Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 15 del 28 de febrero de 2020
Edición: Alcance 15
Número: 8
Páginas: 85
Contenido:
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que contienen las Reglas de Operación correspondientes al Proyecto Centros de Atención Infantil Comunitarios (C.A.I.C.).
LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE NOS CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 31, 33 FRACCIÓN IX Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO, Y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que derivado de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se estableció una Agenda denominada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible“, de la México es Estado Parte, que entró en vigor el 1 de enero de 2016, cuyo Objetivo 4:Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos, cuya meta que correspondiente es “Velar por que todas las niñas y todos los niños tengan acceso a servicios de atención y desarrollo en la primera infancia y a una enseñanza preescolar de calidad, a fin de que estén preparados para la enseñanza primaria”.
SEGUNDO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo tercero Fracc. II, inciso e, En las escuelas de educación básica de alta marginación, se impulsarán acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario. Asimismo, se respaldará a estudiantes en vulnerabilidad social, mediante el establecimiento de políticas incluyentes y transversales. Fracción X, inciso f “Sugerir elementos que contribuyan a la mejora de los objetivos de la educación inicial, de los planes y programas de estudio de educación básica y media superior, así como para la educación inclusiva y de adultos.
TERCERO. Que la Ley General de Educación, Artículo 2. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional. Así mismo agrega en el Artículo 6. “Todas las personas habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior. Es obligación de las mexicanas y los mexicanos hacer que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años asistan a las escuelas, para recibir educación obligatoria, en los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo. La educación inicial es un derecho de la niñez; es responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia y garantizarla conforme a lo dispuesto en la presente Ley”.
CUARTO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016 – 2022, el concepto que expresa en el rubro 3.2 relativo a Educación de relevancia y equipada, es “Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas.
QUINTO. Que la Ley de Educación del Estado de Hidalgo en sus Artículos 3º y 4º-, que a la letra refieren, “El Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de las y los educandos, para que su población pueda cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la Ley General de Educación y la presente ley, respetando y favoreciendo el desarrollo de la población hidalguense y de los pueblos y comunidades indígenas del Estado” y “ Todas las personas que habiten en el Estado, deben cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior”.
SEXTO. Que la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en su Artículo 1. Señala “La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional y tiene por objeto establecer la concurrencia entre la Federación, los Estados, los Municipios, la Ciudad de México y las alcaldías de sus demarcaciones territoriales, así como la participación de los sectores privado y social, en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, garantizando el acceso de niñas y niños a dichos servicios en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuadas, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos”, asimismo, en su Artículo 9 menciona “Niñas y niños tienen derecho a recibir los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad e individualidad con el fin de garantizar el interés superior de la niñez”.
Por lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
QUE CONTIENEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CENTROS DE ATENCIÓN INFANTIL COMUNITARIOS (C.A.I.C.)
Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá como:
El proyecto denominado Centros de Asistencia Infantil Comunitarios (C.A.I.C.) es una estrategia coordinada entre Sistema DIF Nacional y Sistema DIF Hidalgo para enfrentar los riesgos de abandono temporal debido al trabajo remunerado de padres o tutores. Este esquema aplica a nivel nacional desde 1977 atendiendo a niños y niñas que pertenecen a familias que enfrentan mayores adversidades para su desarrollo, por lo general hijos(as) de madres trabajadoras, alentando el ejercicio de sus derechos.
En el año 2001 se implementó este proyecto en la ciudad de Pachuca, mediante la apertura de 4 centros: Atorón, Bomberos, Matilde y San Bartolo, los cuales beneficiaron a niños y niñas que provenían de familias de escasos recursos, proporcionándoles atención integral con protección durante 8 horas con acceso a desayuno y comida, mientras sus padres se encontraran laborando. Al siguiente, año se promovió el proyecto (C.A.I.C) en 28 municipios informando sobre los beneficios que tendrían aquellas familias que no contaban con seguridad social, beneficiando principalmente a niños y niñas de 2 a 5 años para su cuidado, siendo este bien recibido a través de los Sistemas DIF Municipales.
Que en marzo de 2005 se realiza un convenio con la SEPH, mediante el cual se otorga la validez con carácter oficial a la educación preescolar que se imparte en los (C.A.I.C) adquiriendo el compromiso de llevar cabo la normatividad y lineamientos de los programas de educación preescolar.
Entre las problemáticas que enfrentan padres y madres de familia que tienen hijos menores de 6 años, es el horario de atención que se brinda en las escuelas de educación preescolar, en donde únicamente proporcionan atención de 3 horas, o en el caso de escuelas particulares tienen horario de 8 horas en promedio, pero con altos costos. Ante estos efectos, las madres y padres de familia carecen de un espacio en donde puedan atender a sus hijos sin riesgo de sufrir maltrato físico o psicológico. De ahí que el Sistema DIF Hidalgo, en coordinación con el DIF Nacional, apoya a este grupo de población a través de 2 servicios específicos: CAIC y CADI, con objeto de apoyarles en el cuidado y protección de sus hijos contribuyendo de manera indirecta a elevar su calidad de vida.
Actualmente se cuenta con 85 CAIC en 52 municipios y 1 CADI ubicado en Tepehuacán de Guerrero.
3 .1 Objetivo General
Brindar apoyo a padres y madres trabajadoras que ganan menos de dos salarios mínimos, cuenten con el servicio de Centros de Atención Infantil Comunitarios C.A.I.C. y de Centros de Asistencia para el Desarrollo Infantil C.A.D.I. para sus hijos con edades de 45 días de nacidos a 5 años 11 meses, a fin de que continúen con sus actividades laborales.
3.2 Objetivos Específicos
4.1 Cobertura geográfica
El Proyecto Centros de Atención Infantil Comunitarios C.A.I.C. y de Centros de Asistencia para el Desarrollo Infantil C.A.D.I. aplica en el Estado de Hidalgo.
4.2 Población objetivo
Mujeres y hombres trabajadores que solicitan el servicio de CAIC y CADI, ganan menos de dos salarios mínimos y tienen hijos con edades de 45 días a 5 años 11 meses, continúan en sus actividades laborales.
4.3 Criterios de elegibilidad y Requisitos de beneficiarios
4.3.1 Focalización
El Proyecto está dirigido a mujeres y hombres trabajadores que radiquen en los municipios del Estado de Hidalgo, cuya percepción económica sea menor a dos salarios mínimos y tienen hijos con edades de 45 días a 5 años 11 meses,
4.3.2 Proceso de Selección
Madres, padres, tutores(as) o cuidadores(as) se sujetarán al siguiente proceso:
Para acceder al servicio, deberán presentarse documentos en original de:
El beneficio se restringirá cuando:
4.4.1 Modalidades de los beneficios
La madre, padre, tutor(a) o cuidador(a) recibirán:
4.4.2 Cuotas de recuperación
De acuerdo a la publicación de fecha 31 de diciembre de 2019 en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo en el Artículo Único del Decreto 299 que aprueba las cuotas y tarifas del organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado Sistema DIF Hidalgo para el ejercicio fiscal del año 2020, señala las cuotas de recuperación para los servicios asistenciales de los CA.I.C. y C.A.D.I., de acuerdo a la siguiente tabla:
No. | Concepto | Cuota Nivel 1 | Cuota Nivel 2 | Unidad de Cobro | Unidad de Medida |
Servicio Integral para niños menores de 6años CAIC | |||||
21 | Centro de Asistencia Infantil Comunitario (CAIC) | 345.00 | 345.00 | Pesos | Cuota de recuperación (mensual) |
22 | Centro de Asistencia Infantil Comunitario (CAIC) | 288.00 | 288.00 | Pesos | Cuota de recuperación de inscripción (anual) |
4.5.1 Derechos de los Beneficiarios
Los beneficiarios tendrán los siguientes beneficios:
4.5.2 Derechos de las niñas y los niños adscritos al C.A.I.C. o C.A.D.I.
Las niñas y niños que asistan al centro asistencial tendrán los siguientes derechos:
4.5.3 Derecho de las instancias normativas
Las instancias normativas tendrán los siguientes derechos:
4.5.3.1. Del Sistema Nacional DIF:
4.5.3.2 Del Sistema DIF Hidalgo
4.5.3.3 De la Secretaria de Educación Pública
4.5.4 Derechos del Sistema DIF Hidalgo como instancia normativa
4.5.5 Derechos Sistemas DIF Municipales como instancias ejecutoras
La instancia ejecutora tendrá los siguientes derechos:
4.6.1 Obligaciones de la población beneficiaria
Los beneficiarios del proyecto tendrán las siguientes obligaciones:
4.6.2 Obligaciones de la Instancia Normativa
Las instancias normativas tendrán las siguientes obligaciones:
4.6.2.1. Obligaciones del Sistema DIF Nacional
4.6.2.2. Obligaciones del Sistema DIF Hidalgo
4.6.2.3. Obligaciones de la Secretaría de Educación Pública
4.6.3 Obligaciones del Sistema DIF Municipal como Instancia Ejecutora
La integración del padrón de beneficiarios se hace conforme a lo establecido en los Lineamientos para la integración del Padrón Único de Beneficiarios, donde señala que su ámbito de aplicación es de observancia general para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipales. Así mismo, en concordancia con los términos establecidos en el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, como una herramienta de información y análisis que integrará de forma estructurada y sistematizada la información objetiva y eficiente respecto de los Programas a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública.
En este antecedente, la instancia operativa o ejecutora del proyecto asistencial (Sistema DIF Hidalgo o Sistema DIF Municipal), alimentará el padrón en la base del Sistema de Información Estadística de Beneficiarios (SIEB) y el Sistema de Información Financiera y Administrativa (SIFAP), mediante la captura permanente con cortes mensuales de los datos de la de la población beneficiada: CURP, Nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nombre de la Escuela, localidad, municipio, tipo de apoyo otorgado, a efecto de cumplir en tiempo y forma con la información solicitada por las entidades globalizadoras, conforme a los criterios de eficiencia, eficacia, economía y transparencia establecidos por el Gobierno del Estado.
La información de este padrón se publicará conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Los datos de la población beneficiaria serán protegidos en términos de los principios de protección de datos personales contenidos en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo, por lo que la información contenida en el sistema informático será de uso confidencial.
4.8.1. Para el Municipio
4.8.2 Para el Beneficiario
5.1 Instancia Normativa
Son las instancias facultadas para normar el desarrollo del Proyecto en los C.A.I.C. y C.A.D.I. Estatales y Municipales, así como para interpretar las presentes Reglas de Operación:
Para dar consecución al proyecto, se establece coordinación con las siguientes Instancias:
7.1 Proceso
En la aplicación de las actividades operativas del proyecto, se identifica el siguiente:
7.2 Proceso de apertura de un C.A.I.C. o C.A.D.I.
7.3 De la Fachada del C.A.I.C. o C.A.D.I.
Abajo de los Logos, rotular Centro de Atención Infantil Comunitario o Centro Asistencial de Desarrollo Infantil según imagen anexa (seguir tipo de letra)
Nombre del C.A.I.C. o C.A.D.I.
Clave de Centro de Trabajo
Los colores para el cuerpo del edificio o muro es Pantone Cool Gray 1CP Cenefa Azul Media Noche Pantone 303 CP de abajo hacia arriba de 1 mt.
Cenefa Rosa Pantone 1915 CP de abajo hacia arriba de 7 a 8 cm.
7.4 Del personal que labora en C.A.I.C. o C.A.D.I
7.5 Del Uniforme de las niñas y niños que asistan al C.A.I.C. o C.A.D.I.
El uniforme constará de lo siguiente:
7.6 Proceso de entrega-recepción
Cuando exista cambio de administración en los municipios se deberá considerar lo siguiente:
7.7 Diagrama de Flujo Operatividad del Proyecto
7.8 Diagrama de Flujo del Proceso de selección
7.9 Diagrama de Flujo del Trabajo Cotidiano en el C.A.I.C. o C.A.D.I.
8.1 Matriz de Indicadores
8.2 Evaluación, seguimiento y monitoreo, respecto a la operatividad del proyecto
Con el propósito de contar con elementos para el fortalecimiento permanente del proyecto de Centros de Asistencia Infantil Comunitarios (C.A.I.C.), así como para contribuir con la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos asignados, se llevarán a cabo procesos de seguimiento y supervisión a la operatividad del proyecto sobre los procesos operación y resultado del servicio otorgados.
Este proyecto será objeto de cualquier tipo de evaluación, seguimiento y monitoreo interno y externo, de acuerdo con el Programa anual de Evaluación.
9.1 Control y Auditoría
Este proyecto se responsabiliza de proporcionar a las Instancias fiscalizadoras la información necesaria para realizar, en el momento que lo considere pertinente, las auditorias, revisiones o visitas de inspección de acuerdo a los programas anuales de auditorías, así como dar atención a las recomendaciones realizadas por dichas instancias.
9.2. Difusión
Las presentes Reglas de Operación serán publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, así mismo el padrón de Beneficiarios se encuentra disponible en el portal de transparencia de gobierno del Estado, conforme a lo previsto en la ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública.
9.3 Rendición de cuentas
El recurso del Proyecto del C.A.I.C. y C.A.D.I. dependientes del Sistema DIF Hidalgo, proviene de Ingresos por venta de bienes y otros servicios, el cual es destinado para la adquisición de mobiliario y equipo, pago de renta de dos espacios, pago de servicios de energía eléctrica, teléfono, gas, agua y el mantenimiento de los inmuebles (pintura, herramientas, material de construcción, viáticos y pasajes terrestres para realizar visitas de campo, combustible para el vehículo asignado e insumos para su mantenimiento). Las cuotas por concepto de inscripción y mensualidades recibidas en los C.A.I.C. y C.A.D.I. ubicados en los municipios, serán destinadas para la compra de insumos para la preparación de los alimentos que consumen las y los hijos de las personas beneficiarias del Proyecto C.A.I.C. y C.A.D.I.
La población beneficiada podrá realizar quejas, denuncias y sugerencias en los casos en los que se vean afectados los derechos que las presentes Reglas de Operación le otorgan como beneficiarios del Proyecto C.A.I.C. Para tal efecto, se recibirá cualquier queja o denuncia en:
Boulevard Everardo Márquez, Esq. Con Avenida Revolución S/N Col. Periodistas
C.P.42060 Pachuca, Hgo.
Tel. 1072357
Plaza Bartolomé de Medina núm. 104 departamento 2
C.P.42050 Pachuca, Hgo.
Tel. 1531793
Dentro de los C.A.I.C. o C.A.D.I. se conformarán los Consejos Escolares de Participación Social, quienes son: instancias de participación social en la educación para participar en actividades que ayuden a fortalecer la equidad y ampliar los servicios educativos. Tienen la obligación de registrarse y presentar un Plan de Trabajo con base a lo siguiente:
Realizando por escrito al final del ciclo escolar la rendición de cuentas a la comunidad escolar.
Las acciones institucionales respecto al uso y operación de los proyecto sociales durante los comicios se apegarán a los mandatos constitucionales y legales, que establece Programa de Blindaje Electoral (PBE), cuya política de blindaje protege la integridad del proceso electoral y busca impedir el uso inadecuado de los programas sociales, con el fin de evitar que los mismos sean utilizados con fines político-electorales y a efecto de no vulnerar el principio de imparcialidad durante los comicios, a través de los siguientes objetivos:
Lo anterior, mediante la aplicación de los principios constitucionales que rigen el servicio público: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; para así, combatir la corrupción e incentivar la transparencia y la rendición de cuentas.
13.1 Formato de Datos Generales del Inmueble
13.2 Formato de Personal Educativo
13.3 Formato de Seguimiento del Proyecto CAIC
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO: Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
Dado en la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veinte, en la Primera Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo, mediante Acuerdo S.E./I/2020/10.
POR LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA DIF HIDALGO
LIC. MARCELO RENÉ ESCAMILLA MARTÍNEZ
PRESIDENTE SUPLENTE SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL RÚBRICA |
CONSEJEROS
LIC. JUAN JOSÉ LARA RAMÍREZ
CONSEJERO SUPLENTE DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA RÚBRICA |
L.C. IRMA ILIANA HIDALGO LUGO
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS RÚBRICA |
ING. ANA PILAR RODRÍGUEZ MOEDANO
CONSEJERA SUPLENTE DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA RÚBRICA |
MTRA. JUANA PLACENCIA CAMPOS
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA RÚBRICA |
LIC. DIDIER JAQUELINE PÉREZ ALDANA
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO RÚBRICA |
C. MÓNICA NALES MICHAUS
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE SALUD RÚBRICA |
NOTA: ESTAS FIRMAS CORESPONDEN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO CENTROS DE ATENCIÓN INFANTIL COMUNITARIOS (C.A.I.C.)
Derechos Enterados.28-02-2020
Periódico Oficial Alcance 15 del 28 de febrero de 2020
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