Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 5 del 25 de marzo de 2020
Edición: Alcance 5
Número: 12
Páginas: 9
Contenido:
Poder Judicial.- Acuerdo General 15/2020, tiene como finalidad, contribuir en la prevención del contagio del virus, reducir la morbilidad y, en su caso, atender con prontitud los problemas de contagio que se presenten, sin descuidar los servicios urgentes de justicia; por lo cual, se suspenden labores en los órganos jurisdiccionales, no jurisdiccionales, auxiliares y administrativos del Poder Judicial del estado de Hidalgo, a partir del día diecinueve de marzo hasta el ocho de abril de dos mil veinte.
AC15/2020-PCJPJEH
Instancia: Pleno del Consejo de la Judicatura.
Fecha: 18 de marzo de 2020
Acuerdo: 15/2020
ACUERDO GENERAL 15/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LA INSTITUCIÓN, EN RELACIÓN AL PROBLEMA GENERALIZADO DE SALUD DENOMINADO COVID-19.
C O N S I D E R A N D O S:
ACUERDO GENERAL
PRIMERO. El presente Acuerdo General tiene como finalidad, contribuir en la prevención del contagio del virus, reducir la morbilidad y, en su caso, atender con prontitud los problemas de contagio que se presenten, sin descuidar los servicios urgentes de justicia; por lo cual, se suspenden labores en los órganos jurisdiccionales, no jurisdiccionales, auxiliares y administrativos del Poder Judicial del estado de Hidalgo, a partir del día diecinueve de marzo hasta el ocho de abril de dos mil veinte.
SEGUNDO. Se suspenden los plazos y términos judiciales, comprendidos en el período que se establece en el artículo que antecede.
TERCERO. Se cancelan todos los eventos institucionales agendados para desarrollarse en las instalaciones del Poder Judicial, hasta en tanto no se tenga disposición oficial en contrario.
En las reuniones o sesiones estrictamente indispensables, se tomarán las medidas necesarias que se requieran, derivadas de la existencia del COVID-19, para su ejecución.
CUARTO. Se suspende el desahogo de audiencias y diligencias agendados para desarrollarse en salas, juzgados, órganos no jurisdiccionales, auxiliares y administrativos que conforman al Poder Judicial del estado de Hidalgo.
QUINTO. Quedan exceptuados de la medida señalada en el artículo anterior, los órganos jurisdiccionales, auxiliares y administrativos que se encuentren de guardia, exclusivamente para la atención de asuntos de carácter urgente o necesario, conforme a las disposiciones que rigen a la materia o labores de las cuales conocen.
SEXTO. De manera enunciativa, más no limitativa, los órganos jurisdiccionales, auxiliares y administrativos, deberán cubrir guardias para conocer de los asuntos siguientes:
Se suspende la atención al público, de los Consejos de Familia a efecto de proteger la integridad de las personas menores de edad, en salvaguarda del interés superior de la niñez y el derecho a la salud de las familias.
La medida señalada en la presente fracción, no suspende el trámite para el pago y cobro para pensiones alimenticias.
Las audiencias de juicio oral abiertas, no se suspenderán hasta la comunicación del fallo correspondiente.
De no ser posible llevar a cabo las audiencias privadas, se restringirá el acceso de las personas en las salas de oralidad, hasta en una mitad de su ocupación, debiendo ocupar los lugares una persona por cada tres asientos vacíos, dejando dos filas desocupadas por cada fila ocupada.
En el Fondo Auxiliar del Poder Judicial, en sus sedes ubicadas en los Distritos Judiciales de Pachuca de Soto, Tulancingo d Bravo, Tula de Allende, Ixmiquilpan y Tizayuca habrá guardias de lunes a viernes en un horario de 10:00 am a las 14:00 horas.
SÉPTIMO. Preferentemente las juzgadoras y juzgadores, desahogarán las audiencias urgentes o necesarias de manera privada, interviniendo únicamente las partes autorizadas y las personas servidoras públicas indispensables, o de ser posible a través de medios tecnológicos.
Ante tal situación se tomarán las medidas necesarias para salvaguardar la salud e integridad de los asistentes.
No se permitirá el acceso a las instalaciones del Poder Judicial a las personas que presenten síntomas relacionados con el COVID-19.
OCTAVO. Quedan exceptuadas de presentarse físicamente a las diligencias señaladas en el artículo que antecede, las personas servidoras públicas del Poder Judicial con enfermedades como el cáncer, la cardiopatía, la diabetes, hipertensión, enfermedades pulmonares crónicas y con inmunodeficiencias, los que tengan 60 años o más, así como las mujeres que se encuentren embarazadas o en período de lactancia.
NOVENO. En los casos en los que las personas servidoras públicas del Poder Judicial tengan que presentarse físicamente a los juzgados, salas u órganos para el desahogo de diligencias de carácter urgente, pero requieran de permisos para el cuidado de sus hijos, derivado de las medidas implementadas por las instituciones de educación, podrán hacer tal solicitud ante sus Titulares en coordinación con la Secretaria General.
DÉCIMO. Las guardias se llevarán en un horario de 10:00 am a 14:00 horas, privilegiando el trabajo a distancia, haciendo uso de la tecnología que se tenga al alcance.
En materia familiar, las guardias se llevarán a cabo de lunes a viernes, en un horario de 10:00 am a 12:00 horas.
DÉCIMO PRIMERO. Como ejercicio de responsabilidad institucional y ciudadana, se emiten las siguientes recomendaciones a las personas servidoras públicas del Poder Judicial:
DÉCIMO SEGUNDO. Las presentes medidas de actuación inmediata referidas en el presente Acuerdo, son temporales y podrán ser interpretadas, modificadas, actualizadas o suspendidas por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del estado de Hidalgo, de conformidad con las disposiciones oficiales emitidas.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del estado de Hidalgo y en la página de internet del Poder Judicial.
Licenciada Ariana Itzel Duarte Martínez, Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, certifica:
Que el acuerdo general 15/2020 por el cual se dan a conocer las medidas adoptadas por la institución en relación al problema generalizado de salud denominado COVID-19; fue aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión ordinaria celebrada el día dieciocho de marzo de dos mil veinte, por unanimidad de votos de la Consejera Presidenta Blanca Sánchez Martínez y de los Consejeros: Lidia Noguez Torres, Mario Ernesto Pfeiffer Islas, Hibels José Luis Crespo García y Víctor Juárez González. Pachuca de Soto, Hidalgo, dieciocho de marzo de dos mil veinte. -Rúbrica.
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Periódico Oficial Alcance 5 del 25 de marzo de 2020
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