Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 6 del 19 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 6
Número: 50
Páginas: 4

Contenido:


Pachuca de Soto, Hgo., a 17 de diciembre de 2019.

CIRCULAR No. SI-013/2019

C.C. DIRECTORES GENERALES DE AUDITORÍA  FISCAL Y RECAUDACIÓN Y ÁREAS ADMINISTRATIVAS ADSCRITAS A LAS MISMAS,  DEPENDIENTES DE  LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO.

P R E S E N T E S.

 

Atendiendo a la armonización que deben observar las autoridades fiscales del Estado con la autoridad fiscal federal, en razón de lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal, el Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y en razón de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y sus Anexos 1 y 1-A, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de diciembre de 2019, decretó como Segundo Periodo General de Vacaciones del SAT, el comprendido del día 23 de diciembre de 2019 al 7 de enero de 2020; del Acuerdo SS/3/2019  por el que se determina el calendario oficial de suspensión de labores para 2019, emitido por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de enero de 2019, donde se declaran inhábiles los días del 16 de diciembre de 2019 al 1º  de enero de 2020, por segundo periodo vacacional; Acuerdo  General 001/2019 mediante el cual se dan a conocer las días inhábiles y los periodos de vacaciones administrativas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente del año 2019, señalando como periodo del 16 de diciembre de 2019 al 1º de enero de 2020 y Circular número 028 de fecha 22 de noviembre de 2019, emitida por el Oficial Mayor del Gobierno del Estado de Hidalgo, donde señala como Segundo Periodo General de Vacaciones, el comprendido del viernes 20 de diciembre de 2019 al lunes 6 de enero de 2020, para los servidores públicos de confianza y funcionarios del Gobierno del Estado de Hidalgo; por lo que, considerando las atribuciones en materia fiscal estatal y federal coordinada que son competencia de la Subsecretaría de Ingresos y con fundamento en los artículos 12 del Código Fiscal de la Federación, 34 BIS del Código Fiscal del Estado de Hidalgo y Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y sus Anexos 1 y 1-A, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de diciembre de 2019, se ACUERDA:

 

PRIMERO: En el periodo comprendido del día 23 de diciembre de 2019 al día 7 de enero de 2020, que corresponde al segundo periodo general de vacaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se suspenden los plazos y los términos legales correspondientes, en los actos, trámites y procedimientos relacionados con impuestos federales coordinados, que sean competencia de la autoridad fiscal estatal.

 

SEGUNDO: Por lo que hace a los periodos generales de vacaciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, los plazos y términos legales se computaran de conformidad con el punto PRIMERO de la presente.

 

TERCERO: Por regla general, de conformidad con la Circular número 028 de fecha 22 de noviembre de 2019, emitida por el Oficial Mayor del Gobierno del Estado de Hidalgo, del día 20 de diciembre de 2019 al 6 de enero de 2020, corresponde el segundo periodo general de vacaciones de los servidores públicos del Gobierno del Estado de Hidalgo, por lo que se suspenden los plazos y los términos legales correspondientes, en los actos de autoridad, trámites y procedimientos relacionados con impuestos estatales, que sean competencia de la autoridad fiscal estatal, reanudando labores el día 7 de enero de 2020, aplicando esta regla a los servidores públicos adscritos a la Subsecretaría de Ingresos, a la Dirección General de Auditoría Fiscal, a la Dirección General de Recaudación y Centros Regionales de Atención al Contribuyente, adscritos a la misma.

 

CUARTO: Podrá excepcionarse, por las necesidades propias del servicio que prestan la Subsecretaría de Ingresos y sus direcciones generales y áreas administrativas adscritas a éstas, mediante comunicación previa a los servidores públicos, de la fecha en que deben presentarse en forma anticipada para capacitarse en los diversos cursos, pruebas de inicio, conocimiento, utilización e implementación de las herramientas informáticas que les permitan reiniciar sus labores, sin que estas actividades presenciales habiliten días o contravengan lo señalado en los puntos que anteceden.

 

QUINTO: Publíquese la presente Circular en el Periódico Oficial del Estado y en el Portal Tributario de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo, para los efectos legales conducentes.

 

 

 

 

M.C. LUCÍA LILIANA VEGA TAPIA.

ENCARGADA DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS.

RÚBRICA.

 

C.c.p.-  Lic. Omar Fayad Meneses. Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Hidalgo

Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo. Secretaria de Finanzas Públicas.           

Prof. Martiniano Vega Orozco. Oficial Mayor.


Periódico Oficial Alcance 6 del 19 de diciembre de 2019

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