Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 26 de mayo de 2020
Edición: Alcance 2
Número: 21
Páginas: 32
Contenido:
Municipio Francisco I. Madero, Hidalgo. – Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas adoptadas en el municipio de Francisco I. Madero, a fin de disminuir y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
PROFESOR LUCAS PABLO GUZMÁN ISIDRO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO LIBRE Y SOBERANO DE FRANCISCO I. MADERO HIDALGO, A SUS HABITANTES HACE SABER:
QUE EL H. AYUNTAMIENTO DE FRANCISCO I MADERO, ESTADO DE HIDALGO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ARTÍCULO 141 FRACCIONES I Y II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO Y ARTÍCULOS 3 EN SU FRACCIÓN IV, 7 Y 56 EN SU FRACCIÓN I, INCISO B) DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO, Y CON BASE EN LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Que dentro de las facultades otorgadas a este H. Ayuntamiento, está la de emitir resoluciones normativas, de carácter general, abstracto, impersonal, obligatorio y coercible, con vigencia transitoria, en atención a necesidades inminentes de la administración o de los particulares.
SEGUNDO. Que, el presente dictamen, se sometió a consideración del pleno del H. Ayuntamiento, y ha sido elaborado y aprobado con la intención de que en el Municipio prevalezca la salud pública, el orden y la paz social, siendo esté un instrumento jurídico, que respalde el actuar de la Administración Pública Municipal y de certidumbre a los gobernados.
TERCERO. Que las comisiones responsables de dictaminar disposiciones administrativas, bandos, reglamentos, acuerdos y circulares, del municipio de Francisco I. Madero Hidalgo, lo hacen respetando los Derechos Humanos y las garantías fundamentales de los gobernados, establecidas en la Carta Magna, conjugando así un conjunto de normas, que fomenten la seguridad jurídica y el derecho, que tenemos todos a vivir en paz y armonía en una sociedad ordenada y justa.
CUARTO. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56, fracción I, inciso k), de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, y 5, apartado C, fracción I, de la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, a los ayuntamientos corresponde auxiliar a las autoridades sanitarias y coadyuvar con las mismas, tanto de nivel Federal como Estatal en sus funciones y actividades, cuando así lo soliciten.
QUINTO. Que derivado de la enfermedad ocasionada por el virus sars-cov-2 por coronavirus, detectado por primera vez en el poblado de Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019 y que con fecha 30 de enero del presente año, la Organización Mundial de la Salud declaró Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional., el cual, posteriormente se le otorgó la denominación de COVID-19 y debido a los altos niveles de propagación y gravedad que representa dicho virus, el 11 de marzo de 2020, dicha organización declaró que el COVID-19, pasaba de ser una epidemia a una pandemia.
Con base en lo anterior se tiene a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Que, en el presente Acuerdo, se establecen las medidas preventivas adoptadas en el municipio de Francisco I. Madero, a fin de disminuir y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), y son las siguientes.
SEGUNDO. Qué para garantizar el abastecimiento de la canasta básica a la población en general, se dictamina lo siguiente.
TERCERO. – Qué a partir del presente decreto los tianguistas al interior del municipio, no podrá ocupar las áreas de esparcimiento y recreación para la ciudadanía de este municipio tales cómo canchas deportivas, parques y jardines; hasta que se llegue a decretar por las autoridades correspondientes la conclusión de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
En este tenor, los tianguistas qué ocupaban las áreas de esparcimiento y recreación cómo son las canchas deportivas y el jardín municipal, serán reubicados a las calles, Corregidora, Ignacio Zaragoza y Francisco I. Madero; en cumplimiento al acuerdo de cabildo de fecha 06 DE JUNIO 2019
CUARTO. – Para el incumplimiento de cualquiera de las medidas descritas en el presente acuerdo se provee lo siguiente:
QUINTO. – El Secretario General Municipal, está facultado para resolver los casos no previstos en el presente Acuerdo, tomando en consideración el interés y la salud pública, y si como la garantía a los derechos de los gobernados.
TRANSITORIOS
PRIMERO. – El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su Publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO. – Dado en sesión extraordinaria de Cabildo en el Palacio Municipal, sede oficial del H. Ayuntamiento de Francisco I. Madero, Hgo., a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil veinte.
En uso de las facultades que me confiere el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Fracción III del Artículo 144 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, y Artículo 52 de la Ley Orgánica Municipal, tengo a bien sancionar el presente decreto para su debido cumplimiento, y por lo tanto mando se imprima, publique y circule para su exacta observancia y debido cumplimento.
ATENTAMENTE
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PROFR. LUCAS PABLO GUZMÁN ISIDRO
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
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SÍNDICO PROCURADOR REGIDOR
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REGIDORA REGIDOR
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REGIDORA REGIDOR
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REGIDORA REGIDOR
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REGIDORA REGIDOR
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REGIDOR REGIDOR
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REGIDOR
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En uso de las facultades que me confiere el artículo 60, fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica Municipal, tengo a bien promulgar el presente acuerdo del Municipio de. Francisco I. Madero Hidalgo, por lo tanto, ordeno se imprima, publique y circule para su exacta observancia y debido cumplimiento.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DE FRANCISCO I MADERO, HIDALGO
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PROFESOR. LUCAS PABLO GUZMÁN ISIDRO
RÚBRICA
Con fundamento y en uso de las facultades que me son conferidas por lo dispuesto en la fracción V del artículo 98 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, tengo a bien refrendar el presente Acuerdo del Municipio de Francisco I Madero Hidalgo.
Dado en Francisco I Madero Hidalgo; A los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil veinte.
SECRETARIO MUNICIPAL
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ING. SEVERINO AGUILAR LÓPEZ
RÚBRICA
Derechos Enterados. 21-05-2020
Periódico Oficial Alcance 2 del 26 de mayo de 2020
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