Documento contenido en el Periódico Oficial Ordinario 0 del 02 de marzo de 2020
Edición: Ordinario 0
Número: 9
Páginas: 94
Contenido:
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. – Código de Conducta.
ING. BENJAMÍN PILAR RICO MORENO, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 30, Fracción XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; Artículo 10, Fracción XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, y en apego a lo dispuesto por el Artículo 20, Inciso D de los Lineamientos Generales que establecen las bases para la integración, organización y funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017, expide el siguiente:
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
El fortalecimiento de la cultura institucional de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, conformada por los valores, principios y comportamientos correctos, es un esfuerzo permanente que nos permite cumplir con las exigencias y demandas de la sociedad hidalguense. Es por ello que este instrumento nos exige sumar voluntades para comprometernos a que nuestro quehacer diario en el servicio público coadyuve a prevenir conductas impropias que pueden generar conflictos y mermar la confianza de la población en el gobierno estatal.
El Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 establece en su Eje Rector 1.1 instrumentar una política de gobierno de cero tolerancia a la corrupción, pues es ésta la que inhibe que se tomen decisiones acertadas, amenaza la viabilidad de las instituciones democráticas y económicas; y lacera la legalidad del gobierno. Establece también que, la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción permitirá prever, detectar y sancionar todas las malas conductas cometidas por servidores públicos, ex servidores públicos o por particulares vinculados con faltas administrativas graves; todos aquellos hechos de corrupción y promoverá la fiscalización, la transparencia y, el control del uso y destino de los recursos públicos.
El Código de Conducta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales no busca suplir las leyes o reglamentos que ya existen, sino complementarlos y fortalecerlos; en él se describe el comportamiento que se espera de los servidores públicos en el ámbito laboral, y las normas de comportamiento que contribuyen a que esta Dependencia cumpla con sus objetivos de forma eficiente y eficaz.
El presente documento fue propuesto y aprobado por el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su sesión ordinaria, órgano que exhorta a todo el personal que integra la Secretaría a observarlo, velar por su cumplimiento y engrandecer el comportamiento ético.
Promover el desarrollo sostenible mediante la implementación de acciones eficientes que aseguren la equidad entre el desarrollo económico-social y la preservación del capital natural del Estado de Hidalgo, así como el ordenamiento del territorio, fomentando una cultura de responsabilidad ambiental, participación social, resiliencia ante los efectos del cambio climático, infraestructura sostenible y gobernanza incluyente.
Un Estado que concilie el desarrollo económico y social con la preservación del medio ambiente, con territorio ecológicamente ordenado, urbanismo de calidad, valores ambientales, resiliente ante el cambio climático, respetuoso y responsable del capital natural.
Contribuir a la construcción de una cultura ética en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno del Estado de Hidalgo, que junto con el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo se armonicen y fortalezcan los principios y valores, así como las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública de los servidores del sector ambiental; y con ello asegurar que nuestro Estado adopte nuevas formas y patrones de aprovechamiento sostenible de los recursos y preservación de un medio ambiente sano y equilibrado.
El presente Código de Conducta es de observancia general y obligatoria para todos los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sin importar su nivel jerárquico o esquema de contratación.
Las disposiciones de este Código serán observadas en cualquier lugar, situación o contexto en el que los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ejerzan algún empleo, cargo, comisión o función.
Para efectos del presente Código, se entenderá por:
Código de Conducta: El instrumento expedido por la persona Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a propuesta del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría, para regular la actuación de los servidores públicos adscritos a la misma, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión.
Código de Ética: El Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo.
Lineamientos Generales: Los Lineamientos Generales que establecen las bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.
Personal de la Secretaría: Los servidores públicos que formen parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos desconcentrados.
Secretaría: La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Gobierno del Estado de Hidalgo.
Valores: Características que distinguen la actuación de los servidores públicos tendientes a lograr credibilidad y el fortalecimiento de las instituciones públicas y del servicio público.
Principios: Las normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento y la conducta de los integrantes de un grupo humano.
Reglas de integridad: Las acciones que sirven para delimitar las conductas de los servidores públicos en situaciones específicas, absteniéndose de participar en las que pudieran afectar la seguridad, independencia e imparcialidad de su actuación pública.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES | PRINCIPIOS | VALORES | REGLAS DE INTEGRIDAD |
§ Honradez
§ Legalidad § Imparcialidad § Lealtad § Eficiencia
|
§ Justicia
§ Cultura de la denuncia § Transparencia § Rendición de cuentas Equidad de género § Respeto a los derechos humanos § Objetividad § No discriminación § Uso adecuado del tiempo de trabajo § Uso adecuado de los bienes del Estado § Interés público § Imparcialidad |
§ Compromiso
§ Liderazgo § Integridad § Lealtad § Honestidad § Honradez § Humildad § Tolerancia § Respeto § Puntualidad § Responsabilidad |
§ Actuación pública
§ Administración de bienes muebles e inmuebles § Control interno § Comportamiento digno § Cooperación con la integridad § Contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones § Desempeño permanente con integridad § Información pública § Programas gubernamentales § Procedimiento administrativo § Proceso de evaluación § Recursos Humanos § Trámites y servicios |
Además de los principios contenidos en el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, adopta los siguientes:
Cualquier incumplimiento a las disposiciones establecidas en este Código de Conducta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo será sometido a la consideración del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de dicha Dependencia, quien determinará si la falta correspondiente queda registrada en el expediente laboral del servidor público o, en su caso se turna al Órgano Interno de Control de la Secretaría para la investigación correspondiente por la posible comisión de una responsabilidad administrativa.
La actualización del presente Código de Conducta se llevará a cabo cuando el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría así lo considere pertinente, o en su caso, cuando resultado de la evaluación de su cumplimiento se determine como recomendación.
DADO EN LA SALA DE JUNTAS DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DEL ESTADO DE HIDALGO, UBICADA EN CALLE VICENTE SEGURA NÚMERO 100, COLONIA VICENTE SEGURA, PACHUCA DE SOTO, HIDALGO; A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
DEL ESTADO DE HIDALGO.
ING. BENJAMÍN PILAR RICO MORENO
RÚBRICA
Derechos Enterados. 21-02-2020
Periódico Oficial Ordinario 0 del 02 de marzo de 2020
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