Documento contenido en el Periódico Oficial Ordinario 0 del 17 de febrero de 2020
Edición: Ordinario 0
Número: 7
Páginas: 89
Contenido:
Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo. – Programa Anual de Evaluación 2020.
En atención a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafos segundo y quinto; 86 fracción I y 110 fracción IV, 111 párrafo segundo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y con fundamento en los artículos 49 párrafo cuarto fracción V de la Ley de Coordinación Fiscal; 1 y 79 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 42, 43 fracciones I, II, IV, V y VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo, en el Eje 5, Subeje 5.3, Objetivo 5.3.D del Plan Municipal de Desarrollo vigente y demás relativas y aplicables, a los 27 días del mes de enero de 2020 se expide el Programa Anual de Evaluación para el Municipio de Pachuca, del ejercicio fiscal 2020.
- Establecer los tipos de evaluación y monitoreo que habrán de aplicarse al Gasto Federalizado, programas y proyectos municipales durante el ejercicio fiscal 2020; para fortalecer el Sistema de Evaluación del Desempeño Municipal y dar seguimiento al trabajo evaluativo previo mediante ejercicios internos y externos en los que prime la planificación, la rendición de cuentas y perspectiva de largo
- Contribuir al fortalecimiento del Sistema de Evaluación del Desempeño del municipio, mediante la aplicación de evaluaciones colaborativas que evalúen el desempeño municipal;
- Fortalecer una dinámica evaluativa democrática y abierta, que permita a los servidores públicos retroalimentar los objetivos institucionales y las formas para alcanzarlos, mediante mesas de trabajo y sesiones particulares por unidad administrativa;
Para efectos del presente programa, se entenderá por:
CONEVAL: | Al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; |
Evaluación: | Al análisis sistemático y objetivo de las políticas públicas municipales, programas y proyectos; que tiene como finalidad determinar la congruencia, pertinencia y el logro de sus objetivos y metas, así como su eficiencia, eficacia, calidad, resultados y sostenibilidad; |
PAE: | Al presente Programa Anual de Evaluación; |
SPyE: | A la Secretaría de Planeación y Evaluación; |
SHCP | Secretaría de Hacienda y Crédito Público; |
STM | Secretaría de la Tesorería Municipal; |
TdR: | Términos de referencia guía de las evaluaciones, serán aquellos que emita el CONEVAL para los diferentes tipos de evaluaciones; |
UA: | A las Unidades Administrativas, desde el nivel de Presidencia hasta el de Jefatura de Oficina (cuando no dependa de una Dirección) y que intervengan en la operación del programa presupuestario evaluado; |
- EVALUACIONES EXTERNAS
Los programas presupuestarios a evaluarse de manera externa serán los siguientes:
Nombre de la evaluación | Tipo de evaluación | Ejercicio fiscal a evaluar | Plazo de evaluación |
Evaluación Específica de Desempeño al Programa de Fortalecimiento para la Seguridad (FORTASEG) | Específica de desempeño | 2019 | 8 semanas |
Evaluación Específica de Desempeño al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios | Específica de desempeño | 2019 | 8 semanas |
Evaluación Específica de Desempeño, con percepción de beneficiarios, al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal | Específica de desempeño con percepción de beneficiarios | 2019 | 8 semanas |
Para la ejecución de evaluaciones realizadas por instancias externas se considerará lo siguiente:
- Los TdR para la evaluación del Gasto Federalizado estarán basados en los Modelos de TdR´s que para tal efecto emita el CONEVAL o la SHCP y deberán ser adaptados por la SPyE para concurrir con las necesidades propias del Municipio. Dichos instrumentos serán de carácter público y se emitirán por lo menos diez días hábiles previos al inicio de la evaluación correspondiente.
- La realización de evaluaciones externas que conlleven el pago de alguna contraprestación estará sujeta a la disponibilidad de recursos que se requieran para su contratación, dicho proceso será público en todo momento, conforme a la legislación vigente. El origen de los recursos con que deba cubrirse dicho compromiso será resuelto conjuntamente por la STM y la SPyE.
- El calendario del proceso de evaluación externa será emitido a más tardar 5 días hábiles posteriores a la contratación de la evaluación correspondiente.
- USO DE LA INFORMACIÓN
- La información resultante de las evaluaciones deberá ser utilizada, para tal efecto, la SPyE y las UA acordarán un Plan de Acción que reflejará el compromiso de adoptar las recomendaciones seleccionadas en el mejoramiento de la gestión de sus programas y/o proyectos. Dicho Plan de Acción deberá resultar de un ejercicio colaborativo y participativo en el que confluyan todas UA involucradas.
- Para efectos de la fracción anterior, la SPyE podrá utilizar el Mecanismo vigente para la atención de los Aspectos Susceptibles de Mejora propuesto por CONEVAL.
- La información resultante de las evaluaciones podrá ser tomada en consideración para las decisiones presupuestales, organizacionales y normativas subsecuentes.
- La SPyE publicará en su sitio de internet el presente PAE, los TdR, los informes finales y los Programas de Acción de las evaluaciones aquí mencionadas.
Elaboró | Revisó | Autorizó |
Julio Aarón Reséndiz Fernández
Coordinador de Evaluación Rúbrica |
Natalia Kozlenkova
Secretaria de Planeación y Evaluación Rúbrica |
Yolanda Tellería Beltrán
Presidente Municipal Constitucional Rúbrica |
Derechos Enterados. 11-02-2020
Periódico Oficial Ordinario 0 del 17 de febrero de 2020
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