Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 08 de junio de 2020

Edición: Alcance 2
Número: 23
Páginas: 64

Contenido:


Municipio de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo. – Acta de Instalación de la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

ACTA DE INSTALACIÓN DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN METZQUITITLÁN, HIDALGO.

 

En el municipio de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, siendo las 12 horas del día 31 de enero del año 2020, se reunieron la Lic. Aleida Ordaz Vargas, Presidenta Municipal Constitucional de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, así mismo, el Cmte. Marciano Bautista Mogica, Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, el Lic. Aureliano Juárez González, Asesor Jurídico del Municipio, el C. Nicolás Leyva Escobar, Elemento de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, la C. Jacqueline Asenet Arellano Rojas, Regidora y Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Prevención Social del municipio de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, la Lic. Aracely Tolentino González, Contralora Interna Municipal ,  con el objetivo de instalar la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito municipal de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, conforme a lo establecido por la Ley de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo, el Reglamento de Honor y Justicia de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo, y demás ordenamiento aplicables en la materia.

 

ANTECEDENTES

 

Primero.- Que de acuerdo a lo señalado en el Artículo 21, Párrafo Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 2° de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así también de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo, y 123 y 124 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del sentenciado, en términos de la Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Segundo.– Que el Artículo 59 de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo establece que la Carrera Policial es el conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí, de carácter obligatorio y permanente, que comprende los esquemas de profesionalización, los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación remoción o baja del servicio de los integrantes de las instituciones policiales.

 

Tercero.– Que el Artículo 105 de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo establece que la Comisión de Honor y Justicia, será conformada de acuerdo con lo señalado en la Ley, así como, su Reglamento Interno y demás ordenamientos legales aplicables; la cual tiene como función primordial velar que los integrantes de las instituciones policiales cumplan con los principios de actuación, resolviendo sobre conductas violatorias de las disposiciones legales, así como valorar su desempeño ya sea para ser sancionados o reconocidos.

 

Cuarto. – Que la misma Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo en su Artículo 103 establece que, el Reglamento de Honor y Justicia contendrá el catálogo y descripción de faltas, sanciones, procedimientos y términos para el trámite de los recursos que contra las medidas disciplinarias procedan.

 

Quinto.– Que el Artículo 110 BIS de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo establece que la Comisión de Honor y  Justicia tendrá facultades para conocer y resolver respecto a las condecoraciones, estímulos y recompensas a que se hagan merecedores los integrantes de las Instituciones Policiales, por su valor, mérito y perseverancia en el servicio, las cuales se podrán otorgar en vida o post mortem; emitiendo, en su caso, la constancia que avale la propuesta de la Institución Policial.

 

Sexto.- Que el Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo, previene que los procedimientos de honor y justicia y del Servicio Profesional de Carrera Policial, que se estén ventilando en forma distinta a lo señalado en esta Ley, pasarán a ser competencia de las autoridades previstas en la presente Ley y en los Reglamentos que se expidan conforme a la misma, debiendo prever la autoridad estatal o municipal correspondiente, lo necesario para la transferencia de los asuntos y expedientes que se encuentren en trámite antes de la publicación de esta normativa.

 

Séptimo. – Que la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, habrá de regirse bajo lo establecido por el Reglamento de Honor y Justicia de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo publicado con fecha 18 de mayo de 2015 en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

ACTA DE INSTALACIÓN DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN METZQUITITLÁN, HIDALGO.

 

Se procede a instalar dicha Comisión, bajo el siguiente orden del día:

  1. Pase de lista, verificación de Quorum legal e instalación formal
  2. Bienvenida
  3. Exposición de motivos
  4. Declaratoria de Instalación de la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo.
  5. Toma de protesta a integrantes de la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo.
  6. Mensaje a cargo de la C. Jacqueline Asenet Arellano Rojas.
  7. Mensaje de la Presidenta Municipal
  8. Firma Simbólica del Acta de Instalación de la Comisión.
  9. Clausura de la reunión constitutiva.

 

1.- En desahogo de éste correlativo, y por su propia y especial naturaleza ya ha quedado previamente atendido, ya que al respecto se ha verificado el Quórum legalmente requerido, en consecuencia, se declara formalmente instalada esta asamblea de instalación;

 

2.- En voz de Cmte. Marciano Bautista Mogica, se procede a concederle el uso de la voz para que emita su mensaje de bienvenida, agotado este punto, se procede al siguiente;

 

3.- Acto seguido se le concede el uso de la voz al Lic. Aureliano Juárez González para que exponga los motivos de esta reunión de trabajo;

 

4.- En desahogo de este punto, y en virtud de que la integración de la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, se da por ministerio de ley y de manera previa, se procede a dar lectura de su integración, por la que la misma queda y se declara integrada con los siguientes funcionarios municipales:

 

NOMBRE CARGO
Lic. Aleida Ordaz Vargas Presidenta de la Comisión
Lic. Aureliano Juárez González Secretario Técnico
Cmte. Marciano Bautista Mogica Vocal
Lic. Aracely Tolentino González Vocal
C. Nicolás Leyva Escobar Vocal
C. Jacqueline Asenet Arellano Rojas Vocal

Para el debido cumplimiento de los objetivos planteados, los integrantes de la Comisión llevarán a cabo las siguientes funciones:

 

  1. A) De la o el Presidente de la Comisión:
  2. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  3. Representar legalmente a la comisión por sí o por interpósita persona,

III. Proponer sanciones, estímulos y/o reconocimientos conforme a las disposiciones de los ordenamientos aplicables a la materia.

  1. Verificar que el funcionamiento de la Comisión se ajuste a los lineamientos de la Ley de Seguridad Pública del Estado y al Reglamento de Honor y Justicia de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo.
  2. Proponer a la Comisión la integración de las comisiones encargadas de conocer y opinar acerca de los diferentes problemas de seguridad pública.
  3. Someter a la consideración de la Comisión, los estudios, proposiciones u opiniones que emitan las comisiones.

VII. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables en la materia.

 

  1. B) Del Secretario Técnico:
  2. Elaborar las actas de las sesiones y llevar al corriente y conservar bajo su custodia el libro de las mismas.
  3. Dar trámite a la correspondencia recibida para ser presentada en las sesiones.

III. Informar a la comisión sobre el cumplimiento de los acuerdos tomados y de las disposiciones que dicte la presidenta o el presidente en ejecución de los mismos.

  1. Formular con el acuerdo de la presidenta o el presidente, el orden del día relativo a las sesiones y elaborar las convocatorias.
  2. Pasar lista de asistencia de los miembros del Consejo para determinar la existencia del quórum.
  3. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables en la materia.

 

  1. C) De los y las Vocales:
  2. Vigilar y coadyuvar en la sustanciación de los procedimientos administrativos discipl inarios de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia.
  3. Vigilar que se realice la debida notificación de inicio de procedimiento y sobre la resolución que emita la Comisión de Honor y Justicia.

III. Vigilar que se elabore el Auto de Admisión de pruebas ofrecidas por el probable infractor y realizar las audiencias necesarias al desahogo de las mismas.

  1. Elaborar los proyectos de Acuerdo de Suspensión de policías y someterlos a la aprobación del pleno de la Comisión de Honor y Justicia, así como los de procedencia o improcedencia de las sanciones a los policías probables infractores.
  2. Vigilar el cabal cumplimiento de las resoluciones emitidas por autoridades administrativas o judiciales, derivadas de los recursos o juicios hechos valer por los policías sujetos a procedimiento ante la Comisión de Honor y Justicia.
  3. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables en la materia.

 

     Adicional a lo anterior:

 

ÚNICO. – Se determina que el objetivo de la Comisión, será garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, por los integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica;

 

5.- Se procede en términos del Artículo 128 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a tomar protesta a sus integrantes de la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, Hidalgo, lo que está a cargo de la Lic. Aleida Ordaz Vargas.

 

6.- Acto continuo, se concede el uso de la voz a la C. Jacqueline Asenet Arellano Rojas, para que emita su mensaje;

 

7.- De igual forma se solicita respetuosamente a la Lic. Aleida Ordaz Vargas, para que nos dirija su mensaje, y hecho que fue ello, se pasa al siguiente punto en cartera;

 

8.- Se procede a firmar el acta de instalación de la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de San Agustín Metzquititlán, Estado de Hidalgo;

 

9.- En uso de la voz la Lic. Aleida Ordaz Vargas, declara clausurados los trabajos de esta Reunión de Trabajo.

 

 

 

Lic. Aleida Ordaz Vargas

Presidenta de la Comisión

 

 

Lic. Aureliano Juárez González

Secretario Técnico de la Comisión

Rúbrica

 

 

 

Cmte. Marciano Bautista Mogica

Vocal de la Comisión

Rúbrica

 

Rúbrica

 

 

 

Lic. Aracely Tolentino González

Vocal de la Comisión

Rúbrica

 

 

 

 

C. Nicolás Leyva Escobar

Vocal de la Comisión

Rúbrica

 

 

 

 

C. Jacqueline Asenet Arellano Rojas

Vocal de la Comisión

Rúbrica

 

 

 

Derechos Enterados. 03-06-2020

 

 


Periódico Oficial Alcance 2 del 08 de junio de 2020

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