Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 1 del 04 de noviembre de 2019

Edición: Alcance 1
Número: 44
Páginas: 16
Código de búsqueda: 2019_nov_04_alc1_44

Contenido:


De conformidad con los Artículos 67 fracción XXI y 68 fracción XV del Código Electoral del Estado de Hidalgo y en cumplimiento al resolutivo segundo del Acuerdo IEEH/CG/042/2019 aprobado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo durante la Sesión Ordinaria celebrada el día 30 de octubre de la presente anualidad, se hace del conocimiento público la siguiente información:

 

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, con fundamento en el artículo 35 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 fracción II, 24 párrafo segundo y 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo; 66 fracción I, II, III, VIII, X, 213, 215, 216 fracción III y 222 del Código Electoral del Estado de Hidalgo; en las Reglas de Operación para el Registro de Candidaturas Independientes del Instituto Estatal Electoral y en los Lineamientos para la Obtención y Verificación del Porcentaje de Apoyo Ciudadano que se requiere para el Registro de Candidaturas Independientes y en las Reglas de Postulación para Garantizar la Paridad de Género y la Participación de Ciudadanas y Ciudadanos Menores de 30 años e Indígenas para el Proceso Electoral Local 2019-2020:

 

CONVOCA

 

A la ciudadanía hidalguense que desee postularse por una candidatura independiente en el Proceso Electoral Local 2019 – 2020 para la renovación de Ayuntamientos que habrán de fungir en el periodo comprendido del cinco de septiembre del dos mil veinte al cuatro de septiembre del dos mil veinticuatro.

 

Quienes así lo consideren deberán atender en la forma y términos que se determine en la presente convocatoria las siguientes:

 

BASES

 

PRIMERA. El domingo 07 de junio del 2020, se llevará a cabo la Jornada Electoral en el Estado de Hidalgo para elegir a las y los integrantes de los 84 Ayuntamientos del Estado de Hidalgo, dentro del Proceso Electoral Local 2019-2020.

 

SEGUNDA. Las ciudadanas y ciudadanos hidalguenses que deseen postularse de manera independiente en el Proceso Electoral Local 2019 – 2020 deberán reunir los requisitos de elegibilidad de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, misma que refiere:

 

Artículo 128.- Para ser miembro del Ayuntamiento se requiere:

  1. Ser hidalguense en pleno goce de sus derechos;
  2. Ser vecino del municipio correspondiente, con residencia no menor de dos años inmediatamente anteriores al día de la elección;
  • Tener, al menos 21 años de edad en el caso del Presidente y de los Síndicos y de 18 años de edad en el caso de Regidores, al día de la elección.
  1. Tener modo honesto de vivir;
  2. No desempeñar cargo o comisión del Gobierno Federal, Estatal o Municipal, en la circunscripción del municipio, a menos que se separen de aquéllos cuando menos con sesenta días naturales de anticipación al día de la elección, a excepción de los docentes;
  3. No ser ministro de culto religioso alguno, ni pertenecer al estado eclesiástico;
  • Saber leer y escribir.

 

TERCERA. Conforme al artículo 247 del Código Electoral no podrán ser candidatas o candidatos independientes a los Ayuntamientos, las o los dirigentes de los partidos políticos, a menos que se hayan separado de su encargo partidista con tres años de anticipación al momento de solicitar su registro.

 

CUARTA. De las etapas:

 

  1. DE LA MANIFESTACIÓN DE INTENCIÓN
  2. Quienes pretendan postularse como candidatas y candidatos independientes para ocupar cargos en los Ayuntamientos en el Proceso Electoral Local 2019-2020, deberán manifestarlo ante este Instituto a partir del día siguiente en que se publique la presente convocatoria, es decir, del día 01 de noviembre de 2019 y hasta el día 10 de febrero de 2020.

La manifestación de intención de las y los ciudadanos que pretendan postularse como candidatas y candidatos independientes deberá presentarse ante el Consejo General por quien aspire a ser propietaria o propietario del cargo a Presidente o Presidenta Municipal en la planilla, en original con firma autógrafa de la o el interesado y copia del modelo único que apruebe el Consejo General, Formato 1, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

  1. De los Anexos que deberá contener la Manifestación de Intención

 

La manifestación de intención a que se refiere esta base deberá acompañarse de los anexos siguientes:

 

  1. Copia simple y legible del anverso y reverso de la credencial para votar vigente de quien aspire a la candidatura independiente;

 

  1. Copia simple legible del acta de nacimiento de quien aspire a la candidatura independiente;

 

  1. Escrito bajo protesta de decir verdad de que reúne los requisitos de elegibilidad señalados en el artículo 128 fracciones II, IV, V, VI, VII y VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, Formato 2, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

  1. Copia certificada o testimonio de la escritura pública del Acta Constitutiva que acredite la creación de la persona moral constituida en Asociación Civil, en la que conste que quien aspire a la candidatura independiente forma parte de la misma, debiendo además indicar a la persona designada como tesorero o encargado de la administración de recursos y al representante legal, así como domicilio para oír y recibir notificaciones. El acta deberá contener sus Estatutos, los cuales deberán apegarse al modelo único, Formato 3, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

  1. Copia simple y legible de la Cédula de Identificación Fiscal de la Asociación Civil;

 

  1. Copia simple y legible del contrato de la cuenta bancaria abierta a nombre de la Asociación Civil creada para efectos de la candidatura independiente;

 

  1. Carta firmada por la o el aspirante en la que acepta notificaciones vía correo electrónico sobre la utilización de la aplicación informática, así como para recibir información sobre el apoyo ciudadano entregado al Instituto a través de dicha aplicación, Formato 4, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

III. De la constancia que acredita como aspirantes a candidatas o candidatos independientes

Una vez concluido el plazo establecido para la presentación de la manifestación de intención y aprobado el acuerdo correspondiente, el Consejo General entregará la constancia que les acredite como aspirantes a candidatas o candidatos independientes para contender por el cargo de presidente o presidenta municipal propietario(a) en el Proceso Electoral Local 2019-2020.

 

  1. DEL APOYO CIUDADANO
  2. Las y los ciudadanos que obtengan la calidad de aspirantes, podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por el Código Electoral del Estado de Hidalgo, por medios diferentes a la radio y la televisión, siempre que no constituyan actos anticipados de campaña, lo cual deberá realizarse dentro del plazo comprendido del martes 18 de febrero hasta el miércoles 18 de marzo del 2020.

 

  1. Las y los ciudadanos que obtengan la calidad de aspirantes deberán reunir la cantidad de apoyos señalada en el documento denominado “Porcentaje de Apoyo Ciudadano para Candidaturas Independientes”, en el municipio de que se trate, Formato 5, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx, así como en la sede del Instituto.

Para la obtención del apoyo, las y los aspirantes deberán hacer uso de la aplicación informática, cuyo funcionamiento se describe en los Lineamientos para la Obtención y Verificación del Porcentaje de Apoyo Ciudadano que se requiere para el Registro de Candidaturas Independientes en el Estado de Hidalgo para el Proceso Electoral Local 2019 – 2020, aprobados mediante Acuerdo IEEH/CG/041/2019.

 

III. Los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano se financiarán con recursos privados de origen lícito y estarán sujetos al tope de gastos aprobado por el Consejo General. El tope de gastos a que se hace referencia se hará del conocimiento al aspirante al momento de recibir su respectiva constancia. Los topes de gastos para la obtención de apoyo ciudadano fueron aprobados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo mediante Acuerdo IEEH/CG/039/2019, los cuales se detallan en el Formato 6, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx. Estos recursos serán fiscalizados en los términos de la legislación vigente.

 

  1. DE LA SOLICITUD DE REGISTRO

 

  1. Quienes aspiren a una candidatura independiente y que hayan obtenido el apoyo ciudadano que corresponda al municipio por el que pretenda postularse y el cual haya sido debidamente validado por este Instituto, deberán solicitar el registro de la planilla correspondiente, esto es, propietario(a) y suplente de cada cargo, misma que deberá estar integrada atendiendo a las Reglas de Postulación para Garantizar la Paridad de Género y la Participación de Ciudadanas y Ciudadanos Menores de 30 años e Indígenas para el Proceso Electoral Local 2019-2020.

 

  1. Las solicitudes de registro de planillas independientes para ocupar los cargos en los Ayuntamientos, Formato 7, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx, deberán presentarse por escrito ante el Consejo respectivo del viernes 03 al miércoles 08 de abril del 2020.

 

En la solicitud de registro (Formato 7), se deberá señalar:

 

  1. La designación del representante legal y domicilio para oír y recibir notificaciones;
  2. La designación de la persona encargada del manejo de los recursos financieros y de la rendición de informes correspondientes;

 

Así mismo, en dicho Formato 7 se deberá integrar la siguiente documentación:

 

  1. La plataforma electoral que contenga las principales propuestas que la o el aspirante a ocupar un cargo de elección popular, sostendrá en la campaña electoral;

 

  1. Copia simple y legible del contrato de la cuenta bancaria abierta a nombre de la Asociación Civil creada para efectos de la candidatura independiente;

 

  1. Los informes de ingresos, gastos y egresos de los actos tendentes a obtener el apoyo ciudadano;

 

  1. Escrito en el que manifieste su conformidad para que todos los ingresos y egresos de la cuenta bancaria abierta sean fiscalizados, en cualquier momento, por el Instituto Nacional Electoral o, en su caso, por el área competente del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo; Formato 8, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

  1. Proporcionar en medio impreso y magnético (memoria USB o CD), el emblema y los colores con los que pretenden contender de conformidad con lo siguiente:

 

  1. Archivo en formato disponible para software illustrator;
  2. Tamaño de la imagen no mayor a 5×5 cm;
  3. Características de la imagen: trazadas en vectores;
  4. Tipografía: no editable y convertidas en vectores;
  5. Color: con guía del color indicado porcentaje y/o pantones utilizados.

El emblema y los colores no deberán ser análogos a los utilizados por los partidos políticos con registro, ni contener la imagen o silueta del solicitante, el emblema estaré exento de alusiones religiosas o raciales.

 

  1. Los formatos de aceptación de candidatura que emite el Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos del Instituto Nacional Electoral.

 

  1. Constancia de Verificación del cumplimiento del Apoyo Ciudadano, emitida por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

Así mismo, deberán presentarse las solicitudes de registro de cada uno de las y los integrantes de la planilla a registrar (propietarios y suplentes), Formato 9, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

Con este Formato 9 se deberán de agregar los siguientes documentos por persona:

 

  1. Copia simple y legible del anverso y reverso de la credencial para votar vigente de quien aspire a la candidatura independiente;

 

  1. Copia simple legible del acta de nacimiento de quien aspire a la candidatura independiente;

 

  1. Copia de comprobante de domicilio;

 

  1. En su caso, la constancia o documento original que acredite la separación del cargo, para quienes se encuentren en los escenarios previstos en el artículo 128 fracciones V y VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo;

 

  1. Manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad (Formato 10, disponible en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx) de:

 

  1. No aceptar recursos de procedencia ilícita para campañas;
  2. No haber sido dirigente de partido político al menos durante tres años de anticipación al momento de solicitar su registro;
  3. No tener ningún otro impedimento de tipo legal para contender como candidato o candidata independiente.

 

III. Las candidaturas independientes deberán observar en lo que les corresponda las Reglas de Postulación para Garantizar la Paridad de Género y la Participación de Ciudadanas y Ciudadanos Menores de 30 años e Indígenas para el Proceso Electoral Local 2019-2020, disponibles en el apartado especial para candidaturas independientes de la página electrónica del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, www.ieehidalgo.org.mx.

 

  1. El Consejo General resolverá la solicitud de registros de planillas de candidatas y candidatos independientes para el proceso electoral local 2019-2020, el día viernes 24 de abril del 2020.

 

Lo no previsto en la presente Convocatoria, será resuelto por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

Atentamente

 

Lic. Uriel Lugo Huerta

Secretario Ejecutivo

Rúbrica

 

Lic. Guillermina Vázquez Benítez

Consejera Presidenta

Rúbrica

 

 


Periódico Oficial Alcance 1 del 04 de noviembre de 2019

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »