipal:

1.- Contraloría Municipal.

 

QUINTO.- Que ante el imperativo de que las actividades de la Administración Pública Municipal, sean cada vez más eficientes, es indispensable que la estructura orgánica de cada una de las unidades administrativas que conforman el gobierno municipal, se ajuste a las necesidades siempre dinámicas de la sociedad; para ello se requiere contar con los instrumentos administrativos adecuados y actualizados de manera constante para que cumplan con su objetivo; lo que motivó que estas unidades administrativas realizarán las actualizaciones necesarias a sus manuales de organización.

 

SEXTO.- Que ante la imposibilidad derivada del alto costo de la publicación de los manuales de organización actualizados, en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, dada la extensión de los mismos; se ha estimado pertinente, que su publicación se haga en la Gaceta Municipal, y que únicamente se gestione la publicación del presente decreto, así como del acta del Ayuntamiento en la que se aprueban los manuales en el órgano de difusión estatal.

 

Con base en los antecedentes y considerandos expuestos, se emite para los efectos de su sanción, promulgación y publicación el:

 

DECRETO 08/2020

 

Artículo Primero.- Se aprueban los Manuales de Organización Actualizados al mes de marzo del año 2020, correspondientes a las Secretarías, Direcciones y dependencias de la Administración Pública del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, que se enumeran en el considerando Cuarto del presente Decreto; para los efectos a que se refiere la parte final de la fracción II, del artículo 56, de la Ley Orgánica Municipal vigente en el Estado de Hidalgo.

 

Artículo Segundo.- En razón de que los Manuales de Organización Actualizados, aprobados, son demasiado extensos, lo que hace exorbitante el costo de su publicación en el Periódico Oficial del estado de Hidalgo, su difusión se deberá hacer en la Gaceta Municipal, debiéndose publicar en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el presente Decreto y el acta del Ayuntamiento en que fueron aprobados.

 

Artículos Transitorios

 

Único.- Los Manuales de Organización Actualizados y aprobados mediante el presente decreto,  entraran en vigor al día siguiente de su aprobación por el Ayuntamiento, con independencia de que la publicación de este Decreto y el  Acta de Ayuntamiento en que se aprueban, sea publicada con posterioridad en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

Dado en el recinto oficial del Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, el día 1º de julio del año 2020.

 

 

Lic. Fernando Pérez Rodríguez

Presidente Municipal Constitucional

Rúbrica

 

 

Lic. Lilia Verónica Cortés Soto

Síndico Procurador Hacendario

Rúbrica

Mtra. Sara Luz María Orozco Méndez

Síndico Procurador de Primera Minoría

Rúbrica

 

 

Mtro. Eloy Oliver Ortega

Regidor

C. Catalina Espinosa Domínguez

Regidora

Rúbrica

 

 

Prof. Modesto Latorre Cruz

Regidor

Rúbrica

 

Rúbrica

 

 

Dra. Magdalena Romo Perea

Regidora

Rúbrica

 

 

Mtro. Rogelio Martínez Rojo

Regidor

Rúbrica

 

 

Mtra. Adriana Naranjo García

Regidor

Rúbrica

 

 

C. Fernando Alcibar Desentis

Regidor

C. Erika Solano Hernández

Regidora

Rúbrica

 

 

Lic. José Antonio Vertiz Aguirre

Regidor

Rúbrica

 

 

Lic. Juana Cruz Islas

Regidora

Rúbrica

 

 

C. José Luis Lazcano de León

Regidor

Rúbrica

 

 

Mtro. Pedro Hiram Soto Márquez

Regidor

Rúbrica

 

 

Lic. Leonor Guadalupe Castelán Rosas

Regidora

Rúbrica

 

 

Mtro. Sinuhé Jorge Aldrete

Regidor

Rúbrica

 

 

C. Gilberto Cuevas Samperio

Regidor

Rúbrica

 

 

Lic. Nancy Yazmin Suarez Téllez

Regidora

Rúbrica

 

 

L.A.E. Isaac Miguel Gómez Villegas

Regidor

Rúbrica

 

Rúbrica

 

 

C. David Gutiérrez Gutiérrez

Regidor

Rúbrica

 

 

 

Lic. en Pedag. Eduardo Sánchez Rodríguez

Regidor

Rúbrica

 

En uso de las facultades que me confiere el artículo 144 fracciones I y III de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, y el artículo 60 fracción I inciso a), y 61 de la Ley Orgánica Municipal, tengo a bien promulgar el presente decreto, por lo tanto, mando se imprima, publique y circule para su exacta y debida observancia y cumplimiento.

 

A t e n t a m e n t e

“Sufragio Efectivo, No Reelección”

 

Lic. Fernando Pérez Rodríguez

Presidente Municipal Constitucional de

Tulancingo de Bravo, Hidalgo.

Rúbrica

 

 

Con fundamento y en uso de las facultades conferida en la Fracción V, del artículo

98 de la  Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo, tengo a bien

refrendar el presente Decreto.

 

 

  1. Alejandra Islas León

Secretaria General Municipal de

Tulancingo de Bravo, Hidalgo

Rúbrica

 

 

Derechos Enterados. – 31-07-2020

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 2 del 03 de agosto de 2020

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