Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 18 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 18
Número: 8
Páginas: 74

Contenido:


Secretaría de Educación Pública. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Beca Académica de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma para el Ejercicio Fiscal 2020.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA

 

LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO; ASÍ COMO EN EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN XXVI DEL DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA,  PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO DE FECHA 1 DE AGOSTO DE 2016 CON LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS; Y

 

CONSIDERANDO

 

Primero.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado así como de la Secretaría de Educación Pública como Dependencia Coordinadora de Sector.

 

Segundo.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030, ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno, cuyo tercer eje establece, “Hidalgo Humano e Igualitario, 3.2 Educación de relevancia equipada; 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades; 3.2.4.3.4 Instrumentar más becas para tus hijos”.

 

Tercero.- Que con estas acciones Hidalgo se suma a la estrategia del Gobierno Federal para impulsar la educación superior en el país a través de la entrega de apoyos económicos a los estudiantes y sus familias.

 

Cuarto.- Que la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma se creó mediante decreto que emitiera el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, publicado en el alcance uno al Periódico Oficial del Estado de 22 de diciembre de 2015. Como principal objetivo se planteó el beneficiar a la población del Municipio de Mineral de la Reforma y zonas aledañas para ampliar sus oportunidades educativas e impulsando así la formación profesional y el desarrollo científico, tecnológico y de innovación en aras del bienestar de las y los hidalguenses. Actualmente regido por el Decreto que reforma diversas disposiciones del decreto que creó a la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.

 

Quinto.- Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.

 

En cumplimiento a lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE BECA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

 

ÚNICO. Se emiten las Reglas de Operación de los Programa de Beca  Académica de la Universidad Tecnológica de la Reforma.

 

ÍNDICE

  1. Introducción.
  2. Objetivos.

2.1 General.

  • Específicos.
  1. Aspectos Generales

3.1. Población objetivo

3.2. Requisitos

3.3. Procedimiento de selección

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

  1. Aspectos Financieros.
  2. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

5.1 Derechos generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

5.2  Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas.

5.3 Causales generales de cancelación.

  1. Auditoría, control y seguimiento.
  2. Transparencia.

7.1. Difusión.

7.2. Contraloría social.

  1. Quejas y denuncias
  2. Tipos de Becas

9.1 Becas Académica.

9.1.1 Población Objetivo

9.1.2 Características de la Beca Académica:

9.1.3 Requisitos:

9.1.4 Convocatoria:

9.1.5 Documentos a Entregar:

9.1.6 Registro y Recepción de Solicitudes:

9.1.7 Criterio de Compatibilidad:

9.1.8 Criterios de Priorización:

9.1.9 Procedimiento:

9.1.10 Publicación de Resultados:

9.1.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios:

9.1.11.1 Derechos específicos

9.1.11.2 Obligaciones específicas

 

  1. INTRODUCCIÓN

 

Para el actual gobierno del Estado de Hidalgo, la Educación es un tema  estratégico, la inversión en educación es la mejor acción que se pueda realizar para mejorar las condiciones de vida de las familias y generar desarrollo económico y social.

 

Estos ideales se rescatan en el Plan Estatal de Desarrollo que establece:

 

“Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario 3.2 Educación de relevancia y equipada.

Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas.”… además establece como un compromiso otorgar “más becas para tus hijos”.

 

Los  recursos económicos que se entregan son una ayuda para subsanar los gastos correspondientes al desempeño escolar, sin embargo una parte importante de la población de bajos ingresos no tiene acceso a la educación de nivel superior, aun cuando posean las capacidades cognitivas para iniciar y concluir con éxito estos estudios, la falta de recursos económicos en los hogares de los estudiantes de educación superior es una condición que impacta negativamente en la permanencia y aprovechamiento de sus estudios.

 

Sobre todo es importante apoyar a quienes con un esfuerzo mayor realizan estudios superiores y que tienen un origen indígena, alguna discapacidad, o viven en una situación de pobreza o son madres o padres solteros, pero también es justo reconocer el talento y sacrificio de quienes obtienen los mejores promedios de sus carreras.

 

El gobernador impulsa la creación de oportunidades en todos los niveles escolares y avanza en el mejoramiento de los apoyos que se entregan a los estudiantes para que logren el objetivo superior de concluir una carrera profesional.

 

Los Programas de Becas Institucionales de Educación Superior, es una iniciativa del Gobierno del Estado de Hidalgo, y en Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, estamos convencidos de que es fundamental apoyar a los estudiantes, por ello contamos con becas que fortalecen el desarrollo de los estudios de educación superior como la Beca Económica (Beca de Excelencia académica) dirigida a estudiantes inscritos que presenten alguna característica específica,  tales como: estudiantes con aprovechamiento académico destacado.

 

  1. OBJETIVOS

 

2.1 General

Beneficiar a estudiantes inscritos en Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma con una beca institucional que les permita fortalecer el desarrollo de sus estudios de nivel superior.

 

2.2 Específicos

Los objetivos específicos de las Becas Institucionales de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma son:

 

  • Otorgar Beca de Académica a estudiantes con aprovechamiento académico destacado o de excelencia.

 

  1. ASPECTOS GENERALES

 

3.1. Población objetivo

 

Estudiantes de nivel Técnico Superior Universitario (TSU) o nivel Licenciatura,  que se encuentren realizando estudios en Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, y que cumplan las especificaciones se encuentran en cada apartado por tipo de beca de estas Reglas de Operación.

 

3.2. Requisitos

 

Los requisitos para participar en las distintas becas otorgados por la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma,  se especifican de manera clara y son los mínimos indispensables en beneficio de los estudiantes que se encuentren realizando estudios, por tipo de beca en estas Reglas de Operación.

 

3.3 Procedimiento de selección

 

Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de los beneficiarios y de la asignación de  becas institucionales que ofrece la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, se cuenta con un Comité de Becas, que es el responsable de controlar y vigilar la operación del Programa con el fin de maximizar sus resultados y logros.

 

El Comité de Becas actuará conforme a los principios de equidad de género y derechos humanos, para prevenir la discriminación de personas o grupos de personas por origen étnico, preferencia sexual o por discapacidad. Además, podrá implementar acciones con el objeto de reducir las brechas de género.

 

Los procedimientos a seguir por cada tipo de beca, se encuentran en el numeral 9 de las presentes reglas y contiene toda la información referente a Convocatoria, Documentos a entregar, Recepción de solicitudes y validación de expediente, Criterio de Compatibilidad y restricciones, Criterios de priorización y Publicación de resultados por tipo de beca.

 

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

 

Los apoyos consistirán en la entrega de recursos económicos y se encuentran especificados en cada uno de los Tipos de Becas señalados en las presentes reglas y éstos tendrán que utilizarse para los fines que fueron establecidos.

 

  1. ASPECTOS FINANCIEROS.

 

Los recursos para la operación e implementación de las Becas Institucionales corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020.

 

Las becas otorgadas durante el ejercicio 2020, podrán renovarse siempre y cuando la suficiencia presupuestal de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma lo permita  y el estudiante cumpla con los requisitos especificados en el apartado de Requisitos  de cada uno de los tipos de becas de las presentes Reglas de Operación.

 

En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os, que laboren en la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.

 

 

  1. DERECHOS, OBLIGACIONES, CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO Y CANCELACIONES GENERALES.

 

Los Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales, establecidos por la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma garantizarán el respeto a los derechos humanos y a la equidad de género, así como la salvaguarda de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, estos aplican para todos los tipos de becas.

 

5.1 Derechos Generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

 

  1. I) Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de los servidores públicos adscritos a las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales.
  2. II) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las bases de las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables publicados.
  • III) Que las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales respeten la confidencialidad de sus datos personales en los términos establecidos en la normatividad aplicable.
  1. IV) Presentar ante la Contraloría Social las quejas o sugerencias cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener la Beca Institucional.
  2. V) Recibir atención personalizada por parte de los Enlaces de Becas de Universidad sobre las dudas, quejas o sugerencias que deseen presentar.

 

5.2  Obligaciones Generales de todos los beneficiarios de las becas.

 

  1. I) Cumplir, con cada uno de los procesos que marque las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables en tiempo y forma.
  2. II) Entregar la documentación que sea requerida y en los términos que fue solicitada en las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables y conducirse con veracidad.
  • III) Acatar las fechas establecidas en cada proceso, así como estar al pendiente de la publicación de resultados.
  1. IV) Dar trato digno y respetuoso a todas las autoridades y representantes de Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.
  2. V) Asistir a clases y cumplir con el plan de estudios, reglamentos y legislación Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.
  3. VI) Observar una buena conducta dentro y fuera de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.
  • VII) Acudir a las reuniones informativas sobre asesorías y pagos de las Becas Institucionales.
  • Participar en las encuestas, cuestionario y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos.

 

5.3 Causales Generales de cancelación.

 

  1. Presentar documentación apócrifa durante el proceso de selección.
  2. Cuando el beneficiario presente “Carta Renuncia” a la beca.
  • Fallecimiento del beneficiario.
  1. Que se detecte que el beneficiario cuente con otra Beca Institucional.
  2. Cuando el beneficiario cause baja escolar

 

Los casos no previstos se someterán a consideración del Comité de Becas Institucional y éste especificará el procedimiento que deberá seguir el beneficiario.

 

  1. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO.

 

Para efectos de  fiscalización y transparencia de los recursos asignados al programa, podrán ser revisados por la instancia correspondiente que para tal efecto se determine por el Órgano Interno de Control de la SEPH o por la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo o por el Órgano Interno de Control de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.

 

La Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma dará todas las facilidades e información que le sea solicitada por los auditores en los procesos de revisión a los que sea sometidas las Becas Institucionales.

 

La Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma llevará un registro y control de todos los documentos y actas generadas por cada proceso del Programa, archivadas de manera cronológica observando la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.

 

La Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, a través de su enlace de becas, deberá reportar y actualizar mensualmente (primeros 5 días de cada mes), en el Sistema de Registro y Seguimiento de Becas de Educación Media Superior y Superior, coordinado por la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior, toda la información relativa a las becas que se otorgan.

 

  1. TRANSPARENCIA.

7.1. Difusión

 

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión de las Becas Institucionales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estas, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”.

 

Además, se deberán difundir todas aquellas medidas para garantizar los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación de las Becas Institucionales.

 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará y mantendrá actualizada la información relativa a las presentes becas.

 

7.2. Contraloría social.

 

Se promoverá la participación de la población beneficiaria de las Becas Institucionales a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

 

Para lograr lo anterior, la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos emitidos para este fin por la Secretaría de Contraloría del Estado; Para la integración de los Comités de Contraloría Social se promoverá la participación igualitaria de hombres y mujeres.

 

  1. QUEJAS Y DENUNCIAS.

 

Las quejas, dudas, aclaraciones, comentarios y denuncias de los estudiantes beneficiarios en general se atenderán  de acuerdo a las disposiciones establecidas para ello, y se podrán recibir vía escrita, telefónica, por internet o directamente en Contraloría Social de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.

 

  1. TIPOS DE BECAS

 

9.1 Beca de Académica.

 

La Becas Académica otorgada por la Universidad Tecnológica e Mineral de la Reforma,  la cual podrá beneficiar a los estudiantes con el reembolso del pago de hasta el 100% de reinscripción cuatrimestral; se otorgará al estudiantado que se destaque por su buen desempeño académico e incluye los siguientes tipos:

  1. Ser estudiante regular inscrito, con el mejor promedio de su Programa Educativo mayor a 9.7 en el cuatrimestre anterior, sin tener asignaturas reprobadas y consiste en el reembolso del pago del 100% de reinscripción;
  2. Ser estudiante regular inscrito, con promedio general de 9.5 o 9.6 en el cuatrimestre anterior, sin tener asignaturas reprobadas y consiste en el reembolso del pago del 80% de reinscripción;
  3. No haber incurrido en faltas de conducta y disciplina en materia administrativa, académica y/o extracadémica.

 

9.1.1 Población Objetivo.

Estudiantes  de Técnico Superior Universitario (TSU) o nivel Licenciatura,  matriculados en la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Hidalgo, y que cumplan con los requisitos establecidos el numeral 9.1.3 y que presenten los documentos descritos en el punto 9.1.5.

 

9.1.2 Características de la Beca Académica:

La beca Académica consiste en el reembolso del pago del 100% ó 80% de reinscripción cuatrimestral que se otorgará al estudiantado que se destaque por su buen desempeño académico, que cubrirán un periodo comprendido de Enero de 2020 a Diciembre de 2020; el monto máximo de esta beca es de $ 58,800.00 (Cincuenta y ocho mil ochocientos pesos 00/100 M.N) para el ejercicio fiscal 2020, los cuales están desglosados de la siguiente manera: En el mes de Enero se establece un monto de $19,600.00 (Diecinueve mil seis cientos pesos 00/100 M.N.) los cuales serán asignados a los estudiantes que cubran los requisitos del cuatrimestre inmediato anterior; En Mayo por un monto de $19,600.00 (Diecinueve mil seis cientos pesos 00/100 M.N.) asignados a los estudiantes que cubran los requisitos del cuatrimestre inmediato anterior y en Septiembre por un monto de $19,600.00 (Diecinueve mil seis cientos pesos 00/100 M.N.) asignados a los estudiantes que cubran los requisitos del cuatrimestre inmediato anterior.

 

El Comité de Becas de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, es la instancia responsable de autorizar e instruir reembolso de los pagos que correspondan a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos del beneficio.

 

9.1.3 Requisitos:

Para todas las modalidades el aspirante deberá presentar:

  1. Ser estudiante regular inscrito, con el mejor promedio de su Programa Educativo mayor a 9.7 en el cuatrimestre anterior, sin tener asignaturas reprobadas y consiste en el reembolso del pago del 100% de reinscripción;
  2. Ser estudiante regular inscrito, con promedio general de 9.5 o 9.6 en el cuatrimestre anterior, sin tener asignaturas reprobadas y consiste en el reembolso del pago del 80% de reinscripción;
  3. No haber incurrido en faltas de conducta y disciplina en materia administrativa, académica y/o extracadémica.

 

9.1.4 Convocatoria:

El Comité de Becas elabora y publica la convocatoria para el otorgamiento de becas quince días hábiles previos a la terminación de actividades académicas de cada cuatrimestre. Y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

(Número y Nombre  de la Convocatoria)

 

 

Dirigido al alumnado (Población objetivo) con el objeto de dar a conocer el programa de Beca académica, de acuerdo a las siguientes:

 

BASES

 

PRIMERA.- REQUISITOS:

SEGUNDA.- DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA.- REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA.- CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO:

OCTAVA.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

DÉCIMA.- CALENDARIO GENERAL:

 

 

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud (por definir)
Recepción de Documentos (por definir)
Publicación de Resultados (por definir)

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria, comunicarse a la oficina de al teléfono 771 302 87 40 o al correo electrónico utmir@seph.gob.mx

 

9.1.5 Documentos a Entregar:

 

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en la Unidad de promoción y desarrollo estudiantil de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

 

  1. Copia legible de identificación oficial con fotografía vigente: credencial de elector, licencia de conducir, cartilla militar, pasaporte, constancia de identidad con domicilio o credencial escolar expedida por la institución.
  2. Carta de exposición de motivos.
  3. Constancia de calificaciones con promedio.
  4. Carta de conducta y disciplina.
  5. Reporte de no adeudo de los responsables de los laboratorios, talleres, Centro de Información y Documentación, actividades extracurriculares y de la Unidad de Promoción y Desarrollo Estudiantil.

 

9.1.6 Registro y Recepción de Solicitudes:

 

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.1.7 Criterio de Compatibilidad:

 

La Beca Institucional de Educación Superior otorgadas por la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, son compatibles con todas las becas que otorgan el Gobierno Estatal y Federal; y de carácter restrictivo entre ellas mismas.

 

  1. La Beca Académica estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Universidad.
  2. Los alumnos que deseen obtener la Beca Académica  deberán reunir cada uno de los requisitos descritos al momento de la solicitud.
  • Las becas son otorgadas en forma cuatrimestral a los alumnos que cursen del segundo cuatrimestre en adelante.
  1. En caso de existir un número considerable de personas que obtengan promedio destacado en el mismo Programa Educativo, será facultad del Comité de Becas deliberar la asignación en atención a los siguientes criterios: promedio de cuatrimestres anteriores, puntualidad, porcentaje asistencias, horas extracurriculares y que no obre expediente ante la Comisión Disciplinaria.
  2. No aplica para el proceso de Estadía.

9.1.8 Criterios de Priorización:

 

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida.
  2. Estudiantes con mejor promedio obtenido en el periodo escolar inmediato anterior en estricto orden de prelación atendiendo un orden de mayor a menor, garantizando el acceso en equidad de género a la Beca.
  3. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación.
  4. Aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    • Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    • Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
    • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  5. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.

 

Estos criterios podrán ser adicionados y/o reordenados siempre y cuando el Comité de Becas de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma lo autorice.

 

9.1.9 Procedimiento:

 

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

 

  1. Los estudiantes realizarán personalmente el trámite o por medio de un tercero a través de una carta poder.
  2. Los alumnos registrarán su solicitud en la oficina de Unidad de Promoción y Desarrollo Estudiantil.
  3. El solicitante deberá entregar Carta de exposición de motivos.
  4. Constancia de calificaciones con promedio.
  5. Carta de conducta y disciplina.
  6. Reporte de no adeudo de los responsables de los laboratorios, talleres, Centro de Información y
  7. Documentación, actividades extracurriculares y de la Unidad de Promoción y Desarrollo Estudiantil.

 

 

El procedimiento se define en el siguiente diagrama de flujo:

 

Publicación de la convocatoria de la Beca Académica
Recepción de expedientes por el Comité de Becas
Análisis de las solicitudes por parte del Comité de Becas
Publicación de resultados por parte del Comité de Becas
Aplicación del reembolso a los alumnos beneficiados
Reunión del Comité de Becas para Análisis de Disponibilidad Presupuestal
Existe disponibilidad presupuestaria

 

 

SI
NO
Fin del proceso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9.1.10 Publicación de Resultados:

 

El Comité de Becas de Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma deberán emitir y publicar los resultados  de  la asignación de becas, en su página electrónica oficial, medios físicos y/o electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su Comité de Becas Institucionales; así mismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.1.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios:

9.1.11.1 Derechos específicos

 

  1. Podrán participar en la convocatoria para el otorgamiento de Beca Académica de la Universidad todos los alumnos que reúnan los requisitos establecidos en la misma.

 

9.1.11.2 Obligaciones específicas

 

  1. El estudiantado que obtenga la Beca Académica, tienen la obligación de cumplir con 100 horas al cuatrimestre en apoyo de actividades académicas.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.

 

Dado en la Sala de Juntas “Prof. Teodomiro Manzano Campero” de la SEPH, ubicada en Circuito Ex Hacienda La Concepción, lote 17; a los 27 de Febrero del año dos mil veinte, en la localidad de San Juan Tilcuautla, municipio de San Agustín Tlaxiaca, Hidalgo.

 

 

INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO

PRESIDENTE

 

 

 

LIC. TITO DORANTES CASTILLO

Presidente Suplente de la Secretario de Educación Pública en el Estado de Hidalgo

Rúbrica

 

 

CONSEJEROS ASISTENTES

 

 

 

Arq. Alfredo Reséndiz Benítez

Consejero  Suplente de la Secretaría de Educación Federal.

Rúbrica

 

 

M.G.P.A Luis Roberto Cerón Trejo.

Consejera Suplente de la Secretaria de Finanzas

Rúbrica

 

 

 

 

 

L.A Karina López Bolio

Consejera Suplente de la Unidad

de Planeación y Prospectiva

Rúbrica

   

 

 

Lic. Pedro Celestino Pérez

Secretario Municipal de Mineral de la Reforma

Rúbrica

     
Lic. Porfirio Maldonado Mouthon

Consejero Suplente de la SEP Federal Delegación Hidalgo

Rúbrica

   

 

 

INVITADA

 

 

M.G.P. Marlen Ortíz Benítez

Representante de la Secretaria Ejecutiva

de la Política Pública

Rúbrica

 

 

 

COMISARIO PÚBLICO TITULAR DE LA UNIVERSIDAD

TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA.

 

 

C.P. Jerónimo Quijano Montoya

Comisario Público

Rúbrica

 

 

TITULAR DEL ORGANISMO

 

Mtro. Víctor Manuel Del Villar Delgadillo 

Rúbrica

 

 

La presente hoja de firmas corresponde a los Integrantes de la Junta Directiva de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, para la aprobación del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Beca Académica de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, para el ejercicio fiscal 2020.

 

Derechos Enterados.28-02-2020


Periódico Oficial Alcance 18 del 28 de febrero de 2020

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