Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 16 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 16
Número: 8
Páginas: 88

Contenido:


Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que contiene las Reglas de Operación correspondientes al Proyecto de Atención Psicológica.

LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE NOS CONFIEREN LOS ARTICULOS 31,33 Y DEMÁS RELATIVOS A LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO, ASI COMO EL ARTICULO 14 DE LA LEY DE ENTIDADES PARA ESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que las Naciones Unidas en la Asamblea General de 2016, en la que México  funge como Estado Parte, se estableció la Agenda “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, que integra 17 Objetivos, cuyo Objetivo 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades, se encuentra en concordancia con lo establecido por la  OMS La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades (1984).

 

SEGUNDO. Que la salud es un derecho  de los mexicanos reconocido en la Constitución Política, así como la salud mental, atendiendo a  lo establecido en la Ley General de Salud del estado de Hidalgo, en el entendido que la atención psicológica es una necesidad que deberá ser otorgada para favorecer el sano desarrollo de los individuos de los diferentes grupos etarios, sin distinción de raza y condición social, considerándola como factor fundamental del desarrollo humano, siendo éste un servicio facilitado y garantizado  por el Estado.

 

TERCERO. Que de acuerdo con el Artículo 7 de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Hidalgo vigente, tienen derecho a la asistencia social los individuos, familias o grupos en situación de vulnerabilidad o en riesgo que, por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales, requieran de servicios especializados de forma temporal para su protección y bienestar.

 

CUARTO.  Que la Misión y Visión del Sistema DIF Hidalgo, contempla el apoyo asistencial dirigido a personas, familias o grupos, reconociendo que la situación de vulnerabilidad de la población asistida, es el resultado de factores internos y externos que dinámicamente influyen en el comportamiento, de ahí que se considere abordar diferentes problemáticas que perjudican las relaciones interpersonales.

 

QUINTO. Que el Proyecto Atención Psicológica tiene como propósito contribuir a la estabilidad emocional de los hidalguenses, mediante acciones de orientación y psicoterapia a nivel individual, de pareja y familiar, con el propósito de que las personas atendidas, empleen de manera óptima sus recursos emocionales, propiciando en la medida de lo posible un equilibrio en la persona y por ende, en la familia.

 

SEXTO. Que a través de sus dos componentes esenciales: Atención Psicológica y Orientación, se contempla el otorgamiento de servicios basados en respeto a los derechos humanos de las personas, considerando la igualdad y equidad de oportunidades y sus familias, potencializando sus capacidades de tal manera que tomen decisiones asertivas en su beneficio, favoreciendo su bienestar emocional y psicológico, con lo cual podrán responder a las demandas que se presentan en la vida cotidiana.

 

SÉPTIMO. Que la atención psicológica contempla establecer un proceso de atención con cada beneficiario conforme a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998 Del expediente clínico, y en la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.

 

OCTAVO. Que de acuerdo con el Artículo 51 del Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo, los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación, las cuales deberán ser publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico

Oficial.

 

Por lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CONTIENE LAS REGLAS DE OPERACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA.

 

1.- GLOSARIO DE TÉRMINOS

  1. Atención Psicológica: Otorgar servicios profesionales dirigidos a la población beneficiaria, a través de acciones de psicoterapia y orientación, a fin de contribuir al desarrollo humano de la población asistida.

 

  1. Beneficiarios: Personas que obtienen un beneficio, en este caso la atención psicológica.

 

  1. Bienestar emocional: El bienestar emocional se refiere a la habilidad de manejar las emociones, lo que no significa reprimirlas sino en sentirse cómodo al manifestarlas, y hacerlo de forma apropiada. Una realidad es que las personas con capacidad para resolver los conflictos y las tensiones, y saber transitar por los transes dolorosos o penosos, además tienen la flexibilidad suficiente como para disfrutar más de la vida.

 

  1. Bienestar psicológico: El bienestar psicológico es resultado de una evaluación personal y subjetiva, la que puede provenir de percepciones o satisfacciones diversas, en lo financiero, en lo profesional, en lo sentimental, pero también en la percepción directa e indirecta que no se tienen disturbios mentales.

 

  1. Canalización: Documento mediante el cual se solicita atención entre instituciones.

 

  1. Confidencialidad: La confidencialidad es la garantía de que la información personal será protegida para que no sea divulgada sin consentimiento de la persona. Dicha garantía se lleva a cabo por medio de un grupo de reglas que limitan el acceso a esta información.

 

  1. Depresión: Trastorno mental frecuente y una de las principales causas de discapacidad en todo el mundo. Afecta a más de 300 millones de personas en todo el mundo, con mayor prevalencia en las mujeres que en los hombres.

 

  1. Equilibriopsicoemocional: Respuestas emocionales adecuadas que un individuo brinda hacia el entorno que lo rodea.

 

  1. Expediente Clínico: Es un documento legal y confidencial, en el que se integran los datos necesarios para formular los diagnósticos, establecer el tratamiento médico y planificar los cuidados de enfermería. Es útil también para apoyar los programas de enseñanza, así como estudios clínicos y estadísticos.

 

  1. Orientación Psicológica: Es el primer contacto con un psicólogo en el que se lleva a cabo una acción preventiva, o alternativas de acción.

 

  1. Paciente: La palabra pacientees de origen latín “patiens” que significa “sufriente” o “sufrido”. El paciente es aquella persona que sufre de dolor y malestar y, por ende, solicita asistencia médica o está sometida a cuidados profesionales para la mejoría de su salud, o se encuentran en un proceso terapéutico por presentar problemas emocionales.

 

  1. Paciente Psiquiátrico: Es un individuo que requiere de intervención psiquiátrica y médica para prevenir el desarrollo de su enfermedad mental.

 

  1. Problemática Social Un problema social es un problema que influye en un número considerable de personas dentro de una sociedad.

 

  1. Proyecto: Proyecto de atención psicológica.

 

  1. Psicoterapia: La psicoterapia es un tratamiento de colaboración basado en la relación entre una persona y el psicólogo. Como su base fundamental es el diálogo, proporciona un ambiente de apoyo que le permite hablar abiertamente con alguien objetivo, neutral e imparcial. Usted y el psicólogo trabajarán juntos para identificar y cambiar los patrones de pensamiento y comportamiento que le impiden sentirse bien. Al concluir el tratamiento, no solo habrá resuelto el problema que le trajo a la consulta, sino que además, habrá aprendido nuevas destrezas para enfrentar con mayor efectividad cualquier desafío que pueda surgir en el futuro.

 

  1. Salud Mental: Un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. (OMS) .
  2. Trastorno o enfermedad mental: Hay una gran variedad de trastornos mentales, cada uno de ellos con manifestaciones distintas. En general, se caracterizan por una combinación de alteraciones del pensamiento, la percepción, las emociones, la conducta y las relaciones con los demás.

 

  1. Trauma: Se denomina trauma psíquico o trauma psicológico tanto a un evento que amenaza profundamente el bienestar o la vida de un individuo, como a la consecuencia de ese evento en el aparato, estructura mental o vida emocional del mismo.

 

  1. Vulnerabilidad: Tiene distintas acepciones:
  2. La vulnerabilidad humana. Es el grado en que las personas pueden ser susceptibles a las pérdidas, los daños, el sufrimiento y la muerte, en casos de desastre o siniestro. Se da en función de las condiciones físicas, económicas, sociales, políticas, técnicas, ideológicas, culturales, educativas, ecológicas e institucionales. La vulnerabilidad se relaciona con la capacidad de un individuo o de una comunidad para enfrentar eventos peligrosos o dañinos específicos en un momento dado.
  3. La vulnerabilidad social. Según las investigaciones de Cruz Roja Española, tiene dos componentes explicativos. Por una parte, la inseguridad y la indefensión que experimentan las comunidades, grupos, familias e individuos en sus condiciones de vida a consecuencia del impacto provocado por algún tipo de evento natural, económico y
  4. En personalidad. Por “vulnerabilidad” se entiende las características de una persona o grupo desde el punto de vista de su capacidad para anticipar, sobrevivir, resistir y recuperarse del impacto de una amenaza natural, implicando una combinación de factores que determinan el grado hasta el cual la vida y la subsistencia de alguien queda en riesgo por un evento distinto e identificable de la naturaleza o de la sociedad.1 Este se refiere al comportamiento humano ratificado en la variación de actitudes perdiendo o no un poder o dominio.

 

2.- INTRODUCCIÓN

El ser humano, por su naturaleza misma, pasa por diferentes etapas en su desarrollo, tanto individual como familiar y social, etapas en las cuales presenta cambios, mismos que pueden afectar su estado emocional y su relación con el entorno.  Asimismo, algunas personas tienen o manifiestan características particulares que les hacen más sensibles a presentar algún tipo de trastorno mental, o bien han vivido experiencias traumáticas que pueden derivar en padecimientos tales como: trastornos de angustia, depresión, conflictos en las relaciones interpersonales, trastornos adaptativos y trastornos psicosomáticos, entre otros.

 

La atención psicológica implica un proceso de acompañamiento a la persona, con la finalidad de que ésta, encuentre por sí misma opciones que le permitan vivir en equilibrio.

 

Los pacientes que se atienden en la subdirección de Atención Psicológica, presentan una problemática que rebasa su capacidad para enfrentar situaciones cotidianas; en el momento que “no saben qué hacer”, solicitan apoyo psicológico, de ahí que padres de familia cuyos hijos presentan problemas de comportamiento, hombres y mujeres de diferentes edades que presentan problemas emocionales, parejas con problemas de comunicación, personas que han perdido a algún familiar, o aquellos que son referidos por las diferentes áreas del sistema DIF Hidalgo o alguna otra institución, requieren de una atención especializada que les permita encontrar los recursos internos y sociales correspondientes, a fin de mejorar su calidad de vida.

 

3.- OBJETIVOS

3.1 Objetivo General

 

Contribuir en la atención de la población del Estado de Hidalgo, que presenta problemas de salud mental, a fin de mejorar sus habilidades de afrontamiento.

3.2 Objetivo Específico

Otorgar consultas psicológicas a las y los solicitantes del servicio, con el propósito de favorecer su equilibrio psicoemocional.

 

4.- LINEAMIENTOS GENERALES

4.1.  Cobertura Geográfica

Será a nivel estatal con personas de cualquiera de los 84 municipios del Estado de Hidalgo, que acudan a las oficinas de la Subdirección de Atención Psicológica instaladas en Salazar 100, Colonia Centro, Pachuca Hidalgo.

 

4.2.  Población Objetivo

Personas que vivan en el Estado de Hidalgo que soliciten el servicio de atención psicológica, en condición de vulnerabilidad económica y social.

4.3. Criterios de Elegibilidad y Requisitos del Beneficiario

4.3.1 Focalización

niñas y niños mayores de 6 años, adolescentes, jóvenes, adultos que presenten problemáticas que afecten su salud mental, que vivan en el Estado de Hidalgo, que no cuenten con recursos económicos que les permita acudir con un psicólogo, o que no cuenten con servicios de salud.

4.3.2.  Proceso de Selección

Para recibir el servicio de atención psicológica, las personas deberán acudir a solicitar el servicio de atención psicológica o ser canalizados por alguna instancia, debiendo reunir las siguientes características:

  1. Niñas y niños mayores de 6 años, cuyos padres de familia soliciten el servicio;
  2. No recibir atención psicológica en otra dependencia o de manera privada de manera simultánea; y
  3. Personas con problemáticas emocionales, familiares, escolares, de pareja, sexuales o conductuales.

 

4.3.2.1 Requisitos

Las personas que soliciten la atención psicológica, deberán cubrir los siguientes requisitos:

  1. En caso de ser canalizado por otra área del DIF Hidalgo, o de otra dependencia, presentarse y entregar el oficio de canalización; (anexo 1)
  2. Llenar en la Subdirección de Atención Psicológica, el formato de Ficha de Identificación (anexo 2) del solicitante y firmar de conformidad previa lectura del reglamento interno del servicio, para los pacientes iniciales;
  3. Cubrir la cuota de recuperación correspondiente a la consulta inicial, en la Caja General del Sistema DIF Hidalgo;
  4. Tratándose de consulta subsecuente y como resultado de la aplicación de la Evaluación Económica Personal cubrirá la cuota de recuperación correspondiente; y
  5. Presentar copia de su Clave Única del Registro de Población (CURP), en la consulta inicial.

 

4.3.2.2 Restricciones

Son las condiciones específicas que excluye a la población que, aun cumpliendo con las características, no se les otorga el beneficio:

 

  1. A los pacientes con alteraciones psiquiátricas debido a que, no se cuenta con la infraestructura ni el personal especializado en la materia;
  2. A las personas que estén recibiendo atención psicológica en otra dependencia o de manera privada;
  3. Aquellas personas que padezcan enfermedad mental crónica degenerativa no atendida médicamente;
  4. A las personas que acudan en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga;
  5. Niñas y niños que no han cumplido los de 6 años de edad;
  6. La persona que solicite el servicio deberá ser mayor de edad; y
  7. Cuando se presente un niño, niña, adolescentes o persona con discapacidad a solicitar el servicio deberá presentarse acompañado de su padre/madre/tutor o representante legal.

4.4 Características de los Apoyos

4.4.1 Tipo o Modalidades de los beneficios

El proyecto de Atención Psicológica proporciona las siguientes modalidades en la prestación del servicio:

  1. Consulta de Orientación. Consiste en la consulta inicial que el paciente tiene con el psicólogo, así como aquellas en las que por las características propias del caso sólo se realizan algunas acciones preventivas o se proporcionan al beneficiario alternativas de acción; y
  2. Consulta de Terapia Psicológica. Consulta en donde se aplican un conjunto de técnicas y procesos por parte del profesional de la psicología hacia el paciente con el objetivo de mejorar la calidad de vida de éste, mediante una modificación de su conducta, pensamientos, actitudes o afectos.

 

Cada consulta tendrá una duración de 50 a 60 minutos, tiempo durante el cual se aplicarán las técnicas y estrategias correspondientes de acuerdo a la modalidad.

A cada solicitante del servicio de manera inicial o subsecuente se le programará una cita, de acuerdo a la disponibilidad de la agenda de trabajo de la psicóloga correspondiente, indicándole la fecha y hora de la consulta.

 

4.4.2 Cuota de Recuperación Cargo de la Población Beneficiaria

La cuota de recuperación que cubre el beneficiario del servicio, se determina mediante la conforme a la siguiente tabla.

 

SERVICIO CUOTA DE RECUPERACIÓN
Mínima Máxima Observaciones
ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA (Consulta Inicial o acciones preventivas) $2.00 $10.00 Por consulta
TERAPIA PSICOLÓGICA $20.00 $35.00 Por consulta

 

4.5 Derechos y Obligaciones de Beneficiarios, Instancia Normativa, Coordinadora y Ejecutora.

 

4.5.1. Derechos de la Persona Beneficiaria

  1. Solicitar y recibir de manera oportuna y clara, la información respecto a trámites y requisitos para acceder a los Servicios de Atención Psicológica;
  2. Recibir del personal adscrito al Sistema DIF Hidalgo un trato un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación en atención a los derechos humanos que le asisten;
  3. Tener acceso a la información que le proporcionará el área de Atención Psicológica y la modalidad en la que será atendida;
  4. Recibir por el personal que proporciona el servicio de atención psicológica un trato respetuoso, digno, honesto y ético, con equidad y bajo la perspectiva de género; y
  5. Que los datos personales recabados en su expediente personal, sean resguardados bajo estricta confidencialidad.

 

4.5.1.2 Derechos de la Instancia Ejecutora

  1. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de los beneficiarios, en apego a sus derechos humanos; y
  2. Solicitar información personal necesaria, para el adecuado proceso de atención e intervención del paciente.

 

4.5.2 Obligaciones de los Beneficiarios e Instancia Ejecutora

4.5.2.1 Los Beneficiarios del Proyecto

Las Personas beneficiadas a través de la ejecución de Proyectos atenderán los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, así como los que determinen las Instancias Ejecutoras y la Instancia Normativa, entre los que podrá figurar la siguiente información

  1. Cumplir dentro del marco de la corresponsabilidad con la normatividad y el Reglamento para las personas que acuden al servicio de Atención Psicológica;
  2. Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, datos que le sean requeridos durante su proceso de Atención Psicológica;
  3. Responsabilizarse del uso de los materiales que le sean proporcionados para su atención;
  4. Asistir de manera puntual a sus citas, o bien notificar vía telefónica o presencial sobre la cancelación de la cita programada; y
  5. Mostrar respeto por el personal que le atiende en el área de Atención Psicológica.

 

4.5.2.2 Obligaciones de las Instancias Ejecutoras

Las instancias ejecutoras tendrán las siguientes obligaciones:

  1. Cumplir en tiempo y forma con las disposiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación;
  2. Otorgar un trato respetuoso, digno, honesto y ético, y con perspectiva de equidad de género.
  3. Que el personal adscrito a la subdirección de Atención Psicológica, tenga licenciatura en la carrera de Psicología, con título y cédula profesional;
  4. Informar al solicitante del servicio, de forma clara y oportuna, acerca de los trámites y requisitos para acceder al Servicio de Atención Psicológica;
  5. Notificar a la persona beneficiaria del servicio que deberá cubrir la cuota de recuperación de $ 10.00 (Diez pesos 00/100 M.N), correspondiente a su consulta inicial, que deberá depositar en la Caja General del Sistema DIF Hidalgo;
  6. Informar a la persona beneficiaria del servicio, que posteriormente a su asistencia a consulta inicial, se aplicará Evaluación Económica Personal, a fin de determinar la cuota de recuperación; que pagará durante el tiempo que dure su tratamiento en caso de que se le asignen consultas subsecuentes;
  7. Informarle el nombre del profesional que le atenderá;
  8. Atender de forma oportuna y con calidad a los beneficiarios, garantizando el respeto de sus derechos humanos;
  9. Informar la periodicidad de las citas a las que deberá acudir, señalando claramente fecha y hora; y
  10. Resguardar la confidencialidad de los datos personales recabados.

 

4.5.3. Padrón de Beneficiarios

La integración del Padrón de beneficiarios se hace conforme a lo establecido en los Lineamientos para la integración del Padrón Único de Beneficiarios, donde señala que su ámbito de aplicación es de observancia general para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipales.

 

Así mismo, en concordancia con los términos establecidos en el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, como una herramienta de información y análisis que integrará de forma estructurada y sistematizada la información objetiva y fehaciente respecto de los Programas a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública.

 

En este antecedente, la instancia operativa o ejecutora del proyecto asistencial (Sistema DIF Hidalgo o Sistema DIF Municipal), alimentará el padrón en la base del Sistema de Información Estadística de Beneficiarios (SIEB) y el Sistema de Información Financiera y Administrativa (SIFAP),  mediante la captura permanente con cortes mensuales de los datos de la de la población beneficiada: CURP, Nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nombre de la Escuela, localidad, municipio, tipo de apoyo otorgado, a efecto de cumplir en tiempo y forma con la información solicitada por las entidades globalizadoras, conforme a los criterios de eficiencia, eficacia, economía y transparencia establecidos por el Gobierno del Estado.

 

La información de este padrón se publicará conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la información pública y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 

Los datos personales recabados serán protegidos en términos de los principios de protección de datos personales contenidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo.

 

4.6 Causas de la Suspensión del Apoyo y Sanciones.

4.6.2 Para el Beneficiario

Serán causas de suspensión del servicio, las siguientes:

  1. Acumular tres inasistencias consecutivas, en las que no se notifique o cancele la cita correspondiente en la Subdirección de Atención Psicológica;
  2. Cuando no existe un adecuado compromiso terapéutico por parte del paciente; y
  3. Cuando se detecta duplicidad de la atención psicológica, es decir, cuando esté siendo atendido de manera simultánea en otra instancia.

 

5.-   INSTANCIAS PARTICIPANTES

5.1 Normativa

Le corresponde al Sistema DIF Hidalgo, a través de la Subdirección General de Asistencia, Protección Social y Rehabilitación, la facultad para normar el desarrollo de los trabajos inherentes al componente de la Atención Psicológica, así como para interpretar las presentes Reglas de Operación.

 

5.2 Ejecutora

 

La instancia ejecutora responsable, es la Subdirección de Atención Psicológica, perteneciente a la Subdirección General de Asistencia Protección Social y Rehabilitación del Sistema DIF Hidalgo.

 

  1. COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

6.1 Coordinación Intrainstitucional

 

Dentro del Sistema DIF Hidalgo, se reciben las solicitudes hechas por las diferentes áreas para que sean atendidos los casos referidos para atención psicológica.

Así mismo, para referir a los beneficiarios que por las características propias de su caso requieran de la intervención de:

  1. Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia;
  2. Dirección de Protección a la Niñez y la Adolescencia;
  3. Dirección de seguimientos y acuerdos;
  4. Subdirección de Audiencia Pública; y
  5. Subdirección General de Asistencia Protección Social y Rehabilitación del Sistema DIF Hidalgo.

 

6.2 Coordinación Interinstitucional

Con objeto de canalizar a los beneficiarios que por las características propias de su caso requieran de la intervención complementaria a su proceso de atención psicológica y a efecto de optimizar su tratamiento, la Subdirección de Atención Psicológica promoverá la coordinación interinstitucional y buscará la vinculación, remitiendo mediante Hoja de Referencia a otras instancias como:

  1. Módulo de Salud Mental Abraham Kanan;
  2. Hospital Psiquiátrico Villa Ocaranza;
  3. Unidad especializada para la prevención de la violencia física y sexual (UEPAVFS); y
  4. Instituto Hidalguense de la Mujer.

 

  1. MECÁNICA OPERATIVA

7.1 Proceso

El Proyecto se llevará a cabo con base en el Diagrama de Flujo del Procedimiento para la prestación del servicio que se contiene en el numeral 7.3, de las presentes Reglas, así como en las siguientes líneas generales:

 

  1. Acudir a solicitar la consulta de manera directa, o bien canalizados por el área de audiencia pública, así como de otras instancias, en este caso con su oficio de solicitud correspondiente, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación;
  2. Solicitar cita, en el área de recepción de la Subdirección de Atención Psicológica, donde se realizará llenado de formato que deberá contener los datos señalados del paciente, previa lectura del Reglamento de los pacientes que acuden a solicitar el servicio de psicología y firmando de conformidad;
  3. Se le programará una cita conforme a la agenda disponible señalando en la Ficha día, hora y el profesional designado para atenderle;
  4. Realizar el día de su cita, depósito de la cuota de recuperación de $10.00 (diez pesos 00/100 M.N), correspondiente a la consulta inicial, en la caja general del sistema DIF Hidalgo;
  5. Acudir a la consulta inicial programada, en el horario, y día señalado presentando una copia de la CURP;
  6. El área administrativa verificará que la cita corresponda a la fecha y hora indicadas previamente;
  7. El profesional asignado para atenderle, le otorgará una sesión de 50 a 60 minutos;
  8. Posteriormente a la asistencia a la primera consulta, el profesional que otorgue el servicio entregará un carnet de citas donde registrará las consultas subsecuentes determinando su periodicidad de acuerdo a la disponibilidad de su agenda o de la problemática específica del paciente;
  9. A efecto de determinar la cuota de recuperación el mismo profesional aplicará el formato Evaluación Económica Personal a fin de determinar la cuota de recuperación que deberá cubrir por concepto de consultas subsecuentes, durante el tiempo que dure su trata; y
  10. Concluye el proceso de atención psicológica cuando así lo considere el profesional del servicio.

 

  • Proceso de Entrega a Recepción

El Sistema DIF Hidalgo integrará el cierre del ejercicio en los términos de Ley, debidamente requisitado y en medios magnéticos para su entrega a las instancias estatales correspondientes.

 

 

 

7.3. Diagrama de Flujo de Procesos

 

 

 

 

8.- MECANISMOS DE VERIFICACION DE RESULTADOS

 

8.1. Matriz de Indicadores

 

(1)  Para este proyecto se entiende por    Salud Mental:  “Estado de bienestar, donde el individuo es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera y es capaz de hacer una contribución a su comunidad” (Reportajes, OMS, octubre 2011).

 

(2)  Se entenderá por Integrar Expediente, a la recopilación de  información  y  datos  personales  en  el  desarrollo  de  una  consulta,  y  que  pueden  ser  todas  o  algunas  de  las siguientes:  ficha  de  identificación,  antecedentes  del  caso,  pruebas  psicológicas  aplicadas,     resumen  psicológico,   oficios,  notas  de  evolución,     así  como  las  que  la   (el) psicóloga(o) considere pertinentes, con estricto apego a la normatividad vigente. Y que puede ser de uno(a) o más pacientes atendidos en la misma sesión.

 

Nota.  En  este  proyecto  se  considerará  a  un  paciente  sin  problemas  de  salud  mental,  a  aquellos  que  son  dados  de  alta  por  una  de  las  siguientes  razones:      a)  ALTA TERAPÉUTICA, cuando  a  consideración de  la  psicóloga  o  psicólogo  tratante,  el  paciente  ha  cumplido  con  los  objetivos  de  terapia,   b)  cuando  el  paciente  manifiesta  mejoría y  decide  suspender  el  tratamiento,  c)  cuando  el  paciente  ha    asistido  por  lo  menos  a  3  o  4  sesiones  de  terapia  breve,  habiendo  manifestado  mejora  en  el  manejo  de  sus habilidades psicoemocionales, pero ya no concluir el tratamiento.

8.2. Evaluación, Seguimiento y Monitoreo.

El proyecto Atención Psicológica será objeto de evaluación, seguimiento y monitoreo interno o externo, de acuerdo al Programa Anual de Evaluación.

 

9.- TRANSPARENCIA, DIFUSIÓN, RENDICIÓN DE CUENTAS

9.1. Control y Auditoria

La Subdirección de Atención Psicológica, emitirá reportes de forma trimestral sobre el avance de metas de acuerdo con el Programa Operativo Anual correspondiente del ejercicio fiscal correspondiente y de las acciones derivadas del servicio de Atención Psicológica, lo cual hará en los primeros 5 días hábiles posteriores al trimestre que se reporta.

 

Es responsabilidad de la Subdirección de Atención Psicológica proporcionar a instancias fiscalizadoras la información necesaria para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorias, revisiones o visitas de inspección de acuerdo con el Programa Anual de Auditorías, así como dar atención a las recomendaciones realizadas por dichas instancias.

 

9.2 Difusión

La información del proyecto atención Psicológica y las presentes Reglas de Operación serán publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, y difundidas a través del portal del gobierno del estado en la dirección electrónica www.hidalgo.gob.mx.  Asimismo, estarán disponibles para la población en general en la página del Sistema DIF Hidalgo; a través de esta misma página será publicitado el servicio.

 

9.3 Rendición de Cuentas

El proyecto Atención Psicológica de acuerdo con el Programa Operativo anual (POA), para su operatividad tiene como fuente de financiamiento Participaciones Federales e Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de servicios y otros Ingresos.

 

10.- QUEJAS Y DENUNCIAS

Los beneficiarios del servicio podrán realizar las quejas, denuncias y sugerencias en los casos en los que se vean afectados los derechos que las presentes Reglas de Operación le otorgan.  Para tal efecto, el Sistema DIF Hidalgo determinará los mecanismos para su atención oportuna en coordinación con las instancias ejecutoras.

 

Se recibirán quejas, sugerencias y denuncias en la Contraloría del Sistema DIF Hidalgo, en el número telefónico (01 771) 7 17 31 00. Calle Salazar #100 Col. Centro Pachuca, Hidalgo.

 

11.- ACCIONES DE BLINDAJE ELECTORAL

Respecto a las acciones institucionales sobre el uso y operación de los programas sociales durante los comicios y de acuerdo con los mandatos constitucionales y legales, a través del  Programa de Blindaje Electoral (PBE), la política de blindaje protege la integridad del proceso electoral y busca impedir el uso inadecuado de los programas sociales, con el fin de evitar que los mismos sean utilizados con fines político-electorales y a efecto de no vulnerar el principio de imparcialidad durante los comicios, a través de los siguientes objetivos:

 

  1. Prevenir que los recursos públicos que se destinan a los programas sociales y recursos públicos a cargo del sector correspondiente no sean utilizados con fines electorales;
  2. Cumplir con la obligación de suspender propaganda gubernamental, para dar cumplimiento al mandato constitucional que prohíbe la difusión de la misma durante el tiempo que duren las campañas; y
  3. Inhibir que los servidores públicos incurran en violaciones administrativas, electorales o penales, mediante la implementación de acciones preventivas y operación institucional.

 

Lo anterior, mediante la aplicación de los principios constitucionales que rigen el servicio público: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; para así, combatir la corrupción e incentivar la transparencia y la rendición de cuentas.

 

12.- ANEXOS

 

 

 

SISTEMA DIF HIDALGO

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN SOCIAL Y REHABILITACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA

REGLAMENTO PARA LOS PACIENTES QUE ACUDEN AL SERVICIO DE PSICOLÓGIA

 

  1. Las citas de atención Psicológica inicial se otorgarán al momento de presentarse a esta subdirección y llenar su formato.

 

  1. La fecha de la cita será de acuerdo a la disponibilidad de la agenda de la psicóloga.

 

  1. Se otorgarán solo 10 minutos de tolerancia después de la hora de la cita para que pueda ser atendido, en caso de llegar después del tiempo indicado se CANCELARA Y DEBERÁ de solicitar nueva cita.

 

  1. Si no puede asistir a su cita, cancelarla con anticipación para reprogramarla nuevamente, o si ya no requiere del servicio, avisar por favor.
  1. Será causa de suspensión del servicio, faltar de forma injustificada en 3 ocasiones consecutivas

 

  1. En caso de solicitar atención Psicológica para menores de edad, deberá de acudir a la primera cita los padres o el tutor.

 

  1. Al acudir a consulta deberá presentar su ficha correspondiente.

 

  1. Anotar su hora de llegada y sus datos personales en la hoja de registro con la psicóloga que le corresponda.

9  .Las situaciones que se presenten y no estén consideradas en este reglamento, serán atendidas por las psicólogas de la

Subdirección de Atención Psicológica.

 

10.Favor de Presentar copia de CURP en su primera consulta.

 

FIRMA DE CONFORMIDAD

 

Sistema DIF Hidalgo Salazar No. 100 Col. Centro, Pachuca Hidalgo Tel. 71 5 08 89

 

DATOS DEL PACIENTE Ó PACIENTES:

               

FECHA DE HOY:

 

NOMBRE:  
FECHA Y LUGAR NACIMIENTO:  
SEXO:  
ESTADO CIVIL:  
ESCOLARIDAD:  
MOTIVO DE CONSULTA:  
MUNICIPIO O ESTADO:  
NUM. TELEFONICOS:  
CURP:  
QUIEN LO CANALIZA:  

 

FECHA DE LA CITA:  
NOMBRE LA PSICOLOGA:  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 SISTEMA DIF HIDALGO

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN

SOCIAL Y REHABILITACION

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA

 

 

HOJA DE REFERENCIA

ESTABLECIMIENTO QUE REFIERE

  Referencia _X_/ Contrarreferencia No. de registro  
  Fecha de referencia/contrarreferencia  
  Hora de referencia/contrarreferencia  
  Urgencia  

 

Nombre(s)

 

 

Apellido paterno Apellido materno Edad Sexo
Domicilio particular: Calle Número
Colonia/población Delegación  o municipio Entidad federativa Código postal
Número de expediente

 

Motivo del envío:
Impresión. Diagnóstico

 

Establecimiento que refiere:
Domicilio Calle Numero Número de teléfono
Colonia/Población Delegación o municipio Entidad federativa Código postal

 

 

Establecimiento al que se refiere (receptor):
Domicilio Calle : Numero: Número de teléfono
Colonia/Población: Delegación  o municipio: Entidad federativa: Código postal

 

Motivo de la referencia (resumen clínico del padecimiento):

 

Impresión Diagnostica:

 

Observaciones

 

Responsable del establecimiento Personal que refiere
Nombre Firma Nombre

 

Firma

 

EVALUACIÓN ECONÓMICA

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA

NOMBRE COMPLETO: ___________________________________   FECHA:__________________

No. EXPEDIENTE _______________________________________CLASIFICACIÓN: ____________

  3 2 1   0 TOTAL
NIVEL DE ESTUDIOS

 

PROFESIONISTA

 

NIVEL MEDIO SUPERIOR

 

BASICO SIN ESTUDIOS  
OCUPACION ACTUAL DUEÑO EMPLEADO DESEMPLEADO JUBILADO/

PENSIONADO

 
DEPENDIENTES ECONOMICOS 0 1 A 3 4  A 6 7 EN ADELANTE  
INGRESOS FAMILIARES 4-6

SALARIOS MINIMOS

3 SALARIOS MINIMOS 0-2 SALARIOS MINIMOS DESEMPLEADO  
TIPO DE VIVIENDA PROPIA PRESTADA/FAMILIAR RENTADA SIN CASA  
CONSTITUCION DE LA VIVIENDA COCINA, SALA, COMEDOR, 1 BAÑO 3 RECAMARAS COCINA, SALA, BAÑO, COMEDOR, 2 RECAMARAS CUARTO, COCINA Y BAÑO CUARTO REDONDO  
PERSONAS QUE HABITAN EN LA MISMA VIVIENDA 1 A 3 4 A 6 7 A 9 10 EN ADELANTE  
ESTADO DE SALUD SIN PROBLEMAS DE SALUD ENFERMEDAD COMUN ENFERMEDAD

CRÓNICO DEGENERATIVA

ENFERMEDAD

TERMINAL

 
PERIODICIDAD DE LA CONSULTA MENSUAL QUINCENAL SEMANAL DOS VECES POR SEMANA  
 

 

       

TOTAL

 

 

CLASIFICACION
A $ 2.00 0 A 9
B $ 10.00 10 A 15
C $ 20.00 16 A 23
D $ 35.00 24 A 27

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN APLICA.                                            NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE

LA INFORMACION

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO: Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.

Dado en la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veinte, en la Primera Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo, mediante Acuerdo S.E./I/2020/12.

 

 

POR LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA DIF HIDALGO

 

 

LIC. MARCELO RENÉ ESCAMILLA MARTÍNEZ

PRESIDENTE SUPLENTE

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

RÚBRICA

 

 

CONSEJEROS

 

 

 

LIC. JUAN JOSÉ LARA RAMÍREZ

CONSEJERO SUPLENTE DE LA

SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA

RÚBRICA

    L.C. IRMA ILIANA HIDALGO LUGO

CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

RÚBRICA

 

 

 

ING. ANA PILAR RODRÍGUEZ MOEDANO

CONSEJERA SUPLENTE DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA

RÚBRICA

    MTRA. JUANA PLACENCIA CAMPOS

CONSEJERA SUPLENTE DE LA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

RÚBRICA

 

 

 

LIC. DIDIER JAQUELINE PÉREZ ALDANA

CONSEJERA SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

RÚBRICA

    C. MÓNICA NALES MICHAUS

CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE SALUD

RÚBRICA

 

 

 

NOTA: ESTAS FIRMAS CORESPONDEN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO “ATENCIÓN PSICOLÓGICA” DEL SISTEMA DIF HIDALGO.

 

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 16 del 28 de febrero de 2020

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