Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 27 de enero de 2020

Edición: Alcance 0
Número: 4
Páginas: 30

Contenido:


Secretaría de Salud de Hidalgo. – Acuerdo que crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

EL DOCTOR MARCO ANTONIO ESCAMILLA ACOSTA EN MI CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO DEL HIDALGO Y CON LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA  DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO Y 10 FRACCIÓN XVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SALUD DE HIDALGO; Y DE CONFORMIDAD CON LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2017; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que para fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas, el Plan Estatal de Desarrollo 2016–2022 establece en su eje I Gobierno, Honesto, Cercano y Moderno, la visión de un Gobierno más eficiente, desarrollando acciones encaminadas a eliminar la corrupción, impulsar la participación ciudadana e incentivar la cooperación con los municipios y la federación que permita claros resultados, bajo procesos de desarrollo de la participación y colaboración social.

 

SEGUNDO. Que el Lic. Omar Fayad Meneses, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, conjuntamente con el Maestro Cesar Román Mora Velázquez, Secretario de Contraloría, expidió el 26 de abril de 2019, el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 13 de mayo de 2019, como elemento de la política de integridad de los entes públicos de la Administración Pública Estatal, para el fortalecimiento de un servicio público y ético.

 

El Acuerdo señalado establece disposiciones generales, los principios y valores del servicio público, reglas de integridad, así como la instrucción para implementar los mecanismos para la capacitación y difusión del código de ética, la elaboración y emisión de códigos de conducta; el proceder de los servidores públicos en el caso de la vulneración al código de ética, cumplimiento y observancia, además la consulta e interpretación, regulando con ello las acciones a cargo de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés; siendo así que, a través de estos instrumentos se busca la homologación a nivel nacional de conceptos, principios, criterios y objetivos para fomentar la cultura de la legalidad y el correcto desempeño del ejercicio del servicio público.

 

TERCERO. Que a la Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo le corresponde proponer, establecer, conducir, supervisar y evaluar la política estatal en materia de salud de conformidad con lo dispuesto en las Leyes General y Estatal de Salud y los Sistemas Nacional y Estatal de Salud, así como con las directrices generales de la planeación estatal del desarrollo y en congruencia con las políticas, normas y procedimientos que a nivel nacional determine la Secretaría de Salud.

 

CUARTO. Que el secretario de Salud tiene la facultad de establecer y presidir los Comités y Comisiones que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Secretaría, así como para para designar a los integrantes de los mismos; de conformidad con el artículo 10, fracción XVI del Reglamento Interior de la misma Secretaría.

 

QUINTO. Que la Secretaría de Salud es responsable de garantizar el cumplimiento al derecho a la protección de la salud, bajo los principios éticos, sociales y de respeto a los derechos humanos.

 

Por lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE CREA EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO.

 

Punto 1. Se crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo, como un órgano integrado que tiene a su cargo el fomento de la ética e integridad en el servicio público y la prevención de conflictos de intereses a través de acciones de orientación, capacitación y difusión en la dependencia.

 

Punto 2. El Comité se integra de la siguiente forma:

 

  1. Presidente la persona titular de la Subsecretaría de Administración, Finanzas y Planeación de la Secretaría de Salud.
  2. Secretario Ejecutivo: Estará a cargo de quien designe la persona titular de la Secretaría de Salud de Hidalgo.
  • Vocales:
  1. La persona titular de la Subsecretaría de Salud Pública;
  2. La persona titular de la Subsecretaría de Servicios de Salud;
  3. La persona titular del Centro Estatal de Trasplantes, y
  4. La persona titular de la Dirección General de Proyectos Estratégicos de Salud.
  5. Asesores
  6. La persona Titular del Órgano Interno de Control.

 

Punto 3. El funcionamiento del Comité, se apegará a lo dispuesto en el Capítulo V del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 4. Respecto a las funciones del Presidente y del Secretario Ejecutivo del Comité, se estará a lo dispuesto en el Capítulo VI del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 5. Por cuanto hace a la responsabilidad de los miembros del Comité, las denuncias así como su divulgación y transparencia, se estará a lo dispuesto en los Capítulos VII, VIII y IX, respectivamente, del Acuerdo de los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés,  publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.-Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.-La Subsecretaría de Administración, Finanzas y Planeación elaborará los procedimientos, manuales, formatos, instructivos, entre otros que se requieran para el óptimo funcionamiento del comité, de conformidad a lo que establecen las disposiciones aplicables.

 

CUARTO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

QUINTO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicados en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Dado en la ciudad de Pachuca de Soto, Hgo., a los dos días del mes de diciembre del 2019.

 

 

EL C. SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO

 

  1. MARCO ANTONIO ESCAMILLA ACOSTA

RÚBRICA

 

 

Derechos Enterados. 23-01-2020

 


Periódico Oficial Alcance 0 del 27 de enero de 2020

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