Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 17 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 17
Número: 8
Páginas: 101

Contenido:


Secretaría de Educación Pública. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de la Energía para el Ejercicio Fiscal 2020.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

Universidad Politécnica de la Energía

 

LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO Y AL DECRETO DE CREACIÓN  PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 Y AL DECRETO QUE MODIFICA AL DIVERSO QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL DÍA 05 DE DICIEMBRE DE 2016, CON LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS; Y

 

CONSIDERANDO

 

Primero.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado así como de la Secretaría de Educación Pública como Dependencia Coordinadora de Sector.

 

Segundo.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030, ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno, cuyo tercer eje establece, “Hidalgo Humano e Igualitario, 3.2 Educación de relevancia equipada; 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades; 3.2.4.3.4 Instrumentar más becas para tus hijos”.

 

Tercero. – Que con estas acciones Hidalgo se suma a la estrategia del Gobierno Federal para impulsar la educación superior en el país a través de la entrega de apoyos económicos a los estudiantes y sus familias.

 

Cuarto. –  Que mediante Convenio de Coordinación para la Creación, Operación y Apoyo Financiero de las Universidad Politécnica de la Energía firmado entre los Gobiernos Federal y Estatal el 31 de octubre del 2014 y por Decreto del Gobernador del Estado aprobado el 12 de diciembre del 2014 y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 22 de Diciembre del año 2014, se crea la Universidad Politécnica de la Energía “UPE”.

 

Sexto. – Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.

 

En cumplimiento a lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE BECAS INSTITUCIONALES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

 

UNICO. Se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA.

 

INDICE

  1. Introducción.

 

  1. Objetivos.

2.1 General.

  • Específicos.

 

  1. Aspectos Generales

3.1. Población objetivo

3.2. Requisitos

3.3. Procedimiento de selección

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

 

  1. Aspectos Financieros.

 

  1. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

5.1 Derechos generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

5.2 Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas.

5.3 Causales generales de cancelación.

 

  1. Auditoría, control y seguimiento.

 

  1. Transparencia.

7.1. Difusión.

 

  1. Quejas y denuncias

 

  1. Tipos de becas

9.1 Becas Académicas de Excelencia

 

9.2 Beca de movilidad nacional y/o internacional

 

  1. INTRODUCCIÓN

 

Para el actual Gobierno del Estado de Hidalgo, la educación es un tema estratégico, la inversión en educación es la mejor acción que se pueda realizar para mejorar las condiciones de vida de las familias y generar desarrollo económico y social.

 

Estos ideales se rescatan en el Plan Estatal de Desarrollo que establece:

 

“Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario 3.2 Educación de relevancia y equipada.

Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas.” … además establece como un compromiso otorgar “más becas para tus hijos”.

 

Los  recursos económicos que se entregan son una ayuda para subsanar los gastos correspondientes al desempeño escolar, sin embargo una parte importante de la población de bajos ingresos no tiene acceso a la educación de nivel superior, aun cuando posean las capacidades cognitivas para iniciar y concluir con éxito estos estudios, la falta de recursos económicos en los hogares de los estudiantes de educación superior es una condición que impacta negativamente en la permanencia y aprovechamiento de sus estudios.

 

Sobre todo, es importante apoyar a quienes con un esfuerzo mayor realizan estudios superiores y que tienen un origen indígena, alguna discapacidad, o viven en una situación de pobreza o son madres o padres solteros, pero también es justo reconocer el talento y sacrificio de quienes obtienen los mejores promedios de sus carreras.

 

El gobernador impulsa la creación de oportunidades en todos los niveles escolares y avanza en el mejoramiento de los apoyos que se entregan a los/las estudiantes para que logren el objetivo superior de concluir una carrera profesional.

 

Los Programas de Becas Institucionales de Educación Superior, es una iniciativa del Gobierno del Estado de Hidalgo, y en la Universidad Politécnica de la Energía, estamos convencidos de que es fundamental apoyar a los/las estudiantes, por ello contamos con becas que fortalecen el desarrollo de los estudios de educación superior como Becas Académicas de Excelencia dirigidas a los/las estudiantes inscritos que presenten alguna característica específica,  tales como: estudiantes con aprovechamiento académico destacado o de excelencia.

 

 

 

  1. Objetivos

2.1 General

Beneficiar a los/las estudiantes inscritos en la Universidad Politécnica de la Energía con una beca institucional que les permita fortalecer el desarrollo de sus estudios de nivel superior.

 

2.2 Específicos

 

Los objetivos específicos de las Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de la Energía son:

 

  • Otorgar Becas Institucionales a los/las estudiantes con aprovechamiento académico destacado o de excelencia.

 

  1. Aspectos generales

 

3.1. Población objetivo

 

Los/las estudiantes del nivel Licenciatura, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de la Energía y que cumplan las especificaciones se encuentran en cada apartado por tipo de beca de estas Reglas de Operación.

 

3.2. Requisitos

 

Los requisitos para participar en las distintas becas otorgados por la Universidad Politécnica de la Energía, se especifican de manera clara y son los mínimos indispensables en beneficio de los/las estudiantes que se encuentren realizando sus estudios, por tipo de beca en estas Reglas de Operación.

 

3.3 Procedimiento de selección

 

Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de los/las beneficiarios y de la asignación de becas, institucionales que ofrece la Universidad Politécnica de la Energía, se cuenta con un Comité de Becas Institucionales, que es el responsable de controlar y vigilar la operación del Programa con el fin de maximizar sus resultados y logros.

 

Los Comités de Becas Institucionales actuarán conforme a los principios de equidad de género y derechos humanos, para prevenir la discriminación de personas o grupos de personas por origen étnico, preferencia sexual o por discapacidad. Además, podrá implementar acciones con el objeto de reducir las brechas de género.

 

Los procedimientos a seguir por cada tipo de beca, se encuentran en el numeral 9 de las presentes reglas y contiene toda la información referente a Convocatoria, Documentos a entregar, Recepción de solicitudes y validación de expediente, Criterio de Compatibilidad y restricciones, Criterios de priorización y Publicación de resultados por tipo de beca.

 

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

 

Los apoyos consistirán en la entrega de recursos económicos, con la devolución del pago de inscripción y se encuentran especificados en las presentes reglas y éstos tendrán que utilizarse para los fines que fueron establecidos.

 

  1. Aspectos Financieros.

 

Los recursos para la operación e implementación de las Becas Institucionales corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020.

 

Las becas otorgadas durante el ejercicio 2020, podrán renovarse siempre y cuando la suficiencia presupuestal de la Universidad Politécnica de la Energía lo permita y el/la estudiante cumpla con los requisitos especificados en el apartado de Requisitos de cada uno de los tipos de becas de las presentes Reglas de Operación “.

 

En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os, que laboren en la Universidad Politécnica de la Energía.

 

  1. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

 

Los Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales, establecidos por la Universidad Politécnica de la Energía garantizarán el respeto a los derechos humanos y a la equidad de género, así como la salvaguarda de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, éstos aplican para todos los tipos de becas.

 

5.1 Derechos Generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

 

  1. I) Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de los servidores públicos adscritos a las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales.
  2. II) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las bases de las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables publicados.
  • III) Que las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales respeten la confidencialidad de sus datos personales en los términos establecidos en la normatividad aplicable.
  1. IV) Presentar ante el Comité de Becas las quejas o sugerencias cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener la Beca Institucional.
  2. V) Recibir atención personalizada por parte de los Enlaces de Becas de sus Instituciones sobre las dudas, quejas o sugerencias que deseen presentar.

 

5.2   Obligaciones Generales de todos los/las beneficiarios de las becas.

 

  1. I) Cumplir, con cada uno de los procesos que marque las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables en tiempo y forma.
  2. II) Entregar la documentación que sea requerida y en los términos que fue solicitada en las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables y conducirse con veracidad.
  • III) Acatar las fechas establecidas en cada proceso, así como estar al pendiente de la publicación de resultados.
  1. IV) Dar trato digno y respetuoso a todas las autoridades y representantes de la Universidad Politécnica de la Energía.
  2. V) Asistir a clases y cumplir con el plan de estudios, reglamentos y legislación de la Universidad Politécnica de la Energía.
  3. VI) Observar una buena conducta dentro y fuera de la Universidad Politécnica de la Energía.
  • VII) Acudir a las reuniones informativas sobre asesorías y pagos de las Becas Institucionales.
  • Participar en las encuestas, cuestionario y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos.
  1. IX) Participar en los programas de apoyo a la Universidad.

 

5.3 Causales Generales de cancelación.

 

  1. I) Presentar documentación apócrifa durante el proceso de selección.
  2. II) Cuando el beneficiario presente “Carta Renuncia” a la beca.
  • III) Fallecimiento del beneficiario.
  1. IV) Cuando el beneficiario cause baja escolar

 

Los casos no previstos se someterán a consideración del Comité de Becas Institucional y éste especificará el procedimiento que deberá seguir el beneficiario.

 

  1. Auditoría, control y seguimiento.

 

Para efectos de fiscalización y transparencia de los recursos asignados al programa, podrán ser revisados por la instancia correspondiente que para tal efecto se determine por el Órgano Interno de Control de la SEPH o por la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo o por el Órgano Interno de Control de la Universidad Politécnica de la Energía.

 

La Universidad Politécnica de la Energía dará todas las facilidades e información que le sea solicitada por los auditores en los procesos de revisión a los que sea sometidas las Becas Institucionales.

 

La Universidad Politécnica de la Energía llevará un registro y control de todos los documentos y actas generadas por cada proceso del Programa, archivadas de manera cronológica observando la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.

 

La Universidad Politécnica de la Energía, a través de su enlace de becas, deberá reportar y actualizar mensualmente (primeros 5 días de cada mes), en el Sistema de Registro y Seguimiento de Becas de Educación Media Superior y Superior, coordinado por la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior, toda la información relativa a las becas que se otorgan.

 

  1. Transparencia.

 

7.1. Difusión

 

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión de las Becas Institucionales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estas, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”.

 

Además, se deberán difundir todas aquellas medidas para garantizar los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación de las Becas Institucionales.

 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará y mantendrá actualizada la información relativa a las presentes becas.

 

  1. Quejas y denuncias.

 

Las quejas, dudas, aclaraciones, comentarios y denuncias de los/las estudiantes beneficiarios en general se atenderán de acuerdo a las disposiciones establecidas para ello, y se podrán recibir vía escrita, telefónica, por internet o directamente en las oficinas de la Secretaría Académica y con el Abogado (a) General de la (Universidad Politécnica de la Energía).

 

  1. Tipos de becas

 

9.1 Becas académicas.

 

Son las Becas Institucionales otorgadas por la Universidad Politécnica de la Energía las cuales podrán beneficiar a los/las estudiantes la devolución parcial de las cuotas de acuerdo a las tarifas establecidas, correspondientes al concepto de Inscripción o reinscripción e incluye los siguientes tipos:

 

De Aprovechamiento de Excelencia. – dirigida a los/las estudiantes con situación académica de excelencia con un promedio mayor o igual a 9.5, para el caso de los/las estudiantes de Nuevo Ingreso, deberá comprobar por medio de documentación oficial un promedio mayor o igual a 9.5.

 

9.1.1 Población Objetivo

 

Estudiantes de nivel Licenciatura que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de la Energía., que cumplen con los requisitos característicos de cada beca.

 

 

9.1.2 Características de la Beca:

 

La beca Académica de Excelencia consiste en la devolución del 50% de inscripción o reinscripción, que cubrirán el periodo cuatrimestral en el que fue beneficiado para año 2020;

 

Las devoluciones se depositarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de la Energía, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de devolución de los pagos que correspondan a los/las alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos del beneficio. En caso de que los/las alumnos beneficiados incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación, se cancelarán la devolución

 

9.1.3 Requisitos:

Para todas las modalidades el aspirante deberá:

 

  1. Nacionalidad mexicano/a o acreditar su residencia legal en el país.
  2. Ser Estudiante inscrito en un programa de Ingeniería en la Universidad Politécnica de la Energía.
  3. Los/las Estudiantes de Ingeniería deberán demostrar haber alcanzado un promedio de calificación general mínimo de 9.5 o su equivalente en una escala de 0 (cero) a 10 (diez) durante el periodo escolar inmediato anterior.
  4. No haber incurrido en faltas de conducta o indisciplina en materia administrativa, académica y/o extra académica

 

9.1.4 Convocatoria:

 

Se emitirán 3 convocatorias, previamente autorizadas por el Comité de becas de la Universidad Politécnica de la Energía y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

1 Beca Académica de Excelencia

 

Dirigido a los/las estudiantes inscritos/as en la Universidad Politécnica de la Energía con el objeto de (apoyar los/las estudiantes a su permanencia y desarrollo en la educación superior), de acuerdo a las siguientes:

 

BASES

 

PRIMERA. – REQUISITOS:

SEGUNDA. – DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA. –  REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA. –   CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA. –    CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA. –      CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.    PROCEDIMIENTO:

OCTAVA. –   PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA. –  DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

DÉCIMA. – CALENDARIO GENERAL:

 

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud la tercera semana al inicio de cuatrimestre
Recepción de Documentos la tercera y cuarta semana al inicio de cuatrimestre
Publicación de Resultados  la cuarta semana al inicio de cuatrimestre

 

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de la Energía.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de Servicios Escolares al teléfono 01 (773) 733 6696  o al correo electrónico becas@upenergia.edu.mx, Carr. Cruz Azul-Bomintzha km3.1, Col. Ignacio Zaragoza, Tula de Allende, Hgo., C. P. 42842

 

 

9.1.5 Documentos a Entregar:

 

Los/las estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en Servicios Escolares de la Universidad Politécnica de la Energía, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

 

  1. Copia legible de la identificación oficial con fotografía vigente: credencial de elector, licencia de conducir, cartilla militar, pasaporte, constancia de identidad con domicilio en caso de ser menor de edad credencial escolar expedidas por la institución.
  2. Realizar por escrito la solicitud de esta beca (formato libre).
  3. Datos de la cuenta bancaria a nombre del beneficiario en donde se realizará el pago de dicha beca (nombre de la institución bancaria, número de cuenta y clave interbancaria)

 

9.1.6 Registro y Recepción de Solicitudes:

 

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.1.7 Criterio de Compatibilidad:

 

Las Becas Institucionales de Educación Superior otorgadas por la Universidad Politécnica de la Energía, son compatibles con todas las becas que otorgan el Gobierno Estatal y Federal;

 

9.1.8 Criterios de Priorización:

 

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los/las estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Los/las aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida.
  2. Los/las estudiantes con promedio mínimo de 9.5 obtenido en el periodo escolar inmediato anterior en estricto orden de prelación atendiendo un orden de mayor a menor, garantizando el acceso en equidad de género a la Beca; para los/las estudiantes de nuevo ingreso se considerará el promedio general obtenido en el certificado de egreso de Educación Media Superior.
  3. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación.
  4. Los/las aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    • Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    • Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
    • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  5. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.

 

Estos criterios podrán ser adicionados y/o reordenados siempre y cuando el Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de la Energía lo autorice.

 

9.1.9 Procedimiento:

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

 

  1. Los/las estudiantes realizarán personalmente el trámite o por medio de un tercero a través de una carta poder.
  2. Los/las alumnos registrarán y entregarán su solicitud en la oficina de Servicios Escolares
  3. Queda en espera de resultados conforme a las bases de la convocatoria

 

Se describe en el siguiente diagrama de flujo:

 

Se realizará la presentación de becarios
Se solicita el recurso financiero al área de contabilidad cy dispersión bancaria del recurso
Se aprueba y se publica la lista de becarios
Se notifica a los becarios beneficiados
Obtención Promedio 9.5 y Observancia de convocatoria
Recepción de solicitudes por el Comité de becas
Se realiza el pago correspondiente

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9.1.10 Publicación de Resultados:

 

El Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de la Energía deberán emitir y publicar los resultados  de  la asignación de la beca, en su página electrónica oficial, medios físicos y/o electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los/las estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su Comité de Becas Institucionales; así mismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.1.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios:

9.1.11.1 Derechos específicos

Recibir en tiempo y forma las calificaciones del cuatrimestre inmediato anterior.

 

9.1.11.2 Obligaciones específicas

Asistir regularmente a clases, cumplir con los objetivos del plan de estudios, reglamentos y normatividad de la Universidad Politécnica de la Energía, observar buena conducta dentro y fuera de sus instalaciones.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.

 

Dado en las oficinas en la Subsecretaría de Educación Pública de Hidalgo, circuito ex hacienda de la Concepción, San Juan Tilcuautla, Municipio de San Agustín Tlaxiaca Hidalgo a los veintisiete  días del mes de febrero del año dos mil veinte, en la Ciudad de San Agustín Tlaxiaca, Estado de Hidalgo.

 

INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA

PRESIDENTE SUPLENTE

 

Lic. Tito Dorantes Castillo

Director de Regulación a Instituciones Particulares de Educación Superior

Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo

Rúbrica

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Consejeros

 

Lic. Juan Luis García Hernández

Consejero suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas

Rúbrica

 

Lic. Ulises Arellano Miranda

Consejero Suplente del Gobierno Municipal de Tula

de Allende

Rúbrica

 

M.G.P.  Marlén Ortiz Benítez,

Consejera Suplente de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal

Rúbrica

 

L.C. Jorge Luis Hernández Gómez

Consejero suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva

Rúbrica

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Lic. Porfirio Maldonado Mounthon

Consejero Suplente de la SEP Federal Delegación Hidalgo

Rúbrica

 

 
Lic. Verónica Silverio Baltazar

Comisaria Público Suplente de la Universidad Politécnica de la Energía

Rúbrica

 

 

 

 

 

 

 

Mtro. Leonel Torres Barragán

Rector de la Universidad Politécnica de la Energía

Rúbrica

 

 

 

 

 

 

 

 

Las presentes firmas corresponden a la aprobación del acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del programa de becas de Excelencia Académica para ejercicio fiscal 2020 de la Universidad Politécnica de la Energía.

 

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 


Periódico Oficial Alcance 17 del 28 de febrero de 2020

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