Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 5 del 18 de diciembre de 2019
Edición: Alcance 5
Número: 50
Páginas: 49
Contenido:
CONSIDERANDO
PRIMERO. – Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 establece en su estrategia 2.1.1 Facilitar la generación de más y mejores empleos formales y oportunidades de trabajo digno o decente, para los hidalguenses, especialmente para aquellas personas en situación de vulnerabilidad. 2.1.1.1. Apoyar la colocación en un puesto de trabajo a buscadores de empleo y población en edad de trabajar.
SEGUNDO. – Que es necesario continuar impulsando el desarrollo económico del Estado, así como promover el desarrollo profesional de los jóvenes hidalguenses, y fomentar la interacción entre los sectores gubernamental, empresarial y académico.
TERCERO. – Que el día 26 de marzo de 2018, se publicaron en el periódico oficial del Estado las Reglas de Operación del programa Mi Primer Empleo, Mi Primer Salario.
CUARTO. – Como resultado de la operación del programa, se ha observado que existe una alta demanda de jóvenes egresados de nivel medio superior, por contar con herramientas para adquirir experiencia profesional y sean fortalecidos sus habilidades y conocimientos.
Por lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES A LAS
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA MI PRIMER EMPLEO, MI PRIMER SALARIO
ARTÍCULO ÚNICO. – Se REFORMAN diversos términos del Glosario, el párrafo primero del punto número III. 1, el primer párrafo del punto número IV.1, el inciso b) del punto número IV.2, el inciso b) del punto IV.3, el primer párrafo e incisos a), b) y d) del punto número IV.4, del punto número V el párrafo tercero e inciso a), del número VII.2 el inciso a), el inciso m) del punto número VII.3, el inciso a) del punto número VII. 4 y el primer párrafo del punto número X; se ADICIONAN el segundo párrafo del punto número III.1 y el inciso c) del punto número III.2, de las Reglas de Operación del programa Mi Primer Empleo, Mi Primer Salario, para quedar como sigue:
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Academia: las Instituciones de Educación Media Superior y Superior públicas y privadas.
Beca: apoyo económico por un periodo de hasta seis meses.
Emprendedor: empresa de reciente creación o persona física, que organiza los recursos necesarios para su fortalecimiento y permanencia en el mercado.
Estancia laboral: periodo de hasta seis meses donde las personas beneficiarias desarrollan experiencia de acuerdo a su perfil profesional, en una unidad receptora.
Institución de Educación Media Superior: conocido también como bachillerato o preparatoria, es el período de estudio en el sistema escolarizado por el que se adquieren competencias académicas medias para poder ingresar a la educación superior.
Institución de Educación Superior: se refiere a los centros o instituciones educativas, donde, se cursa una carrera profesional y se obtiene una titulación superior.
Personas candidatas: personas egresadas de una Institución de Educación Media Superior y Superior pública o privada que cumple con los requisitos para ingresar al programa.
Personas egresadas: término que se aplica a las personas que han completado sus estudios en educación media superior y superior.
Proyecto productivo: persona o agrupación de personas que tienen como objetivo impulsar el establecimiento y desarrollo de micro empresas, que estimulen la generación de empleos, mejoren el nivel de vida y fomenten el arraigo de los beneficiarios en su tierra.
Seguro médico público: instrumento que brinda protección social en servicios de salud a la persona beneficiaria del programa. Se considera SEGURO FACULTATIVO DEL IMSS. Es un servicio médico que se proporciona a todos los estudiantes que cursan estudios de nivel medio, superior y de postgrado, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Presidencial de fecha 10 de junio de 1987, como instrumento de protección durante el periodo de la beca otorgada por el programa y al IMSS, si existe contratación por parte de la unidad receptora.
Unidad receptora: persona física o moral, ya sea pública o privada, formalmente establecida en territorio hidalguense o que su plantilla laboral esté registrada en Hidalgo y debidamente registrada ante el programa, con la finalidad de recibir a egresados con carácter de personas beneficiarias para realizar funciones formales dentro de su organización.
III. . . .
III.1 . . .
Facilitar la inserción laboral de los jóvenes radicados en Hidalgo y egresados de Instituciones de Educación Media Superior y Superior, de los sectores público y privado, comprometidos con el desarrollo sustentable de Hidalgo, mediante su incorporación temporal a un puesto laboral en territorio estatal relacionado con su perfil, a través de estancias profesionales pagadas, así como en la realización de programas y proyectos públicos o privados de alto impacto económico, social, educativo y de salud, permitiéndoles desarrollar experiencia, y, al mismo tiempo apoyar a las organizaciones para mejorar su productividad y competitividad mediante la permanente vinculación entre academia y empresa.
Se impulsará la vinculación de becarios del programa con empresas que estimulen la generación de empleos, que les permita mejorar su nivel de vida y fomenten el arraigo de los beneficiarios en su tierra.
III.2 . . .
IV.1 . . .
La invitación para ingresar al programa se difundirá a través de la página http://sedeco.hidalgo.gob.mx/ de la Secretaría de Desarrollo Económico, los medios locales de comunicación, así como en las Instituciones de Educación Media Superior y Superior públicas y privadas de Hidalgo.
IV.2 . . .
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Los cuales estén radicados en el interior del estado de Hidalgo o hidalguenses que hayan estudiado en Instituciones de Educación Media Superior y Superior públicas y privadas, así como, ubicados en otros estados de la República Mexicana.
IV.3 . . .
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IV.4 . . .
Para personas candidatas de Instituciones de Educación Media Superior y Superior:
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Para personas egresadas de Instituciones de Educación Media Superior y Superior:
VII. . . .
VII.1. . .
VII.2 . . .
VII.3 . . .
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VII.4 . . .
La Secretaría de Desarrollo Económico dará amplia difusión al programa entre los empresarios asentados en el territorio estatal y con las Instituciones de Educación Media Superior y Superior participantes.
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TRANSITORIOS
Primero. – El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
Dado en la sede de la Secretaría de Desarrollo Económico, en la ciudad de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, a los 16 días del mes de diciembre del año 2019.
EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
RÚBRICA
Periódico Oficial Alcance 5 del 18 de diciembre de 2019
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