Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 1 del 28 de julio de 2020

Edición: Alcance 1
Número: 30
Páginas: 5

Contenido:


Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO, SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, 13, FRACCIÓN II; 15, 19, 21 Y 25, FRACCIÓN LXVII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 2, 5, 11, 14 FRACCIONES XXXVIII Y LXVII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS, Y EN APEGO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 2 DEL ACUERDO QUE CONTIENE LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2017, Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que para fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas, el Plan Estatal de Desarrollo 2016– 2022 establece en su eje I Gobierno, Honesto, Cercano y Moderno, la visión de un Gobierno más eficiente, desarrollando acciones encaminadas a eliminar la corrupción, impulsar la participación ciudadana e incentivar la cooperación con los municipios y la federación, que permitan claros resultados, procesos de desarrollo de la participación y colaboración social.

 

SEGUNDO. Que la razón de creación y emisión del Código de Ética para la Administración Pública del Estado de Hidalgo atiende a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y que entre sus líneas de acción, está la elaboración de un Código de Ética para los Servidores Públicos de la Administración Pública Estatal, que contenga las Reglas de Integridad para el ejercicio de su función y los Lineamientos Generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, regulando sus acciones a través de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés; siendo así que, a través de estos instrumentos se busca la homologación a nivel nacional de conceptos, principios, criterios y objetivos para fomentar la cultura de la legalidad y el correcto desempeño del ejercicio del servicio público.

 

TERCERO. Que la Secretaría de Contraloría, publicó el 23 de noviembre de 2017, los Lineamientos Generales que establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con el objeto de fomentar la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus funciones y que contribuirá a la consolidación de procesos de rendición de cuentas y transparencia.

 

CUARTO. Que el Licenciado Omar Fayad Meneses, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, conjuntamente con el Maestro César Román Mora Velázquez, Secretario de Contraloría expidieron el 26 de abril de 2019, el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 13 de mayo de 2019, como elemento de la política de integridad de los entes públicos de la Administración Pública Estatal, para el fortalecimiento de un servicio público ético e íntegro.

 

QUINTO. Que la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, es una Dependencia que constituye parte de la Administración Pública Centralizada, en términos del artículo 13, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo.

 

SEXTO. Que mediante nombramiento de fecha 2 de enero de 2017, el Lic. Omar Fayad Meneses, Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, designó a la Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo, Secretaria de Finanzas Públicas, de conformidad con las facultades a él conferidas en los artículos 71, fracción XII de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo.

 

SÉPTIMO.  Que a efecto de dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a lo anteriormente expuesto resulta necesaria la creación de un Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Finanzas Públicas.

 

OCTAVO. Que la Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo, en su carácter de Titular de la Secretaría de Finanzas Públicas se encuentra facultada para expedir el presente acuerdo de conformidad con el artículo 25, fracción LXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; y los artículos 6 fracción I, 11 y 14, fracciones XXXVIII y LXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas Públicas.

 

Por lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE CREA EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

 

PRIMERO. Se crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Finanzas Públicas, con el objeto de generar una cultura de principios, valores y reglas de integridad que orienten el buen comportamiento, desempeño de las funciones y la toma de decisiones de las y los servidores públicos de la Secretaría de Finanzas Públicas, así como para fomentar la conducta ética y mejorar el servicio a través de normas que regulen el comportamiento y la conducta de quienes laboran en la Secretaría de Finanzas Públicas, para la construcción de la nueva ética pública.

 

SEGUNDO. El Comité se integra de la siguiente forma:

  1. Presidente: La persona Titular de la Dirección General de Administración.
  2. Secretario Ejecutivo: La persona Titular de la Dirección de Recursos Humanos.
  • Vocales: Las personas Titulares de la estructura orgánica de la Secretaría de Finanzas Públicas que son: la Secretaría Técnica del Despacho; la Dirección General de Monitoreo y Seguimiento al Recurso Público; la Coordinación de Planeación Financiera; la Procuraduría Fiscal del Estado; la Coordinación de Tecnologías de la Información; la Subsecretaría de Ingresos; la Dirección General de Auditoría Fiscal; la Dirección General de Recaudación; la Subsecretaría de Egresos; la Dirección General de Contabilidad Gubernamental; la Dirección General de Egresos; la Unidad para la Armonización Contable Presupuestal; la Dirección General de Seguimiento a Auditorías; la Subsecretaría de Programación; la Dirección General de Programación; la Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño; la Dirección General de Validación Técnica de Estudios y Proyectos.

 

TERCERO. El funcionamiento del Comité se apegará a lo dispuesto en el Capítulo  V del Acuerdo que contiene los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

CUARTO. Respecto a las funciones del Presidente y del Secretario Ejecutivo del Comité, se estará a lo dispuesto en el Capítulo VI del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

QUINTO. Por cuanto hace a la responsabilidad de los miembros del Comité, las denuncias, así como su divulgación y transparencia, se estará a lo dispuesto en los Capítulos VII, VIII y IX, respectivamente, del Acuerdo de los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. – El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO. La Dirección General de Administración elaborará los procedimientos, manuales, formatos, instructivos, entre otros que se requieran para el óptimo funcionamiento del Comité, de conformidad a lo que establecen las disposiciones aplicables.

 

CUARTO. El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. Los acuerdos, procedimientos y trabajos que se hayan emitido con anterioridad al presente Acuerdo en materia de ética y prevención de conflictos de interés de la Secretaría de Finanzas Públicas, tendrán plena validez para efectos administrativos.

 

QUINTO. En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicados en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

DADO EN LA SALA DE JUNTAS DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, UBICADA EN PALACIO DE GOBIERNO 1ER PISO, PLAZA JUÁREZ S/N, COL. CENTRO, C.P. 42000, EN  PACHUCA DE SOTO, HIDALGO; A LOS 13 DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS

DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO.

RÚBRICA

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Periódico Oficial Alcance 1 del 28 de julio de 2020

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