Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 02 de agosto de 2020

Edición: Alcance 3
Número: 30
Páginas: 49

Contenido:


Secretaría de Movilidad y Transporte. – Acuerdo que modifica al diverso por el que se suspenden los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos y recursos administrativos, que sean competencia de la Secretaría de Movilidad y Transporte; del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo; y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.

LIC. JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ, SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO; 2 BIS, 3, 4, 13 FRACCIÓN XV, 37 BIS FRACCIONES I, XI, XIV, XVIII, XX, Y XXIX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 2 FRACCIÓN II, 4, 7 FRACCIONES I, II, V, IX, 23, 24, 25, 26 y 27 FRACCIONES I, V , VI, VII, VIII Y X, 28 FRACCIÓN VI, VII Y IX DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 56, 57 Y 58 FRACCIONES I, II, Y VII, 61, 62 DE SU REGLAMENTO; 9 FRACCIONES V, VIII, Y XVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que derivado del brote de enfermedad por coronavirus, detectado por primera vez en el poblado de Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019 y que con fecha 30 de enero del presente año, la Organización Mundial de la Salud declaró la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, por el brote de 2019-nCoV, el cual, posteriormente se le otorgó la denominación de COVID-19 y derivado de los altos niveles de propagación y gravedad que representa dicho virus, el 11 de marzo de 2020, dicha organización declaró que el COVID-19, pasaba de ser una epidemia a una pandemia.

 

SEGUNDO. Que el 29 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acuerdo por el que se suspenden los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos y recursos administrativos, que sean competencia de la Secretaría de Movilidad y Transporte, en el periodo que comprende del día 30 de marzo al 19 de abril del presente año.

 

TERCERO. Que con fecha 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), de igual forma, el 31 de marzo del presente año se publicó en el referido órgano de difusión, el Acuerdo de la Secretaría de Salud del Gobierno de México por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que deberán cumplir cabalmente los sectores público, social y privado dentro del periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

 

CUARTO. Que el 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud del Gobierno de México, expidió el Acuerdo por el que se establece un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.

 

QUINTO. El 19 de mayo de 2020, mediante publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Titular del Ejecutivo del Estado expidió el Acuerdo por el que se amplían las medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo, además, se instruye a la Secretaría de Salud y a las demás dependencias de la administración pública estatal, y se requiere la participación de las entidades a establecer y ejecutar los mecanismos conducentes a la reducción de la movilidad de los habitantes entre municipios con distinto grado de propagación, de acuerdo con los criterios que disponga la Secretaría de Salud del Gobierno de México.

 

SEXTO. Que mediante publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo de fecha 08 de junio de 2020, el titular del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo expidió el Acuerdo por el que se establecen las medidas y acciones de atención a concesionarios del servicio público del transporte convencional del Estado de Hidalgo, para el acceso a servicios electrónicos por internet como el pago anual por refrendo e inspección vehicular, para el servicio público de transporte, como una medida segura de aislamiento social para evitar la propagación y contagio del virus SARS-COV2 (COVID-19).

 

SÉPTIMO. Que derivado de las medidas y acciones emitidas por las autoridades sanitarias federales y estatales previamente mencionadas, se considera indispensable hacer del conocimiento público la ampliación del periodo de suspensión de plazos y términos legales dentro de la Secretaría de Movilidad y Transporte; del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo; y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, en apego la incidencia del virus SARS-Cov2 y a la situación en materia de salud que impera en el Estado de Hidalgo, a fin de salvaguardar el derecho de los particulares y brindar certeza jurídica de los trámites seguidos ante esta dependencia y principalmente frente a las actuaciones que son de su competencia así como de las unidades administrativas que la integran, en atención a lo dispuesto en su Reglamento Interior vigente, a efecto de coadyuvar en la prevención y combate de la pandemia por dicho virus.

 

Por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien a emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS, TÉRMINOS RELACIONADOS CON LOS TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS, QUE SEAN COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE; DEL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO; Y DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO.

 

ÚNICO. Se modifican el punto Primero y el segundo párrafo del punto Tercero, y se adicionan dos párrafos del punto Sexto del Acuerdo por el que se suspenden los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos y recursos administrativos, que sean competencia de la Secretaría de Movilidad y Transporte, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 29 de marzo de 2020, para quedar como sigue:

 

PRIMERO. En el periodo que comprende del día 30 de marzo al 14 de agosto del presente año, se suspenden los plazos y términos legales de los actos de recepción, despacho y desahogo de todo tipo de documentación, notificación, requerimiento, diligencia, informe, acto, y trámite en general de la Secretaría de Movilidad y Transporte, Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, incluso aquellos que se substancien a través de medios electrónicos, con excepción de los servicios electrónicos establecidos en el “Acuerdo por el que se establecen las medidas y acciones de atención a concesionarios del servicio público del transporte convencional del Estado de Hidalgo, para el acceso a servicios electrónicos por internet como el pago anual por refrendo e inspección vehicular, para el servicio público de transporte, como una medida segura de aislamiento social para evitar la propagación y contagio del virus SARS-COV2 (COVID-19)” publicado el 08 de Junio de 2020, Alcance 0, del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

Los diversos comités, consejos u órganos que encabezan respectivamente la Secretaría de Movilidad y Transporte, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo, y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, continuarán sesionando y funcionando, para lo cual, podrán hacer uso de las tecnologías de la información, de conformidad con la normatividad aplicable a la materia y atendiendo en todo momento las medidas y acciones emitidas por las autoridades sanitarias.

 

TERCERO.

 

En relación con la suspensión referida, los días que comprenda su vigencia se consideran como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites señalados. Durante dicho periodo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la Secretaría de Movilidad y Transporte; del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo se entenderán realizadas hasta el 17 de agosto de 2020.

 

SEXTO.

 

De igual forma, son excepción al presente Acuerdo de manera enunciativa más no limitativa, los trámites de Alta, Baja y Sustitución de Vehículos; pago anual por refrendo e inspección vehicular; y la transferencia de concesiones del servicio público de transporte, los cuales se podrán llevar a cabo ante el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo de acuerdo a las disposiciones para la reanudación de manera gradual y ordenada para evitar el contagio del virus SARS-COV2 (COVID-19), que al respecto emita ese Organismo.

 

Asimismo, podrán habilitarse los trámites y atención al público usuario, siempre de manera segura en el marco de las medidas para prevenir y evitar el contagio del virus SARS-COV2 (COVID-19), lo que se informará a través de los sitios oficiales de internet, plataformas y redes oficiales de la Secretaría de Movilidad y Transporte, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo, y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.

 

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

DADO EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

TITULAR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE

 

LIC. JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ

RÚBRICA

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Periódico Oficial Alcance 3 del 02 de agosto de 2020

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