Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 3
Número: 50
Páginas: 72

Contenido:


LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE NOS CONFIERE EL ARTÍCULO 13, FRACCIONES I Y IX DEL DECRETO QUE MODIFICA AL DIVERSO QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL DÍA 05 DE DICIEMBRE DE 2016; Y

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que en apego a lo dispuesto por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno de Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO. Que con el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Hidalgo 2016-2022, se busca contar con un gobierno orientado a resultados, eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, que optimice el uso de los recursos públicos, y que utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

 

TERCERO. Que en este contexto, con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental de la Administración Pública Estatal (APE), se pretende transformar el funcionamiento de sus dependencias y entidades, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población; el incremento en la eficiencia de su operación mediante la simplificación de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos, la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos.

 

CUARTO. Que la Universidad Politécnica de la Energía, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, denominada también UPE, dotado con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo, creado mediante Decreto del Ejecutivo de fecha 22 de diciembre de 2014,  publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, con el objeto de impartir educación superior en los niveles de Profesional Asociado, Licenciatura, Especialización, Maestría y Doctorado, así como cursos de actualización y capacitación en sus diversas modalidades, incluyendo educación a distancia, diseñados con base en competencias para preparar profesionales con una sólida formación innovadora, científica, tecnológica y en valores, conscientes del contexto nacional e internacional, en lo económico, político, social, del medio ambiente y cultural.

 

QUINTO. Que el Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI), tiene entre otros objetivos, agregar valor a la gestión Institucional de la Universidad Politécnica de la Energía y apoyar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios.

 

Por lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA ENERGÍA.

 

Punto 1. Se crea el Comité de Control y Desempeño Institucional de la Universidad Politécnica de la Energía, que tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

Punto 2. La persona titular de la Universidad Politécnica de la Energía, instalará y encabezará el Comité de Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:

  1. Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios;
  2. Contribuir a la administración de riesgos institucionales con el análisis y seguimiento de las estrategias y acciones de control determinadas en el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;
  • Analizar las variaciones relevantes, principalmente las negativas, que se presenten en los resultados operativos, financieros, presupuestarios y administrativos y, cuando proceda, proponer acuerdos con medidas correctivas para subsanarlas, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;
  1. Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los programas, presupuesto y procesos institucionales que puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;
  2. Impulsar el establecimiento y actualización del SCII, con el seguimiento permanente a la implementación de sus componentes, principios y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el Programa de Trabajo de Control Interno y acciones de control del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos;
  3. Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y la recurrencia de observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;
  • Revisar el cumplimiento de programas de la Institución; y
  • Agregar valor a la gestión Institucional, contribuyendo a la atención y solución de temas relevantes, con la aprobación de acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten. Cuando se trate de Instituciones, adoptar acuerdos que sirvan de apoyo al Órgano de Gobierno para la toma de decisiones o su equivalente en los órganos administrativos descentralizados.

 

Punto 3. El Comité se integra de la forma siguiente:

  1. Presidente: La persona titular de la Rectoría de la Universidad Politécnica de la Energía;
  2. Vocal Ejecutivo: La persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas; y
  • Vocales:
  1. Un representante de la Secretaría de Educación Pública;
  2. La persona titular del Área Jurídica;
  3. La persona titular de Servicios Tecnológicos; y
  4. El Coordinador de Control Interno.

 

Ejercerán las atribuciones establecidas en el Título Cuarto, Capítulo III del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 4. Del Órgano de Vigilancia.

El Titular del Órgano Interno de Control o el Comisario Público Propietario o el Suplente participarán en el Comité en calidad de Órgano de Vigilancia del mismo.

 

Punto 5. De los Invitados.

Se podrán incorporar al Comité como invitados:

  1. Los responsables de las áreas competentes de los asuntos a tratar en la sesión;
  2. Los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, internos o externos al Organismo que por las funciones que realizan estén relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención y solución;

III. Personas externas a la Administración Pública Estatal, expertas en asuntos relativos al Organismo, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité con autorización del Presidente; y

  1. Los Enlaces del Sistema de Control Interno, de Administración de Riesgos y del Comité.

Ejercerán las atribuciones establecidas en el Título Segundo, Capítulo II  Institucional”, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 23 de noviembre de 2017.

 

Los invitados, participarán en el Comité con voz, pero sin voto.

 

Punto 6. DE LOS SUPLENTES.

Cada miembro propietario integrante del Comité podrá nombrar a su respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquél. Excepcionalmente, las suplencias de los Vocales se podrán realizar hasta el nivel de subdirector o equivalente.

 

Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

 

Punto 7. El Comité ejercerá las atribuciones que le confiere el Título Cuarto, Capítulo III del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 23 de noviembre de 2017.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

CUARTO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo será aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

 

DADO EN LA SALA DE JUNTAS “PROFR. TEODOMIRO MANZANO CAMPERO”, DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO, UBICADA EN CIRCUITO EX HACIENDA LA CONCEPCIÓN, LOTE 17, LOCALIDAD DE SAN JUAN TILCUAUTLA, MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN TLAXIACA, HIDALGO; A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

Ing. Miguel Ángel Márquez Cuellar

Director General de Vinculación y Fortalecimiento Institucional, y

Presidente Suplente de la H. Junta Directiva

de la Universidad Politécnica de la Energía

Rúbrica

 

Consejeros.

   
Lic. Juan Luis García Hernández, Director General de Egresos,

Consejero suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas

Rúbrica

M.C.E. Ericka Álvarez Sánchez           Consejero suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva

Rúbrica

   
Lic. Mildred Toledo Antúnez,

  Encargada Proyectos y Programas Internacionales, de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas

Rúbrica

Lic. Estefanía Mendoza Mendoza          Auxiliar Administrativo del Área de Educación y Cultura

Consejero Suplente del Gobierno

Municipal de Tula de Allende

Rúbrica

 

 

 

 

 
C.P. Sara Martha Espejel Guzmán,

Comisario Público Propietario de la

Universidad Politécnica de la Energía

Rúbrica

 

M.G.P. Marlen Ortiz Benítez,

Subdirectora de Normatividad y Marco Jurídico

Rúbrica

   
Mtro. Leonel Torres Barragán

Rector de la Universidad

Politécnica de la Energía

Rúbrica

 

 

La presente firma, forma parte del acta de la Quinta Sesión Extraordinaria del año dos mil diecinueve, de la Universidad Politécnica de la Energía, celebrada el 21 de octubre de 2019, en la sala de juntas “Prof. Teodomiro Manzano Campero”, de La Secretaría De Educación Pública de Hidalgo, ubicada en Circuito Ex Hacienda la Concepción, lote 17, localidad de San Juan Tilcuautla, municipio de San Agustín Tlaxiaca, Hidalgo.


Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

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