Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 8 del 31 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 8
Número: 52
Páginas: 16

Contenido:


Poder Legislativo.- Decreto num. 228. que aprueba el nombramiento de los ciudadanos  Evelia Elizabeth Monribot Domínguez , Luis Ángel Hernández Ríos , Myrna Rocío Moncada Mahuem, Raúl Kennedy Cabildo y Sigifredo Rivera Mercado, comisionados propietarios y a Martha Concepción Martínez Guarneros, Álvaro Rodríguez Doniz, Patricia Sánchez García, Eder Assam Cuecuecha Pérez  y Maurilio Muñoz Ortega comisionados suplentes del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental  para el Estado de Hidalgo.

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO

PODER EJECUTIVO

 

OMAR FAYAD MENESES, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, A SUS HABITANTES SABED:

 

QUE LA LXIV LEGISLATURA DEL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:

 

D E C R E T O NUM. 228

 

QUE APRUEBA EL NOMBRAMIENTO DE LOS CIUDADANOS  EVELIA ELIZABETH MONRIBOT DOMÍNGUEZ , LUIS ÁNGEL HERNÁNDEZ RÍOS , MYRNA ROCÍO MONCADA MAHUEM, RAÚL KENNEDY CABILDO Y SIGIFREDO RIVERA MERCADO, COMISIONADOS PROPIETARIOS Y A MARTHA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ GUARNEROS, ÁLVARO RODRÍGUEZ DONIZ, PATRICIA SÁNCHEZ GARCÍA, EDER ASSAM CUECUECHA PÉREZ  Y MAURILIO MUÑOZ ORTEGA COMISIONADOS SUPLENTES DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL  PARA EL ESTADO DE HIDALGO.

 

El  Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 4 Bis, 56 fracción VIII Bis de la Constitución Política del Estado de Hidalgo,   30 y 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, D E C R E T A:

 

ANTECEDENTES

 

  1. Que en el diario oficial del 31 de diciembre de 2013 se emitió el decreto número 175 que aprueba el nombramiento de los ciudadanos Lic. Martin Islas Fuentes, Lic. Camilo Fayad Medina, Lic. Gerardo Islas Villegas, Lic. Profra. Miriam Ozumbilla Castillo, Lic. Mireya González Corona, como Consejeros Propietarios y Lic. Víctor Francisco Torres Cerón, C.P. Mario Ricardo Zimbrón Téllez, Lic. Enrique Arias Zapien, Lic. en Contabilidad Xóchitl Vera Pérez y C.P. María Guadalupe González Vargas, como Consejeros Suplentes del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo.

 

  1. Que con fecha 14 de enero de 2014, tomaron protesta de su encargo los Consejeros Propietarios del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo.

 

  1. Que el artículo transitorio cuarto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo establece que: “Para asegurar el escalonamiento en sus funciones, los cinco Comisionados Propietarios y Suplentes del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental del Estado de Hidalgo que sean nombrados, tendrán por primera y única vez, una duración en su encargo de: dos Comisionados por cuatro años, dos Comisionados por seis años y un Comisionado por siete años.”

 

  1. Que el artículo 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo establece que: “La designación de los Comisionados del Instituto, se realizará bajo el siguiente procedimiento:
  2. El Congreso, por conducto de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá una convocatoria pública para que cualquier ciudadano que aspire al cargo de Comisionado, haga llegar su solicitud de registro, dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a la expedición de misma;

 

  1. Concluido el plazo para el registro de los aspirantes al cargo de Comisionado, el Congreso, por conducto de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro de los cinco días hábiles siguientes, emitirá un informe en el que señale el número de aspirantes registrados y determine quienes cumplieron con los requisitos exigidos en la presente Ley;

 

  • Los aspirantes que hayan acreditado los requisitos, serán convocados a comparecer ante la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro de los siguientes diez días hábiles;

 

  1. Concluidas las comparecencias, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá dictamen que contendrá la propuesta de los aspirantes que cumplan con el perfil necesario y puedan ser designados, mismo que será sometido a discusión y en su caso aprobación, por mayoría simple del Congreso. A efecto, de procurar la paridad de género, al tener el Instituto un número impar de comisionados, podrá integrarse, ya sea con tres mujeres y dos hombres, o, con tres hombres y dos mujeres; y

 

  1. Aprobado el nombramiento, el Congreso mandará llamar a los propietarios quienes deberán rendir la protesta de Ley antes de tomar posesión de su cargo.”

 

  1. Que toda vez que la abrogada Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, establecía que la duración del encargo de los Consejeros Propietarios del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo sería de seis años, periodo que vence el 14 de enero de 2020, esta Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, acuerda en Sesión de fecha 5 de noviembre de 2019, aprobar y emitir la Convocatoria pública para la designación de cinco personas que ocupen el cargo de comisionadas o comisionados propietarios y cinco suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo., en los siguientes términos:

 

“BASES

 

PRIMERA. Con fundamento en los artículos 31 y 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información para el Estado de Hidalgo, se convoca a la ciudadanía hidalguense a participar en el proceso de designación de las Comisionadas y Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales; las y los aspirantes deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

 

  1. Ser ciudadano hidalguense en pleno ejercicio de derechos políticos y civiles, en los términos a que se refiere el artículo 13 de la Constitución Política del Estado;

 

  1. Contar con un mínimo de 30 años de edad al momento de la designación;

 

  • Poseer título profesional de licenciatura;

 

  1. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académicas, relacionadas con la materia;

 

  1. No haber sido sentenciado por delito doloso, ni sancionado en juicio de responsabilidad como servidor público;

 

  1. No tener ni haber tenido cargo alguno de elección popular o haber sido candidato al mismo en los tres años anteriores a la designación;

 

  • No tener ni haber tenido cargo de dirección nacional, estatal o municipal de algún partido político, en los tres años anteriores a la designación;

 

  • No haber sido Gobernador de algún Estado, Secretario de Estado, Procurador General de Justicia, Senador, Diputado Federal o Local, Presidente Municipal, dirigente de un partido o asociación política, durante el año previo al día de su nombramiento; y

 

  1. No ser ministro de culto religioso.

 

SEGUNDA. Las y los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:

 

  1. Original y copia simple del acta de nacimiento.

 

  1. Copia simple de identificación oficial, que puede ser: Credencial para Votar, Cédula Profesional, Pasaporte o en su caso, Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, por ambos lados.

 

 

  1. Copia simple de un comprobante de domicilio, a nombre de la persona que se postula, con menos de tres meses de vigencia u original de una constancia que compruebe su residencia, en términos de lo establecido en las fracciones II y III del artículo 13 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.

 

  1. Copia certificada del Título Profesional de Licenciatura.

 

  1. Currículum Vitae con fotografía, en versiones pública y privada, en el que se precise la fecha de nacimiento, los datos generales, número telefónico y correo electrónico de contacto de la candidata o candidato y que contenga datos verificables sobre su experiencia o desempeño en actividades profesionales, de servicio público o académicas relacionadas con la transparencia y protección de datos personales. Los documentos anexos deberán estar foliados y firmados con tinta azul en su margen derecho.

 

  1. Original y copia de la Constancia de NO Antecedentes Penales, expedida por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (requisitos en https://ruts.hidalgo.gob.mx/ver/572) y Constancia de No Inhabilitación, expedida por la Secretaría de Contraloría del Gobierno del Estado de Hidalgo (consulta de requisitos en http://s-contraloria.hidalgo.gob.mx/pag/constancia_no.html), ambas con antigüedad no mayor a tres meses.

 

  1. Llenar y firmar el formato de la carta bajo protesta de decir verdad en la que manifieste que cumple con los requisitos contemplados en el artículo 31 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, mismo que será proporcionado al momento de inscribirse al proceso. Dicha carta contendrá la manifestación de la o el aspirante sobre:

 

  • No tener ni haber tenido cargo alguno de elección popular o haber sido candidato al mismo en los tres años anteriores a la designación.

 

  • No tener ni haber tenido cargo de dirección nacional, estatal o municipal de algún partido político, en los tres años anteriores a la designación.

 

  • No haber sido Gobernador de algún Estado, Secretario de Estado, Procurador General de Justicia, Senador, Diputado Federal o Local, Presidente Municipal dirigente de un partido o asociación política, durante el año previo al día de su nombramiento.

 

  1. Carta que contenga una exposición de motivos que sustentan su idoneidad para el cargo de Comisionada o Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, con una extensión no mayor a tres cuartillas, letra tipo Arial, tamaño 12 e interlineado de 1.5.

 

TERCERA. Todo aspirante debe registrarse personalmente en días hábiles a partir del día jueves 07 hasta el jueves 21 de noviembre de 2019, en un horario de 9:00 a 16:00 horas, ante la Secretaría de Servicios Legislativos, ubicada en la planta baja de la Torre Legislativa, ubicada en Plaza Cívica Miguel Hidalgo, Carretera México Pachuca Km. 84.5 Colonia Carlos Rovirosa, C.P. 42082, Pachuca de Soto, Hidalgo.

 

CUARTA. Concluida la etapa de registros de aspirantes, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, el día martes 26 de noviembre 2019, emitirá un informe que contendrá el número de aspirantes registrados y determinará las personas que han cumplido con los requisitos establecidos en la presente convocatoria. El informe, la versión pública del currículum y la carta de los motivos serán publicados y difundidos en la página del Congreso del Estado de Hidalgo (http://www.congreso-hidalgo.gob.mx/) y sus redes sociales.

 

QUINTA. Derivado del informe a que hace referencia la BASE CUARTA, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción del Congreso del Estado de Hidalgo, dará a conocer el calendario para hacer comparecer a las y los aspirantes que hayan acreditado los requisitos. Dicho calendario, deberá contener día, hora, nombre y lugar para las comparecencias.

 

Las comparecencias de las y los aspirantes serán ante los integrantes de la Primera Comisión Permanente, deberán desarrollarse desde el miércoles 27 de noviembre y podrán culminar hasta el día martes 10 de diciembre de 2019, dependiendo del número de aspirantes registrados y tendrán lugar en la Sala Juárez, ubicada en el cuarto piso de la Torre Legislativa, sita en Plaza Cívica Miguel Hidalgo, Carretera México Pachuca Km. 84.5 Colonia Carlos Rovirosa, C.P. 42082, Pachuca de Soto, Hidalgo, en un horario de 9:00 a 16:30 horas.

 

El orden de las comparecencias tendrá como criterio primordial el orden alfabético de los apellidos de las y los aspirantes.

 

SEXTA. Las comparecencias se desarrollarán conforme el siguiente procedimiento:

 

  1. Tendrán una duración de hasta 45 minutos por aspirante.

 

  1. Las y los aspirantes tendrán hasta 10 minutos para presentar su perfil y su idoneidad para ocupar el cargo de Comisionada o Comisionado del Instituto.

 

  1. Terminada su exposición, las y los integrantes de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, podrán formular preguntas que la o el aspirante deberá responder. Cada intervención tendrá un tiempo máximo de 3 minutos.

 

  1. La Evaluación se realizará aplicando el instrumento técnico y conforme a los siguientes criterios: formación académica, experiencia laboral, conocimiento en aspectos de acceso a la información, transparencia, protección de datos personales, conservación y administración de archivos.

 

Concluidas las comparecencias, deberán ser publicadas en la Página del Congreso del Estado de Hidalgo y sus redes sociales.

 

SÉPTIMA. Concluida la etapa de las comparecencias, las y los integrantes de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción se reunirán para deliberar los resultados y deberán emitir un dictamen que contendrá la propuesta de las y los aspirantes designados que cumplen con el perfil necesario, para su discusión y aprobación.

El dictamen deberá contener el nombre de las cinco personas designadas como Comisionada o el Comisionado Propietario y su Suplente, así como el tiempo por el que fueron elegidos: por cuatro, seis o siete años.

Para la designación de las personas Comisionadas y Comisionados se deberá procurar la paridad de género, ya sea con tres mujeres y dos hombres o con tres hombres y dos mujeres.

 

OCTAVA. Una vez aprobado el dictamen que contiene la designación de las Comisionadas y los Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, deberá inscribirlo en la Secretaría de Servicios Legislativos, para su inclusión en el Orden del Día de la Sesión Ordinaria correspondiente, para su discusión y aprobación.

 

NOVENA. El dictamen presentado por la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción ante el Pleno del Congreso del Estado de Hidalgo, deberá ser votado nominalmente y aprobado por mayoría simple, de conformidad con lo estipulado por los artículos 51 y 167 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo.

 

DÉCIMA. Las y los Comisionados Propietarios deberán rendir protesta de Ley ante el Pleno del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo o ante la Diputación Permanente, antes de asumir su cargo.

 

DÉCIMA PRIMERA. Todo lo no previsto en la presente convocatoria, será resuelto por lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo; la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y su Reglamento o mediante acuerdo de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

 

DÉCIMA SEGUNDA. Publíquese la presente convocatoria en la página electrónica del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, redes sociales institucionales del Congreso, en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y en dos periódicos de circulación local, al día siguiente del de su aprobación.

 

  1. La Secretaría de Servicios Legislativos dando cumplimiento a la BASE DÉCIMA SEGUNDA de la Convocatoria, llevó a cabo el proceso legislativo de publicación y difusión de la Convocatoria pública para la designación de cinco personas que ocupen el cargo de comisionadas o comisionados propietarios y cinco suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, publicándose en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, en la página web del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, así como en dos periódicos de circulación local.

 

En virtud de lo expuesto, y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción es competente para conocer el proceso de selección y designación de las y los comisionados propietarios y suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, de conformidad con el 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Que el párrafo sexto del artículo 4 Bis de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, señala que “El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo se integrará por cinco comisionados que permanecerán en su encargo por un período de siete años y no podrán ser reelectos. Su designación se realizará en los términos de la ley reglamentaria de manera escalonada para garantizar el principio de autonomía, procurando la igualdad de género y privilegiando la experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales. No podrán tener otro empleo, cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en instituciones docentes, científicas o de beneficencia”.

 

En este sentido, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, es competente para conocer el proceso de selección y designación de las cinco personas comisionadas y comisionados propietarios y suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, con sustento en los artículos 56 fracción VIII Bis de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; y 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, mismos que señalan:

 

TERCERO. Que el artículo 56 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo en su fracción VIII Bis, establece que: “Son facultades del Congreso:

 

VIII Bis. Nombrar a los Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, así como conocer de su renuncia o remoción, mediante el procedimiento señalado en la Ley de la materia;”

Artículo 32. La designación de los Comisionados del Instituto, se realizará bajo el siguiente procedimiento:

 

  1. El Congreso, por conducto de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá una convocatoria pública para que cualquier ciudadano que aspire al cargo de Comisionado, haga llegar su solicitud de registro, dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a la expedición de misma;

 

  1. Concluido el plazo para el registro de los aspirantes al cargo de Comisionado, el Congreso, por conducto de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro de los cinco días hábiles siguientes, emitirá un informe en el que señale el número de aspirantes registrados y determine quienes cumplieron con los requisitos exigidos en la presente Ley;

 

III. Los aspirantes que hayan acreditado los requisitos, serán convocados a comparecer ante la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro de los siguientes diez días hábiles;

 

  1. Concluidas las comparecencias, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá dictamen que contendrá la propuesta de los aspirantes que cumplan con el perfil necesario y puedan ser designados, mismo que será sometido a discusión y en su caso aprobación, por mayoría simple del Congreso. A efecto, de procurar la paridad de género, al tener el Instituto un número impar de comisionados, podrá integrarse, ya sea con tres mujeres y dos hombres, o, con tres hombres y dos mujeres; y

 

  1. Aprobado el nombramiento, el Congreso mandará llamar a los propietarios quienes deberán rendir la protesta de Ley antes de tomar posesión de su cargo.

 

CUARTO. Que, el artículo 30 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo señala que el Instituto se integrará por cinco Comisionados, quienes elegirán al Comisionado Presidente de entre ellos mismos, a través del voto mayoritario de sus integrantes. Por cada Comisionado Propietario se designará un suplente, que deberá ser del mismo género.

QUINTO. Que de acuerdo con el artículo 31 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo establece que: “Para ser Comisionado se requiere:

  1. Ser ciudadano hidalguense en pleno ejercicio de derechos políticos y civiles, en los términos a que se refiere el Artículo 13 de la Constitución Política del Estado;

 

  1. Contar con un mínimo de 30 años de edad al momento de la designación;

 

  • Poseer título profesional de licenciatura;

 

  1. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académicas, relacionadas con la materia de esta Ley;

 

  1. No haber sido sentenciado por delito doloso, ni sancionado en juicio de responsabilidad como servidor público;

 

  1. No tener ni haber tenido cargo alguno de elección popular o haber sido candidato al mismo en los tres años anteriores a la designación;

 

  • No tener ni haber tenido cargo de dirección nacional, estatal o municipal de algún partido político, en los tres años anteriores a la designación;

 

  • No haber sido Gobernador de algún Estado, Secretario de Estado, Procurador General de Justicia, Senador, Diputado Federal o Local, Presidente Municipal, dirigente de un partido o asociación política, durante el año previo al día de su nombramiento; y IX. No ser ministro de culto religioso.”

SEXTO. Que de acuerdo con el artículo 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo establece que: “La designación de los Comisionados del Instituto, se realizará bajo el siguiente procedimiento:

  1. El Congreso, por conducto de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá una convocatoria pública para que cualquier ciudadano que aspire al cargo de Comisionado, haga llegar su solicitud de registro, dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a la expedición de misma;

 

  1. Concluido el plazo para el registro de los aspirantes al cargo de Comisionado, el Congreso, por conducto de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro de los cinco días hábiles siguientes, emitirá un informe en el que señale el número de aspirantes registrados y determine quienes cumplieron con los requisitos exigidos en la presente Ley;

 

  • Los aspirantes que hayan acreditado los requisitos, serán convocados a comparecer ante la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro de los siguientes diez días hábiles;

 

  1. Concluidas las comparecencias, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá dictamen que contendrá la propuesta de los aspirantes que cumplan con el perfil necesario y puedan ser designados, mismo que será sometido a discusión y en su caso aprobación, por mayoría simple del Congreso. A efecto, de procurar la paridad de género, al tener el Instituto un número impar de comisionados, podrá integrarse, ya sea con tres mujeres y dos hombres, o, con tres hombres y dos mujeres; y

 

  1. Aprobado el nombramiento, el Congreso mandará llamar a los propietarios quienes deberán rendir la protesta de Ley antes de tomar posesión de su cargo.”

 

SÉPTIMO. Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo, esta comisión actuante llevo a cabo el procedimiento para la designación de cinco personas que ocupen el cargo de comisionadas o comisionados propietarios y cinco suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, en cumplimiento al numeral antes mencionado y a las bases de la convocatoria.

 

OCTAVO. Que, agotada la etapa de registro e inscripción señalada en la BASE TERCERA de la Convocatoria, la Secretaría de Servicios Legislativos remitió noventa y cinco expedientes de las y los aspirantes inscritos en el proceso, a la Comisión actuante, tal como está publicada en el informe.

 

NOVENO. Que, para dar continuidad al proceso y cumplimiento a lo señalado en el segundo párrafo de la BASE CUARTA de la Convocatoria, la Comisión actuante se reunió a fin de revisar los noventa y cinco expedientes que fueron turnados y determinar quiénes cumplían con los requerimientos exigidos para el cargo; verificando el cumplimiento de los requisitos señalados en la Convocatoria.

Una vez realizado el análisis de cada uno de los expedientes recibidos, las y los Diputados acordamos que los siguientes aspirantes, son los que cumplieron a cabalidad con todos y cada uno de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

 

1.Alarcón García Yessica

2.Alfaro Ponce Berenice

3.Ambrosio Juarico Levy Jovanny

4.Ángeles González Víctor Manuel

5.Badillo Fragoso Adolfo

6.Barrera Carrera Agustín Manuel

7.Bernal Ramírez Marcos David

8.Borbolla Franco Luz María

9.Cabrera Román Alfredo

10.Cambrón García Fabiola Coral

11.Canseco Ocampo Juan Salvador

12.Cárdenas De la O Diego Daniel

13.Chávez Ramírez Luis Geovanny

14.Cruz Lazcano Erick Tomás

15.Cruz Martín Víctor Manuel

16.Cuecuecha Pérez Eder Assam

17.Elizalde Cervantes Margarita

18.Escorcia Álvarez Beatriz

19.García Dorantes Xochipilli

20.García Hernández Joaquín

21.García Islas Cynthia Anahy

22.García Ramírez Jesús Raciel

23.Garrido Lozada Ana Elizabeth

24.Gómez Mendoza Luz Adriana

25.González Cartagena Sonia

26.González Dimas Lucía

27.Hernández Peralta Raymundo Guadalupe

28.Hernández Ríos Luis Ángel

29.Herrera Cabañas Rafael

30.Hoyo Miranda Raúl Francisco

31.Kennedy Cabildo Raúl

32.Lugo Vargas María Rosa

33.Martínez Guarneros Martha Concepción

34.Maturano Aguirre Nataly Lucía

35.Moncada Mahuem Myrna Rocío

36.Monribot Domínguez Evelia Elizabeth

37.Muñoz Ortega Maurilio

38.Piña Becerra Indira Lucett

39.Ramírez León Rafael

40.Ramírez Ramírez Irma Margarita

41.Rivera Mercado Sigifredo

42.Rodríguez Doniz Álvaro

43.Rodríguez Pastén Maricela

44.Roque López Abel Luis

45.Ruano Escalante Ely Nazareth

46.Salas Lara Pedro

47.Sánchez García Patricia

48.Santillán Meneses Víctor Manuel

49.Segovia Villeda Víctor Daniel

50.Tejeda Salinas Elia

51.Ugalde Alvarado Maira Joselyne

52.Zamora Soria Hipólito

 

DÉCIMO. Derivado de lo anterior la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, emitió informe pormenorizado con fecha 26 de noviembre de 2019, con las y los aspirantes que lograron acreditar los requisitos de elegibilidad establecidos en las bases de la convocatoria.

 

DÉCIMO PRIMERO. Que, en virtud de lo antes expuesto, se determinó llevar a cabo la etapa de comparecencias señaladas en la BASE SEXTA de la Convocatoria, siguiendo el esquema establecido en la misma, y con base a los siguientes lineamientos:

 

  1. Tendrán una duración de hasta 45 minutos por aspirante.

 

  1. Las y los aspirantes tendrán hasta 10 minutos para presentar su perfil y su idoneidad para ocupar el cargo de Comisionada o Comisionado del Instituto.

 

  1. Terminada su exposición, las y los integrantes de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, podrán formular preguntas que la o el aspirante deberá responder. Cada intervención tendrá un tiempo máximo de 3 minutos.

 

  1. La Evaluación se realizará aplicando el instrumento técnico y conforme a los siguientes criterios: formación académica, experiencia laboral, conocimiento en aspectos de acceso a la información, transparencia, protección de datos personales, conservación y administración de archivos.

 

Concluidas las comparecencias, deberán ser publicadas en la Página del Congreso del Estado de Hidalgo y sus redes sociales.

 

Lo anterior se informó a las y los aspirantes vía correo electrónico y telefónicamente, así como el orden y el horario en que se efectuaría su entrevista, aprobándose por las y los integrantes de la Comisión actuante el siguiente calendario:

 

CALENDARIO DE COMPARECENCIAS DE LOS ASPIRANTES A COMISIONADAS O COMISIONADOS TITULARES Y SUPLENTES DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE HIDALGO

 

Día: miércoles 27 de noviembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 11:00 – 11:45 Yessica Alarcón García
2 12:00 – 12:45 Berenice Alfaro Ponce
3 1:00 – 1:45 Levy Jovanny Ambrocio Juarico
4 2:00 – 2:45 Víctor Manuel Ángeles González
5 3:00 – 3:45 Adolfo Badillo Fragoso

 

Día: jueves 28 de noviembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 15:00- 15:45 Agustín Manuel Barrera Carrera
2 16:00-16:45 Marcos David Bernal Ramírez
3 17:00-17:45 Luz María Borbolla Franco
4 18:00-18:45 Alfredo Cabrera Román

 

Día: viernes 29 de noviembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 9:00 – 9:45 Fabiola Coral Cambrón García
2 10:00 – 10:45 Juan Salvador Canseco Ocampo
3 11:00 – 11:45 Diego Daniel Cárdenas de la O
4 12:00 – 12:45 Luis Geovanny Chávez Ramírez
5 13:00 – 13:45 Erick Tomás Cruz Lazcano
  13:45 – 15:00 RECESO
6 15:00 – 15:45 Víctor Manuel Cruz Martín
7 16:00 – 16:45 Eder Assam Cuecuecha Pérez
8 17:00 – 17.45 Margarita Elizalde Cervantes

 

Día: lunes 2 de diciembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 9:00 – 9:45 Beatriz Escorcia Álvarez
2 10:00 – 10:45 Joaquín García Hernández
3 11:00 – 11:45 Xochipilli García Dorantes
4 12:00 – 12:45 Jesús Raciel García Ramírez
5 13:00 – 13:45 Cynthia Anahy García Islas
  13:45 – 15:00 RECESO
6 15:00 – 15:45 Ana Elizabeth Garrido Lozada
7 16:00 – 16:45 Luz Adriana Gómez Mendoza
8 17:00 – 17.45 Lucía González Dimas

 

Día: martes 3 de diciembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 15:00- 15:45 Sonia González Cartagena
2 16:00-16:45 Luis Ángel Hernández Ríos
3 17:00-17:45 Raymundo Guadalupe Hernández Peralta
4 18:00-18:45 Rafael Herrera Cabañas

 

Día: miércoles 4 de diciembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 9:00 – 9:45 Raúl Francisco Hoyo Miranda
2 10:00 – 10:45 Raúl Kennedy Cabildo
3 11:00 – 11:45 María Rosa Lugo Vargas
4 12:00 – 12:45 Martha Concepción Martínez Guarneros
5 13:00 – 13:45 Nataly Lucía Maturano Aguirre
  13:45 – 15:00 RECESO
6 15:00 – 15:45 Myrna Rocío Moncada Mahuem
7 16:00 – 16:45 Evelia Elizabeth Monribot Domínguez
8 17:00 – 17.45 Maurilio Muñoz Ortega

 

Día: jueves 5 de diciembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 15:00- 15:45 Indira Lucett Piña Becerra
2 16:00-16:45 Rafael Ramírez León
3 17:00-17:45 Irma Margarita Ramírez Ramírez
4 18:00-18:45 Sigifredo Rivera Mercado

 

Día: lunes 9 de diciembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 9:00 – 9:45 Maricela Rodríguez Pastén
2 10:00 – 10:45 Álvaro Rodríguez Doniz
3 11:00 – 11:45 Abel Luis Roque López
4 12:00 – 12:45 Ely Nazareth Ruano Escalante
5 13:00 – 13:45 Pedro Salas Lara
  13:45 – 15:00 RECESO
6 15:00 – 15:45 Patricia Sánchez García
7 16:00 – 16:45 Víctor Manuel Santillán Meneses
8 17:00 – 17.45 Víctor Daniel Segovia Villeda

 

Día: martes 10 de diciembre de 2019.

Lugar: Sala Juárez de la Torre Legislativa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

TURNO HORARIO NOMBRE
1 15:00- 15:45 Elia Tejeda Salinas
2 16:00-16:45 Maira Joselyne Ugalde Alvarado
3 17:00-17:45 Hipólito Zamora Soria

 

Así también, por conducto de la Secretaría de Servicios Legislativos del Congreso del Estado se publicó en su página web.

 

DÉCIMO SEGUNDO. Que, una vez concluida la etapa de comparecencias, la Comisión actuante sesionó el día lunes 16 de diciembre de 2019, con la finalidad de ejercer la prerrogativa de las y los aspirantes a ser nombrados Comisionadas y Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales, el cual lleva implícito un derecho de participación, resultando afín al sistema democrático.

 

De ahí que la Comisión actuante tomó como referencia los principios para el acceso a la función pública y las características de las y los aspirantes que revelaron los perfiles idóneos para desempeñar con eficiencia y eficacia el cargo de comisionados propietarios y suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo.

 

Asimismo, se tomó en consideración su formación académica, experiencia laboral, conocimiento en aspectos de acceso a la información, transparencia, protección de datos personales, conservación y administración de archivos, examinando de manera minuciosa tanto los expedientes como su participación, desempeño y conocimientos expresados en la etapa de comparecencias.

 

DÉCIMO TERCERO.  Que de acuerdo con la fracción IV y V del artículo 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo, señala:

 

“IV. concluidas las comparecencias, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, emitirá dictamen que contendrá la propuesta de los aspirantes que cumplan con el perfil necesario y puedan ser designados, mismo que será sometido a discusión y en su caso aprobación, por mayoría simple del Congreso. A efecto, de procurar la paridad de género, al tener el Instituto un número impar de comisionados, podrá integrarse, ya sea con tres mujeres y dos hombres, o, con tres hombres y dos mujeres; y

  1. Aprobado el nombramiento, el Congreso mandará llamar a los propietarios quienes deberán rendir la protesta de Ley antes de tomar posesión de su cargo.”

Este precepto pone a consideración de la Comisión la facultad de elegir cinco personas que ocupen el cargo de comisionadas o comisionados propietarios y cinco suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo para ser sometidos a la votación del Pleno.

 

Por consecuencia, se propusieron a diez personas, de entre las y los aspirantes evaluados que, en opinión de las y los Diputados integrantes de esta Comisión, cuentan con aptitudes, experiencia y los conocimientos, en aspectos de acceso a la información, transparencia, protección de datos personales, conservación y administración de archivos, de modo que la propuesta desprende los principios de mérito y capacidad.

 

DÉCIMO CUARTO. Que toda vez que el procedimiento establecido para la designación de cinco personas que ocupen el cargo de comisionadas o comisionados propietarios y cinco suplentes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, concluye con un Dictamen sometido a discusión y votación del Pleno, es preciso señalar lo relativo al nombramiento y toma de posesión de quienes fungirán como comisionadas o comisionados propietarios del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo.

 

Por tanto, la publicación del presente Dictamen deberá respetar la conclusión del cargo de las y los actuales comisionadas o comisionados propietarios del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo.

 

DÉCIMO QUINTO. Que, en virtud de lo expuesto, este proceso se considera fundamental y transcendente por las funciones inherentes al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, por ello, el procedimiento y las fases que lo componen garantizan un nombramiento sujeto a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo y las BASES DE LA CONVOCATORIA.

 

Además, tomando en consideración que el Congreso del Estado es un órgano de representación conformado por la elección de las y los ciudadanos, conforme a los principios de mayoría relativa y de representación proporcional; es adecuado entender que se trata de un órgano colegiado que, al ejercer sus facultades, expresa la voluntad popular, lo que es un rasgo característico de las democracias constitucionales.

 

DÉCIMO SEXTO. Que, de conformidad con el principio de máxima publicidad, es preciso reiterar que todo el proceso fue público y transparente, salvo la documentación de las y los aspirantes que fue y continuará protegida en términos de lo dispuesto por legislación de protección de datos personales.

 

POR   TODO   LO   EXPUESTO,    ESTE    CONGRESO, HA TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

 

DECRETO

 

QUE APRUEBA EL NOMBRAMIENTO DE LOS CIUDADANOS  EVELIA ELIZABETH MONRIBOT DOMÍNGUEZ , LUIS ÁNGEL HERNÁNDEZ RÍOS , MYRNA ROCÍO MONCADA MAHUEM, RAÚL KENNEDY CABILDO Y SIGIFREDO RIVERA MERCADO, COMISIONADOS PROPIETARIOS Y A MARTHA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ GUARNEROS, ÁLVARO RODRÍGUEZ DONIZ, PATRICIA SÁNCHEZ GARCÍA, EDER ASSAM CUECUECHA PÉREZ  Y MAURILIO MUÑOZ ORTEGA COMISIONADOS SUPLENTES DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL  PARA EL ESTADO DE HIDALGO.

 

ARTÍCULO ÚNICO.- El Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en uso de la facultades que le confieren los artículos 4 Bis, 56 Fracción VIII Bis de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y 30 y 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, nombra a los ciudadanos que se relacionan enseguida, como Comisionados Propietarios y Suplentes, del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental  para el Estado de Hidalgo.

 

NÚMERO PROPIETARIOS SUPLENTES PERÍODO
1 Evelia Elizabeth Monribot Domínguez Martha Concepción Martínez Guarneros 7 AÑOS
2 Luis Ángel Hernández Ríos Álvaro Rodríguez Doniz 6 AÑOS
3 Myrna Rocío Moncada Mahuem Patricia Sánchez García 6 AÑOS
4 Raúl Kennedy Cabildo Eder Assam Cuecuecha Pérez 4 AÑOS
5 Sigifredo Rivera Mercado Maurilio Muñoz Ortega 4 AÑOS

 

 

Designación que se tomó atendiendo el principio de paridad de género.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Antes de tomar posesión de su cargo, los  ciudadanos nombrados como Comisionados Propietarios del Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, deberán rendir la protesta de Ley, ante el Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en la Constitución Política de la Entidad y la duración de su encargo, se realizará en los términos precisados en el artículo único.

 

AL EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 51 DE LA CONSTITUCION POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO.- APROBADO EN LA SALA  DE  SESIONES  DEL  CONGRESO  DEL  ESTADO,  EN  LA  CIUDAD  DE  PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

PRESIDENTA

 

DIP.  SUSANA ARACELI ANGELES QUEZADA.

RÚBRICA

 

SECRETARIA   SECRETARIO
 

 

 

   

 

DIP. ADELA PÉREZ ESPINOZA.

RÚBRICA

  DIP. RAFAEL GARNICA ALONSO.

RÚBRICA

 

 

EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 71 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, Y EN OBSERVANCIA DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 5º DE LA LEY DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, TENGO A BIEN PROMULGAR EL PRESENTE DECRETO, POR LO TANTO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE Y CIRCULE PARA SU EXACTA OBSERVANCIA Y DEBIDO CUMPLIMIENTO.

 

DADO EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL

DEL ESTADO DE HIDALGO

 

LIC. OMAR FAYAD MENESES

RÚBRICA


Periódico Oficial Alcance 8 del 31 de diciembre de 2019

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